Trámite orientado a ejercer el control y registro migratorio de tripulantes, mediante la verificación de documentos para la salida del país por vía aérea, marítima y terrestre.
Personas nacionales y extranjeras mayores de edad, en calidad de tripulantes que requieren el registro de salida del país.
Se considera como parte de la tripulación a toda persona nacional o extranjera que transita por el territorio ecuatoriano en calidad de tripulante de transporte internacional.
Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Registro de salida del país de tripulantes (aérea, marítima, terres
Canales de atención: Presencial.
El trámite no tiene costo
PASOS FRONTERIZOS |
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PROVINCIA | DIRECCIÓN | HORARIO |
Carchi | Paso Internacional Tufiño Tulcán - (Parroquia Tufiño). | Atención: 08:00 - 17:00 |
Carchi | Centro Nacional de Atención Fronteriza Rumichaca - (Puente Internacional Rumichaca, Panamericana Norte Km. 0). | 24 Horas |
El Oro | Centro Binacional de Atención Fronteriza Huaquillas - (Eje Vial No. 1 Vía a Perú, Oficinas Centro Binacional de Atención Fronteriza, Bloque F.). | 24 Horas |
Loja | Paso Fronterizo Macará - (Av. Panamericana Sur, Puente Internacional). | 24 Horas |
Loja | Paso Fronterizo Jimbura - (Av. Zumba y 24 de Mayo, Puente Internacional). | 24 Horas |
Loja | Paso Fronterizo Lalamor - (Sector Lalamor, Puente Internacional). | 24 Horas |
Zamora Chinchipe | Paso Fronterizo La Balsa - (Parroquia Pucapamba, Barrio La Balsa, Puente Internacional). | 24 Horas |
Sucumbíos | Centro Binacional de Atención Fronteriza San Miguel - (Km. 23 ½. Vía a Colombia. CEBAF San Miguel). | Atención: 06:00 - 18:00 |
PUERTOS MARÍTIMOS Y FLUVIALES |
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PROVINCIA | DIRECCIÓN | HORARIO |
El Oro | Unidad de Control Migratorio Puerto Marítimo Bolívar - (Comando de la Policía Sub Zona 7, Machala). | 24 Horas |
Esmeraldas | Unidad de Control Migratorio Puerto Marítimo Esmeraldas - (Puerto Marítimo de Esmeraldas). | 24 Horas |
Esmeraldas | Unidad de Control Migratorio Puerto Fluvial San Lorenzo - (Av. Esmeraldas entre 29 de Abril y Armada Nacional, junto al Registro Civil). | 24 Horas |
Galápagos | Unidad de Control Migratorio Puerto Marítimo Ayora - (Calle Charles Binford No. 155 y calle 12 de Febrero, Barrio Central, ciudad de Puerto Ayora, cantón Isla Santa Cruz). | Atención: 08:00 - 17:00 |
Galápagos | Unidad de Control Migratorio Puerto Marítimo Baquerizo Moreno - (Av. Perimetral Jaime Roldós Aguilera junto a Cerro Patricio, Barrio Fragata, Ref. Frente a la cancha de la estación terrena, ciudad de Puerto Baquerizo Moreno, Cantón Isla San Cristóbal). | |
Guayaquil | Unidad de Control Migratorio Puerto Marítimo Guayaquil (Av. De la Marina , Puerto Marítimo). | 24 Horas |
Manabí | Unidad de Control Migratorio Puerto Marítimo Manta (Av. Malecón entrada junto al Edificio Aduanas del Ecuador). | 24 Horas |
Santa Elena | Unidad de Control Migratorio Puerto de Santa Elena (Av. Carlos Espinoza Larrea, vía principal a Salinas entre calles 5ta y 6ta (CAC)). | 24 Horas |
Orellana | Unidad de Control Migratorio Puerto de Nueva Rocafuerte (Av. Alejandro Labaka km 1. Entrada al agua potable (Junto a la Policía Judicial de Orellana)). | Atención: 06:00 - 18:00 |
AEROPUERTO |
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PROVINCIA | DIRECCIÓN | HORARIO |
Pichincha | Aeropuerto Internacional Mariscal Sucre (Tababela S/N - Vía Yaruquí, Quito). | 24 Horas |
Guayas | Aeropuerto Internacional José Joaquín de Olmedo - Av. De las Américas y Av. Isidro Ayora, planta alta oficinas de Migración, Aeropuerto José Joaquín Olmedo. | 24 Horas |
Azuay | Aeropuerto Mariscal La Mar - Av. España y Eli Liut. Aeropuerto Mariscal La Mar. | 24 Horas |
Cotopaxi | Aeropuerto Internacional Latacunga - Av. Amazonas y Av. Javier Espinoza, Aeropuerto Internacional Cotopaxi. | 24 Horas |
El Oro | Aeropuerto Internacional Santa Rosa - Vía Jumon a 4,8 Kilómetros de la ciudad de Santa Rosa. | Atención: 08:00 - 17:00 |
Esmeraldas | Aeropuerto Internacional Carlos Concha - Vía a Tachina, carretera S/N - Aeropuerto Carlos Concha Torres. | Atención: 08:00 - 18:00 |
Manabí | Aeropuerto Eloy Alfaro - Vía Jaramijó a 2.5 Km al este de la ciudad de Manta. | 24 horas |
Galápagos | Aeropuerto Baltra - Calle Charles Binford No. 155 y calle 12 de Febrero, Barrio Central, ciudad de Puerto Ayora, cantón Isla Santa Cruz. | Atención: 08:00 – 17:00 |
El registro de salida del país de tripulantes (aérea, marítima y terrestre), tiene la siguiente vigencia:
1. Personas en tránsito aéreo por un tiempo máximo de dos (2) días.
2. Personas en tránsito terrestre por un tiempo máximo de diez (10) días.
3. El tiempo de permanencia de un tripulante de transporte internacional dentro del Ecuador será de treinta (30) días renovables. En operación de transporte internacional por carretera, o en caso fortuito; no se requerirá de pasaporte.
