Fecha de suscripción: 1969-11-29
Fecha de publicación: 1978-06-09
Número de registro: R.O.604
Tipo de regulación: Norma internacional
Toda nave que transporte más de dos mil (2000) toneladas de hidrocarburos como cargamento deberá portar obligatoriamente un Certificado de Seguro o de cualquier otra garantía financiera a la que se refiere el Convenio Internacional sobre Responsabilidad Civil por daños causados por la contaminación de las aguas del mar por hidrocarburos 1969.