Trámite orientado a guías de turismo que desean inactivar su Registro de Turismo.
Los establecimientos que cuentan con Registro de Turismo de las actividades turísticas de: Transporte Marítimo Galápagos y Guianza Turística que desean inactivar su Registro de Turismo, de acuerdo a los parámetros establecidos en la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de las Actividades Turísticas y Fomento del Empleo y sus reglamentos específicos.
Nota: Para las actividades de: Alojamiento; Alimentos, Bebidas y Entretenimiento; Agenciamientos Turístico, Transporte Turístico; Organizadores de Eventos Congresos y Convenciones, Reuniones, Incentivos, Conferencia, Ferias y Exhibiciones; Centros de Convenciones, Salas de Recepciones y Salas de Banquetes; Centros de Turismo Comunitario; Parques Temáticos y Atracción Estables; Balnearios, Termas, y Centros de Recreación Turística (excepción Transporte Marítimo Galápagos y Guianza Turística ); estos trámites se lo realizará a través de la plataforma institucional “Sistema de Turismo Inteligente (SITURIN)” en el siguiente enlace: https://siturin.produccion.gob.ec
Para los establecimientos turísticos, ubicados en el cantón Quito deberán realizar el trámite en la Empresa Pública Metropolitana de Gestión de Destino Turístico - Quito Turismo en el siguiente enlace: https://sicet.quito-turismo.gob.ec
Personas jurídicas o naturales (nacionales y extranjeras), prestadores de servicios turísticos que cuenten con el Certificado de Registro de Turismo y que necesiten inactivar su establecimiento turístico.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Certificado de Inactivación del Registro de Turismo
En línea GOB.EC:
Para las actividades de Transporte Turístico Marítimo Galápagos y Guianza Turística:
a) Solicitud enviada a través de la plataforma GOB.EC, opción “Ir al trámite en línea” que se encuentra en la presente página y llene los respectivos campos obligatorios del formulario digital.
En línea SITURIN:
Para las actividades de: Alojamiento; Alimentos, Bebidas y Entretenimiento; Agenciamientos Turístico, Transporte Turístico; (excepción Transporte Marítimo Galápagos); Organizadores de Eventos Congresos y Convenciones, Reuniones, Incentivos, Conferencia, Ferias y Exhibiciones; Centros de Convenciones, Salas de Recepciones y Salas de Banquetes; Centros de Turismo Comunitario; Parques Temáticos y Atracción Estables; Balnearios, Termas, y Centros de Recreación Turística:
a) Solicitud enviada a través de la plataforma SITURIN en el siguiente link: https://siturin.produccion.gob.ec/login
En línea GOB.EC:
Para las actividades: Transporte Turístico Marítimo Galápagos y Guianza Turística:
1. Acceder a la opción “Ir al trámite en línea” que se encuentra en la presente página, llenar los respectivos campos obligatorios del formulario digital; y enviar la solicitud.
2. Recibir mediante correo electrónico, el comprobante de solicitud enviada.
3. Recibir el Certificado de Inactivación.
En línea SITURIN:
Para las actividades: Alojamiento; Alimentos, Bebidas y Entretenimiento; Agenciamientos Turístico, Transporte Turístico; (excepción Transporte Marítimo Galápagos); Organizadores de Eventos Congresos y Convenciones, Reuniones, Incentivos, Conferencia, Ferias y Exhibiciones; Centros de Convenciones, Salas de Recepciones y Salas de Banquetes; Centros de Turismo Comunitario; Parques Temáticos y Atracción Estables; Balnearios, Termas, y Centros de Recreación Turística:
1. Ingresar a la plataforma SITURIN en el siguiente enlace: https://siturin.produccion.gob.ec
2. Seleccionar opción inactivar
3. Ingresar número de RUC del establecimiento, cédula del propietario, correo electrónico y teléfono principal
4. Aceptar términos y condiciones
5. Ingresar datos de ubicación del establecimiento
6. Seleccionar causales de Inactivación
7. Enviar solicitud de Inactivación
8. Descargar Certificado de Inactivación del Registro de Turismo; y recibirlo a través de correo electrónico.
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).
