REGISTRO DE NACIMIENTO Y DEFUNCIÓN OCURRIDO E INSCRITO ANTE AUTORIDAD EXTRANJERA

Registro de nacimiento:

Acto administrativo mediante el cual el Cónsul o su delegado REGISTRA en el sistema del Registro Civil (DIGERCIC) el nacimiento de una persona nacida e inscrita en el exterior (hijos de padre o madre ecuatoriana o de sus descendientes hasta el tercer grado de consanguinidad) para que tenga derecho a la nacionalidad ecuatoriana y surta efectos en el país donde se otorga el documento y en el Ecuador. Se emite a través de las Oficinas Consulares del Ecuador en el exterior.

Registro de defunción:

Acto administrativo mediante el cual el Cónsul o su delegado REGISTRA en el sistema del Registro Civil (DIGERCIC) personas ecuatorianas fallecidas en el extranjero inscritas ante autoridad extranjera, se efectúa con el propósito de que el registro surta efectos legales en el país donde se otorga el documento y en el Ecuador. Se emite a través de las Oficinas Consulares del Ecuador en el exterior.

¿A quién está dirigido?

Ciudadanos ecuatorianos que residen en el exterior y que requieren el registro de un nacimiento o el registro de defunción en las oficinas consulares del Ecuador, de conformidad a las leyes ecuatorianas, acto que se lo realiza ante los Agentes Diplomáticos o Consulares.

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Registro electrónico de nacimiento del exterior en el sistema de la DIGERCIC.

Registro de defunción del exterior en el sistema de la DIGERCIC.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Registro de nacimiento:

  • Certificado o acta de nacimiento emitido por autoridad competente del país de origen, debidamente apostillado o legalizado y traducido de ser el caso.
  • Pasaporte o cédula de identidad vigente del titular del registro, en caso de ser mayor de edad.
  • Cédula de identidad física o digital o pasaporte nacional o extranjero del padre o madre ecuatoriana o del otorgante de la nacionalidad ecuatoriana.
  • Copia del acta de inscripción de nacimiento certificada por el ente emisor del país de origen, debidamente apostillada o legalizada y traducida al español de ser el caso de la persona que va acceder a la nacionalidad ecuatoriana.  (Si la traducción se realiza en el exterior debe estar apostillada o legalizada, si la traducción se realiza en el Ecuador debe contar con el reconocimiento de firmas ante Notario Público).

    Alternativos: Si el solicitante es una tercera persona:

  • Poder especial.

Registro de defunción:

  • Copia del acta de inscripción de defunción certificada por el ente emisor del país de origen, debidamente apostillado o legalizado y traducido al español de ser el caso (si la traducción se realiza en el exterior debe estar apostillada o legalizada, si la traducción se realiza en el Ecuador debe contar con el reconocimiento de firmas ante Notario Público).
  • Cédula de identidad física o digital/pasaporte nacional o extranjero del solicitante. 

      Alternativos: Si el solicitante es extranjero deberá presentar

  • Poder especial.

Requisitos Especiales:

  • Carné de discapacidad.

     

¿Cómo hago el trámite?

Trámite presencial

  1. Solicitar un turno en la oficina consular.  Contactarse con el Consulado más cercano. Puede revisar los Consulados en el exterior a través de este enlace: https://www.cancilleria.gob.ec/2021/05/11/embajadas-y-consulados-en-el-exterior/
  2. Entregar la documentación habilitante al Agente Consular para iniciar el trámite.
  3. Efectuar el pago conforme al arancel consular y diplomático.
  4. Revisar y confirmar los datos del registro de nacimiento o defunción.
  5. Firmar las actas de registro.

Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

  • Registro de nacimiento:  Valor regular $ 50,00  USD No grava IVA
  • Registro de defunción:  Valor regular $ 50,00 USD No grava IVA
  • Prestación de Servicio de DIGERCIC - Valor regular USD $ 5,00 No grava IVA

La exoneración del 100% del valor del trámite aplica para los ciudadanos con discapacidad del 30% o más, según lo establecido en la Ley Orgánica de Discapacidades.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Oficinas Consulares en el Exterior:

Consultar el horario en las oficinas consulares.

Para mayor información ingresar en el siguiente enlace:

https://www.cancilleria.gob.ec/2021/05/11/embajadas-y-consulados-en-el-exterior/

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Gestión Interna de Servicios Virtuales

Email: consejeria@cancilleria.gob.ec

Teléfono: +593 2 3933520

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2026-01 0 760
2 2026-02 0 805
3 2026-03 0 943
4 2026-04 0 857
5 2026-05 0 716
6 2026-06 0 745
7 2026-07 0 777
8 2025-01 0 662
9 2025-02 0 724
10 2025-03 0 682
11 2025-04 0 794
12 2025-05 0 362
13 2025-06 0 559
14 2025-07 0 785
15 2025-08 0 528
16 2025-09 0 795
17 2025-10 0 1163
18 2025-11 0 739
19 2025-12 0 866
20 2024-01 0 416
21 2024-02 0 386
22 2024-03 0 411
23 2024-04 0 455
24 2024-05 0 429
25 2024-06 0 394
26 2024-07 0 435
27 2024-08 0 448
28 2024-09 0 544
29 2024-10 0 489
30 2024-11 0 458
31 2024-12 0 571
32 2023-01 0 0
33 2023-02 0 312
34 2023-03 0 372
35 2023-04 0 341
36 2023-05 0 374
37 2023-06 0 412
38 2023-07 0 354
39 2023-08 0 380
40 2023-09 0 316
41 2023-10 0 371
42 2023-11 0 344
43 2023-12 0 126

Fecha de última actualización: 2024/06/17

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