Resolución del pliego de peticiones con sentencia de primera instancia

PLIEGO DE PETICIÓN

Información proporcionada por: Ministerio de Trabajo (MT)

El Ministerio del Trabajo a través de sus oficinas técnicas a nivel nacional recepta la petición de gestionar la resolución del pliego de peticiones con sentencia de primera instancia, en el cual se detallan los requerimientos de los trabajadores para resolver el incumplimiento del contrato colectivo suscrito por las partes o el incumplimiento de las obligaciones laborales por parte del empleador.

¿A quién está dirigido?

Persona natural o jurídica que tiene derecho a percibir servicios públicos amparados bajo la Constitución de la República del Ecuador, los cuales para el siguiente trámite son:

  •  Trabajadores bajo Código del Trabajo y que sean parte de una organización laboral que posea contrato colectivo.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Fallo de primera instancia en función al pliego de peticiones por incumplimiento de obligaciones laborales

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

1. Solicitud del pliego de peticiones, en la cual los trabajadores de una empresa indican al Inspector de Trabajo reclamando el incumplimiento de obligaciones por parte del empleador.

2. Copia de los nombramientos de los Dirigentes de la Organización Laboral.

3. Acta de la Asamblea General en el cual se discutió la presentación del Pliego de Peticiones, debidamente certificada por el Secretario de Actas y Comunicaciones del Comité.

4. Copia Cédula de identidad y/o ciudadanía de los comparecientes del caso

¿Cómo hago el trámite?

Para realizar el trámite presencial en el Ministerio del Trabajo el usuario deberá seguir las actividades que se detallan a continuación:

  1. Presentar los requisitos del trámite en las ventanillas del Ministerio del Trabajo a nivel nacional y receptar el documento de respaldo del ingreso.
  2. Recibir respuesta en el transcurso de 30 días laborables por parte del Ministerio del Trabajo, mediante correo electrónico.

Para realizar el trámite en línea en el Ministerio del Trabajo el usuario deberá seguir las actividades que se detallan a continuación:

  1. Llenar el formulario del ítem "Ir a trámite en línea"
  2. Recibir respuesta en el transcurso de 30 días laborables por parte del Ministerio del Trabajo, mediante correo electrónico.

 


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para cualquier consulta puede hacerlo de lunes a viernes de 08h00 a 16h45 en las oficinas de todo el país.

DIRECTORIO REGIONAL

 

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

3 Años

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Dirección de Contacto Ciudadano

Email: informacion@trabajo.gob.ec

Teléfono: 1800266822

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 0 0
2 2024-02 0 0
3 2024-03 0 0
4 2023-01 0 1
5 2023-02 0 0
6 2023-03 0 0
7 2023-04 0 2
8 2023-05 0 0
9 2023-06 0 1
10 2023-07 0 0
11 2023-08 0 2
12 2023-09 0 2
13 2023-10 0 1
14 2023-11 0 3
15 2023-12 0 0
16 2022-01 0 0
17 2022-02 0 0
18 2022-03 0 0
19 2022-04 0 0
20 2022-05 0 0
21 2022-06 0 2
22 2022-07 0 0
23 2022-08 0 112
24 2022-09 0 0
25 2022-10 0 0
26 2022-11 0 0
27 2022-12 0 0
28 2021-01 0 1
29 2021-02 0 0
30 2021-03 0 0
31 2021-04 0 0
32 2021-05 0 2
33 2021-06 0 0
34 2021-07 0 0
35 2021-08 0 0
36 2021-09 0 0
37 2021-10 0 0
38 2021-11 0 0
39 2021-12 0 0
40 2020-01 0 2
41 2020-02 0 1
42 2020-03 0 3
43 2020-04 0 0
44 2020-05 2 354
45 2020-06 0 367
46 2020-07 0 3
47 2020-08 0 0
48 2020-09 0 0
49 2020-10 0 1
50 2020-11 0 0
51 2020-12 0 1
52 2019-01 0 0
53 2019-02 1 2
54 2019-03 0 6
55 2019-04 0 0
56 2019-05 0 0
57 2019-06 0 0
58 2019-07 0 0
59 2019-08 0 0
60 2019-09 0 1
61 2019-10 0 1
62 2019-11 0 0
63 2019-12 0 2
64 2017-12 2 17
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Fecha de última actualización: 2021/08/13