El trámite no tiene costo
| HORARIO DE ATENCIÓN |
|
Lunes a viernes 08h00 a 16h30 |
| DIRECCIONES ZONALES |
| ZONA | PROVINCIA | CANTÓN | PARROQUIA / CABECERA CANTONAL | DIRECCIÓN | TELÉFONO |
| OFICINA MATRIZ | Pichincha | Quito | San Blas | Briceño E1-24 y Guayaquil referencia Edificio "La Licuadora" | (02) 3999333 |
| ZONA DE PLANIFICACIÓN 1 | Imbabura | Ibarra | San Francisco | Sucre Nro. 14-72 y Avenida Teodoro Gómez de la Torre 2do piso | (06) 2958547 (06) 2958758 |
| Esmeraldas | Esmeraldas | Luis Tello | Avenida del Pacífico S/N y Malecón Las Palmas Diagonal al Redondel de la Sirena Junto al Parqueadero | (06) 2011446 | |
| Carchi | Tulcán | Tulcán | Guayaquil Nro. 39-008 y Avenida Manabí, piso 2 | (06) 2960046 | |
| Sucumbíos | Lago Agrio | Nueva Loja | Avenida Circunvalación y Avenida Monseñor Gonzalo López Marañón, Oficina Nro. 18 piso 1, Centro de Atención Ciudadana de Nueva Loja | (06) 2991914 | |
| Orellana | Francisco de Orellana | El Coca | Calle Napo S/N y Enrique Castillo Segundo Piso- Oficinas de AEROREGIONAL | (06) 2881583 | |
| Napo | Tena | Tena | Calle Rocafuerte S/N y Juan Montalvo, junto al Hotel Joya de la Selva Planta Baja | (06) 2886536 | |
| Pichincha | Cayambe | Cayambe | Panamericana Norte Km 0.5 vía al Cajas S/N y Calle Nápoles, Centro Comercial Nápoles Shopping - frente a las canchas | (02) 2185249 | |
| ZONA DE PLANIFICACIÓN 6 | Azuay | Cuenca | Yanuncay | Avenida México entre Avenida de las Américas y Unidad Nacional, Edificio del Gobierno Zonal 6 |
(07) 2887255; (07) 2887089 |
| Cañar | Azogues | Azogues | Avenida 16 de Abril S/N y Calle Babahoyo. Edificio Centro de atención Ciudadana Azogues. 2do. Piso |
(07) 3706016 | |
| Loja | Loja | Sucre | Sucre 191-31 y Quito, esquina. (Edificio del INPC) | (07) 2572964 | |
| Zamora Chinchipe | Zamora | Zamora | Calle José Luis Tamayo S/N y Diego de Vaca. Edificio de Gobernación de Zamora Chinchipe, Piso 1 |
(07) 2606466 | |
| El Oro | Machala | Machala | Avenida Rocafuerte 722 entre Junín y Tarqui Edificio de la Gobernación, planta baja |
(07) 2968480 | |
| Tungurahua | Ambato | Ambato | Guayaquil 01-18 y Rocafuerte (Hotel Ambato) |
(03) 2821800 | |
| Chimborazo | Riobamba | Lizarzaburu | Primera Constituyente y Carabobo. Edificio GAD Provincial de Chimborazo. Primer piso |
(03) 2946 682 | |
| Pastaza | Pastaza | Puyo | Calle Remigio Crespo Toral y Salvador Allende piso alto del Ministerio de Trabajo Puyo, Barrio Las Palmas | (03) 2793 340 | |
| Cotopaxi | Latacunga | La Matriz | Marqués de Maenza S/N y Quito, Edificio CAC El Rosal Latacunga, Planta baja, Oficina. 3 | (03) 2245 700 | |
| Morona Santiago | Morona | Macas | Antonio Samaniego S/N entre Soasti y 24 de mayo | (07)2701 480 | |
| ZONA DE PLANIFICACIÓN 8 | Guayas | Guayaquil | Tarqui | Avenida Francisco de Orellana 1805 y calle Justino Cornejo Referencia; Edificio Gobierno Zonal Guayaquil piso 8 | (04) 2068508 |
| Bolívar | Guaranda | Ángel Polibio Cháves | García Moreno y Sucre; referencia edificio de la Gobernación Oficina Técnica de Bolívar | (03) 2551249 | |
| Los Ríos | Babahoyo | Clemente Baquerizo | Twinza S/N y Malecón; Referencia (Edificio Ministerio de Inclusión Económica y Social – MIES) | (05) 2739322 | |
| Manabí | Portoviejo | Andrés de Vera | Avenida 15 de Abril S/N y Calle de los Nardos; Referencia Edificio Centro de Atención Ciudadana Oficina Técnica de Manabí piso 3 | (05) 3043711 (05) 3043734 |
|
| Santa Elena | Salinas | José Luis Tamayo | Avenida Carlos Espinoza Larrea S/N y calle Quinta; referencia Edificio Centro de Atención Ciudadana | (04) 3728904 | |
| Santo Domingo de los Tsáchilas | Santo Domingo | Bombolí | Avenida Esmeraldas S/N y Avenida Emilio Lorenzo Sthele; Referencia Edificio Santo Domingo Plaza. (Tercer piso, oficina 301) |
