Fecha de suscripción: 2002-09-25
Fecha de publicación: 2002-09-25
Número de registro: R.O. 80
Tipo de regulación: Ley orgánica
Art. 21.- El Consejo Nacional de Salud, se crea como entidad pública con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, con domicilio en el Distrito Metropolitano de Quito. Las resoluciones del Consejo Nacional de Salud, como resultado de la concertación sectorial, que se procurará se adopten por consenso, serán de cumplimiento obligatorio por todos los integrantes del Sistema