LEY DE DERECHOS Y AMPARO DEL PACIENTE

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Registro oficial

Fecha de suscripción: 1995-02-03

Fecha de publicación: 1995-02-03

Número de registro: 626

Advertencia

Esta información es referencial, puede encontrarse desactualizada.

Tipo de regulación: Ley ordinaria

Este marco normativo, abarca los derechos y amparo al paciente, que tienen relación con el derecho a una atención digna, a no ser discriminado, a confidencialidad, a la información, a decidir, a ser atendido inmediatamente en situación de emergencia. Los derechos del paciente incluyen estar informado del estado de su salud, estar envuelto en el plan de su cuidado y tratamiento y tener la oportunidad de solicitar ó negar el tratamiento.

Por cuanto esta ley intenta garantizar una atención oportuna con respeto, cortesía y sin ninguna discriminación. Basado principalmente en el principio de confidencialidad sobre su tratamiento. Recibir información sobre su diagnóstico y tratamiento. Elegir si acepta o declina el tratamiento médico

Así mismo regula los derechos del paciente en cuanto a la autonomía de la voluntad, legisla sobre la información que el médico debe dar, la cual debe ser clara y sencilla de entender, por otro lado, configura la relación médico paciente, sobre la calidad de atención partiendo desde la comunicación, el respecto a la autonomía del paciente y respecto de la documentación clínica.

QUE, la protección de la salud y la vida son derechos inalienables del ser humano y así los consigna la Constitución Política de la República;
QUE, estos derechos sólo pueden ejercerse dentro de un marco legal que precautele la inmediata atención de las personas en casos de emergencia en los servicios de salud;
QUE, los pacientes tienen derecho a conocer en los servicios de salud, la naturaleza de sus dolencias, el diagnóstico médico y las alternativas de tratamiento, respetando su privacidad y dignidad

Institución o instituciones emisoras

  • Ministerio de Salud

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