Reglamento que Establece el Procedimiento para la Atención de las Consultas que se le formulen a la Superintendencia de Protección de Datos Personales

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Registro oficial

Fecha de suscripción: 2024-10-24

Fecha de publicación: 2024-11-14

Número de registro: R.O. 683 Año III

Advertencia

Esta información es referencial, puede encontrarse desactualizada.

Tipo de regulación: Resolución

La absolución o contestación de consultas por parte de la Superintendencia de Protección de Datos Personales (“SPDP” o “institución”) no constituye más que una opinión meramente referencial sobre la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (“LOPDP”), su Reglamento General (“RGLOPDP”) y demás regulaciones expedidas por la institución, sobre cuya aplicación existiere duda o se requiriese inteligenciar su alcance jurídico.

El pronunciamiento de la SPDP tratará, exclusivamente, sobre la aplicación de disposiciones jurídicas in abstracto.

El contenido de la absolución de una consulta no es un acto administrativo, ni tampoco una decisión administrativa; no es vinculante, ni presta valor o mérito probatorio alguno a favor o en contra de quien la formule o invoque, ya sea en procesos judiciales o ya fuere en procedimientos administrativos; no sirve para convalidar tratamientos de datos personales ya realizados o para autorizar otros que estuvieren en curso o por realizarse, ni impide que la SPDP pueda ejercer, respecto del consultante, sus funciones, atribuciones y facultades de supervisión, control, evaluación y sanción.

Solamente podrán formularle consultas a la institución:

  1. Los titulares de datos personales;
  2. Los responsables y encargados del tratamiento de datos personales;
  3. Los apoderados especiales debidamente registrados de aquellos responsables, conjuntos o no, y encargados extranjeros no domiciliados en el territorio de la República del Ecuador;
  4. Los delegados de protección de datos personales; y,
  5. Los terceros, de conformidad con la definición que consta en el número 6 del artículo 4 del RGLOPDP.

Institución o instituciones emisoras

  • Superintendencia de Protección de Datos Personales

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