Resolución SENAE-DGN-2014-0714-RE REFORMA REGLAMENTO PARA TRÁFICO POSTAL MENSAJERÍA ACELERADA COURIER

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Registro oficial

Fecha de suscripción: 2014-10-29

Fecha de publicación: 2014-05-06

Número de registro: REGISTRO OFICIAL 2do. S. 239

Advertencia

Esta información es referencial, puede encontrarse desactualizada.

Tipo de regulación: Resolución

REFORMA AL REGLAMENTO PARA TRÁFICO POSTAL Y MENSAJERÍA ACELERADA O COURIER

Artículo 1: Sustituir el artículo 10 de la resolución SENAE-DGN-2013-0472-RE del 28
de noviembre del 2013, por el siguiente:

“Autorización de nuevas empresas courier: Previo a iniciar el proceso de calificación
para autorización, la Dirección competente de revisar los requisitos de las empresas de
mensajería rápida o courier deberá requerir al Director Distrital de la respectiva
jurisdicción del aeropuerto internacional en donde la empresa courier desee prestar sus
servicios, un informe técnico que determine si existe o no la necesidad de autorizar el
funcionamiento de un nuevo operador conforme a la capacidad de oferta consolidada de
todas las empresas Courier y de los Depósitos Temporales Couirer autorizadas a operar
en dicho distrito aduanero.

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