A través de este trámite se inscribe la hipoteca constituido sobre inmuebles que no dejan por eso de permanecer en poder del deudor y su finalidad es garantizar todas las obligaciones que adquiera el deudor con el acreedor.
Bien inmueble: Todo lo que no se puede trasportar de un lugar a otro y que se encuentran adheridos al suelo, por ejemplo: casa, terreno, departamento, etc.
¿A quién está dirigido?
Toda persona natural o jurídica, nacional o extranjera que esté en capacidad para contratar y en pleno goce de sus derechos de ciudadanía y desee hipotecar un bien inmueble en el cantón en el cual proceda la inscripción.
Dirigido a:
Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?
Razón de Inscripción de Hipoteca
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Requisitos Obligatorios:
- Pago del arancel por el servicio de inscripción a favor del Registro de la Propiedad, a través de los mecanismos de recaudación habilitados que se describen en la sección "Costos".
- Escritura Pública de Constitución de Hipoteca.
- Certificado de Gravamen del bien inmueble, actualizado.
- Requisitos propios del Registro de la Propiedad.
- Carta de pago del impuesto predial.
- Certificado de avalúo comercial
- Certificado de no adeudar al Municipio
- Certificado Catastral actualizado
NOTAS:
- Escritura Pública: Documento realizado ante un notario que evidencia la constitución de una hipoteca.
- Certificado de Gravamen: Documento obtenido mediante un trámite ante el Registro de la Propiedad.
- En el caso de trámite en línea debe cargarse la Escritura de Hipoteca en PDF y si es presencial, entregar primera y segunda copia.
- Resoluciones administrativas de regularización, fraccionamiento, declaratoria de propiedad horizontal en el caso de no constar dentro de la escritura.
Requisitos Especiales:
*En caso de solicitar el trámite en calidad de apoderado, debe contar con la carta de autorización debidamente suscrita por el deudor hipotecario.
*En caso de menores de edad: Autorización judicial debidamente ejecutoriada.
*En caso de persona jurídica Nombramiento debidamente inscrito en el Registro Mercantil,Certificado de Registro Único de Contribuyentes,Autorización de los socios o accionistas de la Compañía.
¿Cómo hago el trámite?
TRÁMITE EN LÍNEA:
- Ingresar en la opción "trámite en línea".
- Llenar el formulario web, adjuntando los requisitos del formulario (debe ser legible y acorde al trámite). En el Formulario debe seleccionar una de las siguientes opciones: NUEVO TRÁMITE: En caso de que usted este ingresando su solicitud por primera vez o su trámite aún no haya sido facturado. REINGRESO DE TRÁMITE: Para ingresar pagos o subsanar documentos de un trámite ya solicitado anteriormente.
- Subsanar observaciones reingresando el trámite en la plataforma gob.ec, en caso de ser observado (opción trámite en línea).
- Recibir por medio de correo electrónico la proforma emitida por parte del Registro de la Propiedad.
- Pagar a favor del Registro de la Propiedad del Cantón Puerto Quito, a través de los mecanismos de recaudación habilitados.
- Registrar el comprobante de pago reingresando el trámite en la plataforma gob.ec (opción trámite en línea).
- Recibir por medio de correo electrónico la factura emitida por el Registro de la Propiedad.
- Recibir por medio de correo electrónico la razón de inscripción.
TRÁMITE PRESENCIAL:
- Ingresar el trámite con los requisitos establecidos en las oficinas del Registro de la Propiedad.
- Subsanar observaciones (en caso de existir).
- Realizar el pago según las formas aceptadas.
- Retirar la razón de inscripción.
NOTA:
- El ciudadano que realice su trámite en línea, receptará observaciones y/o la razón de inscripción a través del correo electrónico que registró en la petición en el formulario en línea.
- Es responsabilidad del ciudadano revisar permanentemente el correo electrónico, tanto en su bandeja de entrada cómo bandeja de correos no deseados, a fin de receptar y gestionar las observaciones (en caso de existir).
- En caso de que existan observaciones, el usuario deberá proporcionar la documentación subsanada y registrando los campos requeridos en el formulario web en la opción trámite en línea.
- El plazo para subsanar las observaciones es de máximo 60 días.
Canales de atención:
Correo electrónico, En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial, Telefónico.
¿Cuál es el costo del trámite?
El costo se realiza basado en el Art. 45 de la ORDENANZA SUSTITUTIVA QUE NORMA LA ORGANIZACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE PUERTO QUITO
Aranceles del Registro de la Propiedad: http://registropropiedadpuertoquito.gob.ec/aranceles/
Señor usuario usted puede realizar el cálculo referencial de los valores a cancelar en el link: http://registropropiedadpuertoquito.gob.ec/calculadora/
NOTA:
Datos para deposito Banco Internacional:
- Cuenta Corrriente: 4100085704
- Código de transacción: 110203
- RUC: 1768159730001
- Nombre: Registro de la Propiedad de Puerto Quito
Datos para transferencia Banco Internacional:
- Cuenta Corrriente: 4100085704
- RUC: 1768159730001
- Nombre: Registro de la Propiedad de Puerto Quito
¿Dónde y cuál es el horario de atención?
Horario: Lunes a Viernes de 008h00 a 17h00.
TRÁMITE EN LÍNEA:
La plataforma se encuentra disponible las 24 horas.
TRÁMITE PRESENCIAL:
Provincia de Pichincha, cantón Puerto Quito, Calle Pedro Vicente Maldonado #212 y Eugenio Espejo.
¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?
La inscripción de Hipoteca tiene validez especifica (mientras dure la obligación).
# |
Año-Mes |
Volumen de Quejas |
Volumen de Atenciones |
1 |
2020-07 |
0 |
0 |
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Fecha de última actualización: 2021/02/25