Fecha de suscripción: 2023-07-11
Fecha de publicación: 2023-07-24
Número de registro: REGISTRO OFICIAL 359
Tipo de regulación: Resolución
Artículo 1
Las mercancías que hayan ingresado al país como carga y que por algún motivo contemplado en la normativa aduanera les corresponda ser sometidas al régimen de reembarque, las mismas deberán salir del país bajo la misma condición de carga y cumpliendo con las formalidades aduaneras establecidas para dicho régimen.
Disposición Derogatoria ÚNICA.- Déjese sin efecto la Resolución Nro. SENAE-DGN-2014-0557-RE, de fecha 11 de septiembre de 2014, publicada en la Edición Especial del Registro Oficial Nro. 256 de fecha 2 de febrero de 2015, la cual expidió las Regulaciones Relativas al Régimen Aduanero de Reembarque.