CONSTITUCIÓN DE COMPAÑIAS ANÓNIMAS, LIMITADAS, EN COMANDITA POR ACCIONES Y DE ECONOMÍA MIXTA

Información proporcionada por: Registro de la Propiedad y Mercantil de Rumiñahui (RPMR)

 Trámite orientado a inscribir en el Registro Mercantil, el contrato que determina el inicio de la existencia legal de una compañía anónima, limitada, en comandita por acciones y de economía mixta, domiciliada en el Cantón Rumiñahui.

¿A quién está dirigido?

* Ciudadano mayor de 18 años nacional o extranjero
* Son todas las personas jurídicas  legalmente constituidas en el Cantón Rumiñahui o sucursales de compañías extranjeras domiciliadas en el Cantón Rumiñahui que deseen inscribir  la constitución de 
compañías anónimas, limitadas, en comandita por acciones y de economía mixta.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

RAZÓN DE INSCRIPCIÓN

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Presentar al menos tres testimonios originales de la escritura pública de constitución. (recomendamos ingresar cuatro testimonios, puesto que un testimonio le solicita el SRI al momento de sacar el RUC)
  2. Todos los testimonios deben tener el mismo número de fojas y deben estar rubricadas por el notario ante el que se otorgó la escritura.
  3. Si la compañía se constituyere con la aportación de algún inmueble, la escritura deberá inscribirse en el Registro de la Propiedad antes de la inscripción en el Registro Mercantil.
  4. Si la compañía se constituyere con la aportación de un bien mueble, deberá tener una cláusula de aportación de dicho bien.
  5. Tratándose de compañías cuyo objeto social fuere la ejecución de actividades complementarias (vigilancia, alimentación, mensajería y limpieza), el objeto social será exclusivo para dichas actividades.
  6. Tratándose de una compañía que forme parte del sistema de seguros privados (seguros, reaseguros, intermediarios de reaseguros y asesores productores de seguros), se deberá adjuntar la calificación de los accionistas (al menos cinco).
  7. En caso de que una sociedad extranjera interviniere en la constitución de una compañía de responsabilidad limitada o anónima, en la escritura pública respectiva se agregarán una certificación que acredite la existencia legal de dicha sociedad en su país de origen y una lista completa de todos sus miembros o socios.
  8. En caso de que en la nómina de socios o accionistas constaren personas jurídicas deberá proporcionarse igualmente la nómina de sus integrantes, y así sucesivamente hasta determinar o identificar a la correspondiente persona natural, adicionalmente en el caso de la compañía anónima si interviene una compañía extranjera cuyas acciones coticen en bolsa, respecto de aquellas acciones bastará una certificación que acredite tal hecho, emitida por la autoridad competente del país de origen. (Art. 137 y 150 Ley de Compañías)
  9. Tomar en cuenta las reformas  de la Ley Orgánica  para el fortalecimiento  del Sector Societario y Bursátil, que reforma la Ley de Compañías, para la Constitución de sociedades, en especial que el objeto social de la compañía deberá tener una sola actividad empresarial; la cláusula de declaración juramentada sobre la suscripción del capital de compañía mismo que deberá constar que el capital será depositado en una institución bancaria del país y la designación de al menos un representante legal en la escritura de constitución.
  10. Adjuntar al menos 3 originales de los nombramientos de representante legal, de la misma persona que se designa en la escritura de constitución, suscrito por al menos un accionista fundador y la persona que acepta el cargo.
  11. Copias de cédulas y certificados de votación de los representantes.
  12. Formulario “Conozca su Cliente”, para los casos que superen los $10.000 (solicitar en el Registro de la Propiedad)

¿Cómo hago el trámite?

1. Acudir a las oficinas del Registro Mercantil más cercano.
2. Entregar en ventanilla los documentos requeridos.
3. Subsanar observaciones en caso de existir

4. Realizar el pago en las ventanillas del Registro Mercantil.
5. Acudir al Registro Mercantil para retirar la razón de inscripción.


Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

$ 25,00 + 0.5 % del valor de la cuantía determinada en el contrato

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

DIRECCIÓN: Av. Luis Cordero N° 377 y Av. General Enríquez, C.C. River Mall

ATENCIÓN:

De lunes a viernes

HORARIO HABITUAL

CAJA – RECAUDACIÓN

08H00 a 15h30

INGRESO Y REINGRESO DE ESCRITURAS:

08h00 a 16h30

TELÉFONOS: 6021-600

WhatsApp: 0990319752

Contacto para atención ciudadana

Contacto: ATENCIÓN CIUDADANA

Email: info@rpmr.gob.ec

Teléfono: 6021-600 / 0990319752


Fecha de última actualización: 2022/04/26