Fecha de suscripción: 2018-05-17
Fecha de publicación: 2018-01-18
Número de registro: 00000
Tipo de regulación: Resolución
La Resolución Nro. 07-2018 establece que una persona ecuatoriana puede ser citada mediante carteles en un consulado únicamente cuando ha salido del Ecuador y está registrada en ese consulado. Para ello, se colocan tres carteles en lugares visibles y concurridos durante ocho días. La certificación del consulado confirma que la citación se realizó. Este procedimiento no se aplica a personas extranjeras ni a empresas u otras personas jurídicas.