(02) 2745726 (02) 2745727 |
|
| ZONA DE PLANIFICACIÓN INSULAR | Galápagos | Santa Cruz | Puerto Ayora | Avenida Charles Darwin 390, Av. 12 de Febrero Edificio: Capturgal |
(05) 2526174; (05) 2527135 |
| Galápagos | San Cristóbal | Puerto Baquerizo Moreno | Avenida Alsacio Northia S/N, Av. 12 de Febrero Edificio de la familia Naula |
(05) 2520704 | |
| Galápagos | Isabela | Puerto Villamil | Tero Real S/N y Gaviotín | (05) 2529132 |
Contacto: Dirección de Acreditación y Control
Email: info.produccion@produccion.gob.ec
Teléfono: 02 3999 333 ext. 1345 o 1052
Procedimiento para Inactivar un Establecimiento Turístico expedido mediante Acuerdo Ministerial Nro. 42 publicado en Registro Oficial Nro. 163 de 18 de enero de 2018. Última reforma: Registro Oficial 486 26 de enero 2024. Artículo 1
“Art. 1.- Objeto: El presente Acuerdo Ministerial tiene como objeto determinar el procedimiento para inactivar el registro de un establecimiento turístico dentro del Catastro Turístico Nacional”.
Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos - Acuerdo Ministerial Nro. 2020 0014 suscrito el 08 de junio de 2020, publicado en el Registro Oficial Nro. 1400 de 16 de diciembre de 2020. Numeral 1.2.2.1.2
1.2.2.1.2 GESTIÓN DE ACREDITACIÓN Y CONTROL
Misión.- Acreditar y controlar las actividades, modalidades turísticas y guías de turismo de acuerdo a la tipología de trámites, a través de procesos, procedimientos, directrices, operativos y otras acciones, que aseguren el cumplimiento de la normativa vigente y criterios de calidad.
Art. 1.- La presente Ley tiene por objeto determinar el marco legal que regirá para la promoción, el desarrollo y la regulación del sector turístico; las potestades del Estado y las obligaciones y derechos de los prestadores y de los usuarios.
Art. 2.- Turismo es el ejercicio de todas las actividades asociadas con el desplazamiento de personas hacia lugares distintos al de su residencia habitual, sin ánimo de radicarse permanentemente en ellos.
Art.5 Actividades turísticas. - (Sustituido por el Art. 5 Cap. I de la Ley s/n, R.O. 525-S, 25-III-2024).- Se consideran actividades turísticas las desarrolladas por personas naturales o jurídicas que se dediquen a la prestación remunerada de una o más de las siguientes actividades:
1. Alojamiento;
2. Alimentos, bebidas y entretenimiento;
3. Agenciamiento turístico;
4. Transporte turístico;
5. Organizadores de eventos, congresos y convenciones, reuniones, incentivos,
conferencias, ferias y exhibiciones;
6. Centros de convenciones, salas de recepciones y salas de banquetes:
7. Guianza turística;
8. Centros de turismo comunitario;
9. Parques temáticos y atracciones estables; y,
10. Balnearios, termas y centros de recreación turística.
Art. 1.- Objeto.- El presente reglamento regula las actividades de operación e intermediación turística, las cuales se encuentran contenidas en la Ley de Turismo y su reglamento
Art. 1.- Objeto.- El objeto del presente Reglamento es regular la actividad turística de alojamiento en la Provincia de Galápagos.
Art. 1.- Objeto.- El objeto del presente Reglamento es regular la actividad turística de alojamiento.
Artículo 1.- Objeto. - El presente reglamento tiene por objeto regular el ejercicio de la actividad de guianza turística en Ecuador continental y sus clasificaciones.
Artículo 9.- Inactivación de registro de turismo. - El registro de turismo estará en estado ratificado si al menos una de las clasificaciones del guía de turismo se encuentre activa. Si ninguna clasificación se encuentra activa, el registro de turismo se inactivará de oficio.
Art. 1.- Objeto.- El presente reglamento regula las actividades de operación e intermediación turística, las cuales se encuentran contenidas en la Ley de Turismo y su reglamento.
