Fecha de suscripción: 2020-08-15
Fecha de publicación: 2020-08-27
Número de registro: EDICION ESPECIAL 930
Tipo de regulación: Resolución
Art. 1.- Elimínese el artículo 3 de la Resolución No. SENAE-SENAE-2019-0011-RE. Art. 2.- Sustitúyase el artículo 5 de la Resolución No. SENAE-SENAE-2019-0011-RE. por el siguiente:
"Artículo 5.- Requisitos para acceder al beneficio de exoneración de tributos.- Las personas, con discapacidad que requieran acogerse al beneficio de exoneración de tributos, previo a presentar la solicitud electrónica de exoneración de tributos, establecida en el artículo 6 subsiguiente, deberán:
1. Registrarse como “usuario” en el sistema informático del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador “Ecuapass”, mismo que estará disponible en línea.
2. Dentro de la Ventanilla Única Ecuatoriana, deberán obtener en línea el documento de soporte obligatorio emitido por el Ministerio de Salud Pública: “Autorización electrónica para la importación de bienes o vehículos para uso o atención de personas con discapacidad”.