Emisión de certificados de datos registrales en el exterior: nacimiento, matrimonio, defunción y unión de hecho

Emisión de partidas o certificados de nacimientos, matrimonio o defunción para ecuatorianos en el exterior

Acto administrativo mediante el cual se emiten las partidas de nacimiento, matrimonio, defunción y unión de hecho a ciudadanos ecuatorianos que residen en el exterior, para que surta los mismos efectos civiles en el exterior. Se emite a través de las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares del Ecuador en el exterior.

¿A quién está dirigido?

Los beneficiarios del trámite son personas naturales ecuatorianas y extranjeras en el exterior, que requieran el certificado de datos registrales: nacimiento, defunción, matrimonio y unión de hecho en las Oficinas Consulares del Ecuador, de conformidad a las leyes ecuatorianas.
• Ciudadanos ecuatorianos.
• Casados con ecuatorianos.
• Usuarios que hayan registrado formalmente su unión de hecho.
• Familiares de ciudadanos que hayan fallecido y se haya registrado su defunción.

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Certificados de nacimiento, matrimonio, defunción y unión de hecho.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Documento (cédula o pasaporte) que permita verificar la identidad del solicitante.

• Comprobante de pago.

Alternativo:
Terceras personas deben presentar los siguientes requisitos:
• Personas hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de consanguinidad colateral y segundo de afinidad en relación al titular de la información (Padre / Madre, Suegro/a, Yerno / Nuera, Hijo/a mayor de edad) y podrán solicitarlo sin costo adicional, presentando:
o Cédula original y/o pasaporte original vigente (del tercero) para verificación del Agente Consular en calidad de Fedatario.

• Resto de personas, que no son titulares de la información, con el siguiente grado de parentesco (Abuelo/a, Hermano/a, Cuñado/a, Bisabuelo/a, Tío/a, Sobrino/a, Biznieto/a, Tatarabuelo/a, Tío/a Abuelo/a, Primo/a, Sobrino/a Nieto/a, Tataranieto/a) podrán solicitarlo presentando:

  • Carta de autorización simple firmada por el titular de la información; o,
  • Comprobante de pago adicional por solicitud de información de terceros; o,
  • Cédula original y/o pasaporte original vigente (del profesional del derecho) para verificación del Agente Consular en calidad de Fedatario.


• Un abogado que no tiene parentesco con el titular de la información, podrá solicitarlo con un costo adicional, presentando:

  • Carta de autorización simple firmada por el titular de la información; o,
  • Comprobante de pago adicional por solicitud de información de terceros; o,
  • Cédula original y/o pasaporte original vigente (del profesional del derecho) para verificación del Agente Consular en calidad de Fedatario.

Requisitos Especiales:

• Carné de discapacidad.

¿Cómo hago el trámite?

Oficinas Consulares en el exterior

  1. Contactarse con el Consulado más cercano. Puede revisar los Consulados en el exterior a través de este enlace: https://www.cancilleria.gob.ec/2021/05/11/embajadas-y-consulados-en-el-exterior/
  2. Presentar documentación habilitante.
  3. Realizar el pago conforme al arancel consular y diplomático vigente.

Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

Valor $3,00. No grava IVA
1. Las personas con discapacidad del 30% o más obtiene la exención del 100% del valor del trámite, presentando el carné de persona con discapacidad emitido por el Ministerio de Salud Pública del Ecuador.
2. En caso de que el trámite sea ejecutado por un tercero, deberá cancelar adicionalmente, solicitud de información de terceros: $2.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Oficinas Consulares en el Exterior:

Consultar el horario en las oficinas consulares.

Para mayor información ingresar en el siguiente enlace: https://www.cancilleria.gob.ec/2021/05/11/embajadas-y-consulados-en-el-exterior/

 

 

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

2 meses desde el día de su emisión.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Unidad de Consejería

Email: consejeria@cancilleria.gob.ec

Teléfono: 02-3933520

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2026-01 0 1865
2 2026-02 0 2036
3 2026-03 0 2293
4 2026-04 0 2209
5 2026-05 0 1690
6 2026-06 0 1669
7 2026-07 0 1865
8 2025-01 0 1105
9 2025-02 0 1663
10 2025-03 0 1737
11 2025-04 0 1223
12 2025-05 0 1450
13 2025-06 0 1766
14 2025-07 0 2194
15 2025-08 0 1724
16 2025-09 0 1952
17 2025-10 0 2532
18 2025-11 0 1882
19 2025-12 0 1796
20 2024-01 0 1687
21 2024-02 0 1562
22 2024-03 0 1265
23 2024-04 0 2115
24 2024-05 0 1500
25 2024-06 0 1367
26 2024-07 0 1693
27 2024-08 0 1507
28 2024-09 0 1804
29 2024-10 0 1608
30 2024-11 0 1393
31 2024-12 0 1198
32 2023-01 0 0
33 2023-02 0 1355
34 2023-03 0 2122
35 2023-04 0 1860
36 2023-05 0 1893
37 2023-06 0 2147
38 2023-07 0 1108
39 2023-08 0 632
40 2023-09 0 1110
41 2023-10 0 1752
42 2023-11 0 1742
43 2023-12 0 1101
44 2022-01 0 1448
45 2022-02 0 1516
46 2022-03 0 1672
47 2022-04 0 1572
48 2022-05 0 1526
49 2022-06 0 1372
50 2022-07 0 1522
51 2022-09 0 1873
52 2022-10 0 1535
53 2022-11 0 1526
54 2022-12 0 1226
55 2021-01 0 1403
56 2021-02 0 1691
57 2021-03 0 954
58 2021-04 0 1323
59 2021-05 0 1043
60 2021-06 0 1193
61 2021-07 0 1382
62 2021-08 0 1449
63 2021-09 0 1563
64 2021-10 0 1466
65 2021-11 0 1400
66 2021-12 0 1355
67 2020-01 0 1967
68 2020-02 0 1967
69 2020-03 0 940
70 2020-04 0 58
71 2020-05 0 216
72 2020-06 0 675
73 2020-07 0 956
74 2020-08 0 7140
75 2020-10 0 1119
76 2020-11 0 1048
77 2020-12 0 1142
78 2019-01 0 2430
79 2019-02 0 2668
80 2019-03 0 2505
81 2019-04 0 2454
82 2019-05 0 1962
83 2019-06 0 1851
84 2019-07 0 1899
85 2019-08 0 1908
86 2019-09 0 383
87 2019-10 0 1996
88 2019-11 0 1565
89 2019-12 0 313

Fecha de última actualización: 2025/03/06

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