Terminación de relación laboral a petición del empleador con visto bueno sin suspensión de relación laboral

Visto Bueno

Información proporcionada por: Ministerio de Trabajo (MT)

El Ministerio del Trabajo a través de sus oficinas técnicas a nivel nacional recepta la solicitud para realizar la gestión de Visto Bueno sin suspensión de relación laboral en contra del trabajador para terminar con el contrato de trabajo previo la resolución emitida por el Inspector de Trabajo, éste trámite será atendido por la Direcciones Regionales del Trabajo y Servicio Público.

¿A quién está dirigido?

Persona natural o jurídica que tiene derecho a percibir servicios públicos amparados bajo la Constitución de la República del Ecuador, los cuales para el siguiente trámite son:

  • Empresas e Instituciones Privadas que tengan trabajadores contratados bajo el Código del Trabajo

 

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Resolución de Terminación de relación laboral a petición del empleador con visto bueno sin suspensión de relación laboral

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Requisitos para realizar el trámite en línea:

  1. Poseer firma digital.
  2. Cédula de ciudadanía.

Requisito para realizar el trámite presencial:

1. Cédula de ciudadanía y papeleta de votación

2. Documento en el cual se solicita al Inspector del Trabajo el trámite de visto bueno y que contiene los fundamentos de hecho (narración de los acontecimientos) y de derecho (normativa legal que ampara la petición) que se crea asistido el peticionario con firma del Abogado.

Requisitos Especiales:

1. Declaración Juramentada ante el Notario Público.

2. Croquis de ubicación.

3. Certificado de salida o no del país emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana en el caso de extranjeros

4. Resolución documento que deberá ser presentado en caso de que exista un contrato colectivo.

5. Certificado de movimiento migratorio emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

¿Cómo hago el trámite?

Para realizar el trámite presencial en el Ministerio del Trabajo el usuario deberá seguir las actividades que se detallan a continuación:

  1. Presentar los requisitos del trámite en las ventanillas del Ministerio del Trabajo a nivel nacional y receptar el documento de respaldo del ingreso.
  2. Recibir respuesta en el transcurso de 30 días laborables por parte del Ministerio del Trabajo, mediante correo electrónico.

Para realizar el trámite en línea en el Ministerio del Trabajo el usuario deberá seguir las actividades que se detallan a continuación:

  1. Llenar el formulario del ítem "Ir a trámite en línea"
  2. Recibir respuesta en el transcurso de 30 días laborables por parte del Ministerio del Trabajo, mediante correo electrónico

Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para cualquier consulta puede hacerlo de lunes a viernes de 08h00 a 16h45 en las oficinas de todo el país.

Visto Bueno

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

3 años

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Dirección de Contacto Ciudadano

Email: informacion@trabajo.gob.ec

Teléfono: 1800266822

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 0 86
2 2024-02 0 55
3 2023-01 0 89
4 2023-02 0 79
5 2023-03 0 24
6 2023-04 0 131
7 2023-05 0 151
8 2023-06 0 127
9 2023-07 0 109
10 2023-08 0 105
11 2023-09 0 203
12 2023-10 0 54
13 2023-11 0 55
14 2023-12 0 71
15 2022-01 0 66
16 2022-02 0 58
17 2022-03 0 54
18 2022-04 0 97
19 2022-05 0 40
20 2022-06 0 131
21 2022-07 0 66
22 2022-08 0 115
23 2022-09 0 48
24 2022-10 0 31
25 2022-11 0 105
26 2022-12 0 47
27 2021-01 0 90
28 2021-02 0 116
29 2021-03 0 144
30 2021-04 0 111
31 2021-05 0 459
32 2021-06 0 124
33 2021-07 0 133
34 2021-08 0 102
35 2021-09 0 204
36 2021-10 0 116
37 2021-11 0 111
38 2021-12 0 63
39 2020-01 1 562
40 2020-02 0 218
41 2020-03 0 189
42 2020-04 0 0
43 2020-05 0 20
44 2020-06 0 258
45 2020-07 1 21
46 2020-08 0 17
47 2020-09 0 150
48 2020-10 0 171
49 2020-11 0 156
50 2020-12 0 135
51 2019-01 4 111
52 2019-02 0 97
53 2019-03 0 181
54 2019-04 0 92
55 2019-05 0 186
56 2019-06 0 101
57 2019-07 0 119
58 2019-08 0 91
59 2019-09 0 269
60 2019-10 0 250
61 2019-11 0 273
62 2019-12 0 228
63 2017-12 8 2459
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Fecha de última actualización: 2021/08/13