Reglamento de Embarcaciones de Transporte Turístico Marítimo para el Régimen Especial de la Provincia de Galápagos expedido mediante registro oficial N. 114 publicado en Registro oficial lunes 06 de enero de 2020. Artículo 1,2.
“Artículo 1. Objeto. - El presente Reglamento tiene como objeto determinar los requisitos y los parámetros de calidad y servicio, que deberán cumplir los prestadores de servicios turísticos que realizan la actividad de transporte turístico
marítimo en la Provincia de Galápagos.
Artículo 2. Ámbito. - El ámbito de aplicación del presente reglamento será únicamente para el Régimen Especial de la provincia de Galápagos.”
Art. 1.- Objeto.- Este Reglamento tiene como objeto normar el ejercicio de los Centros de Turismo Comunitario en todo el territorio nacional, incluyendo el Régimen Especial Galápagos, de conformidad con los principios determinados en la Constitución de la República, la Ley de Turismo, y su Reglamento General.
Art. 1.- Objeto.- El objeto del presente reglamento es regular, clasificar, categorizar, controlar y establecer los requisitos para el ejercicio de la actividad turística de alimentos y bebidas a nivel nacional.
Art. 1.- Objeto.- El objeto del presente Reglamento es regular, clasificar, categorizar, controlar y establecer los requisitos que deben cumplir los establecimientos que ejerzan la actividad turística de servicio de alimentos y bebidas en la provincia de Galápagos.
Art. 1.- Objeto.- El presente Acuerdo Ministerial tiene como objeto determinar los requisitos a los que habrán de someterse las personas jurídicas que deseen ser acreditados como organismos certificadores de habilidad, en las modalidades de aventura establecidas por la Autoridad Nacional de Turismo.
Art. 1.- Objeto.- El presente acuerdo tiene por objeto regular la implementación y uso obligatorio del "Sistema de Turismo Inteligente", en adelante identificado como "SITURIN", como la plataforma oficial del Ministerio de Turismo para la acreditación de los prestadores de servicios turísticos a nivel nacional.
| # | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
|---|---|---|---|
| 1 | 2025-01 | 0 | 387 |
| 2 | 2025-02 | 0 | 377 |
| 3 | 2025-03 | 0 | 757 |
| 4 | 2025-04 | 0 | 699 |
| 5 | 2025-05 | 0 | 311 |
| 6 | 2025-06 | 0 | 278 |
| 7 | 2025-07 | 0 | 425 |
| 8 | 2025-08 | 0 | 260 |
| 9 | 2025-09 | 0 | 254 |
| 10 | 2024-01 | 0 | 274 |
| 11 | 2024-02 | 0 | 349 |
| 12 | 2024-03 | 0 | 318 |
| 13 | 2024-04 | 0 | 222 |
| 14 | 2024-05 | 0 | 360 |
| 15 | 2024-06 | 0 | 415 |
| 16 | 2024-07 | 0 | 299 |
| 17 | 2024-08 | 0 | 190 |
| 18 | 2024-09 | 0 | 250 |
| 19 | 2024-10 | 0 | 336 |
| 20 | 2024-11 | 0 | 387 |
| 21 | 2024-12 | 0 | 368 |
| 22 | 2023-01 | 0 | 99 |
| 23 | 2023-02 | 0 | 52 |
| 24 | 2023-03 | 0 | 104 |
| 25 | 2023-04 | 0 | 85 |
| 26 | 2023-05 | 0 | 117 |
| 27 | 2023-06 | 0 | 92 |
| 28 | 2023-07 | 0 | 90 |
| 29 | 2023-08 | 0 | 262 |
| 30 | 2023-09 | 0 | 289 |
| 31 | 2023-10 | 0 | 202 |
| 32 | 2023-11 | 0 | 172 |
| 33 | 2023-12 | 0 | 1 |
| 34 | 2022-01 | 0 | 42 |
| 35 | 2022-02 | 0 | 61 |
| 36 | 2022-03 | 0 | 44 |
| 37 | 2022-04 | 0 | 40 |
| 38 | 2022-05 | 0 | 46 |
| 39 | 2022-06 | 0 | 40 |
| 40 | 2022-07 | 0 | 24 |
| 41 | 2022-08 | 0 | 16 |
| 42 | 2022-09 | 0 | 12 |
| 43 | 2022-10 | 0 | 14 |
| 44 | 2022-11 | 0 | 8 |
| 45 | 2022-12 | 0 | 28 |
Fecha de última actualización: 2025/11/05