Contacto: DIRECCIÓN DE SERVICIOS MIGRATORIOS
Email: servicios.migratorios@ministeriodelinterior.gob.ec
Teléfono: 02 2269436
14. El derecho a transitar libremente por el territorio nacional y a escoger su residencia, así como a entrar y salir libremente del país, cuyo ejercicio se regulará de acuerdo con la ley. La prohibición de salir del país sólo podrá ser ordenada por juez competente. Las personas extranjeras no podrán ser devueltas o expulsadas a un país donde su vida, libertad, seguridad o integridad o la de sus familiares peligren por causa de su etnia, religión, nacionalidad, ideología, pertenencia a determinado grupo social, o por sus opiniones políticas. Se prohíbe la expulsión de colectivos de extranjeros. Los procesos migratorios deberán ser singularizados. |
19. El derecho a la protección de datos de carácter personal, que incluye el acceso y la decisión sobre información y datos de este carácter, así como su correspondiente protección. La recolección, archivo, procesamiento, distribución o difusión de estos datos o información requerirán la autorización del titular o el mandato de la ley. |
25. El derecho a acceder a bienes y servicios públicos y privados de calidad, con eficiencia, eficacia y buen trato, así como a recibir información adecuada y veraz sobre su contenido y características. |
Obligaciones de las personas extranjeras.
Son obligaciones de las personas extranjeras en el Ecuador:
1. Registrar el ingreso y salida a través de los puntos de control migratorio oficiales; (…)
Ingreso y salida del territorio nacional.
Todas las personas deben ingresar o salir del territorio nacional por puntos de control migratorio oficiales. Se controlará el ingreso y salida de! personas con estricto respeto a los derechos humanos.
Transeúnte.- Es toda persona extranjera que transita por el territorio ecuatoriano en calidad de pasajero en tránsito, tripulante de transporte internacional, trabajador migrante temporal o persona que resida en zona de frontera de conformidad con los instrumentos internacionales y las demás que establezca el reglamento de esta Ley.
El plazo máximo de permanencia para los transeúntes en el Ecuador será determinado en el reglamento de esta Ley de acuerdo a la especificidad de cada caso.
La autoridad de movilidad humana determinará los casos excepcionales en que se eximirá el pago de la tarifa correspondiente al visado.
Rectoría del control migratorio.
La autoridad encargada de la seguridad ciudadana, protección interna y orden público será el órgano rector del control migratorio y ejercerá las siguientes competencias:
1. Registrar y controlar el ingreso y salida de personas de conformidad con los mecanismos y disposiciones establecidas en esta Ley;
Registro, control de ingreso y salida de personas.- El Ministerio del Interior a través del área responsable realizará el control de ingreso y salida de las personas nacionales y extranjeras al territorio nacional en los puertos, aeropuertos y pasos fronterizos oficiales, y registrará el ingreso, salida y las observaciones que se presentaren en el sistema informático de migración, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Movilidad Humana.
Ingreso y salida del territorio nacional.- Para el ingreso y salida de las personas nacionales y extranjeras al Ecuador, el Ministerio del Interior a través del área responsable verificará y realizará lo siguiente:
1. Documento de viaje o documento de identificación válido y vigente:
La persona extranjera para ingresar al país deberá portar su pasaporte con una vigencia mínima de seis meses previa a su caducidad, exceptuándose de este requisito a la persona extranjera que presente un pasaporte de emergencia.
Los ciudadanos suramericanos podrán presentar su documento de identidad nacional válida, vigente y reconocida por el Ecuador.
2. Registro de ingreso o salida en el sistema informático de migración.
3. Visa vigente de conformidad a lo establecido en la Ley Orgánica de Movilidad Humana; (...)
Negativa de salida del Ecuador.- Serán impedidos de salir del territorio nacional las personas ecuatorianas que tengan o registren los siguientes impedimentos:
1. Orden de la autoridad judicial competente debidamente oficiada al Ministerio del Interior a través del área responsable del control migratorio.
2. No contar con una visa vigente para el caso de los países que lo requieran.
3. Presentar documentación falsificada o adulterada, determinada por un especialista designado por el Ministerio del Interior a través del área responsable del control migratorio, quien elaborará un informe debidamente motivado. Estas personas serán puestas a órdenes de autoridad competente conforme lo establece la Ley Orgánica de Movilidad Humana y el Código Orgánico Integral Penal.
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
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1 | 2024-01 | 0 | 6412 |
2 | 2024-02 | 0 | 6379 |
3 | 2024-03 | 0 | 6911 |
4 | 2024-04 | 0 | 7455 |
5 | 2024-05 | 0 | 7241 |
6 | 2024-06 | 0 | 7216 |
7 | 2024-07 | 0 | 7233 |
8 | 2024-08 | 0 | 6731 |
9 | 2024-09 | 0 | 6913 |
10 | 2024-10 | 0 | 7767 |
11 | 2024-11 | 0 | 7381 |
12 | 2024-12 | 0 | 6867 |
13 | 2023-01 | 0 | 7386 |
14 | 2023-02 | 0 | 7028 |
15 | 2023-03 | 0 | 7773 |
16 | 2023-04 | 0 | 7582 |
17 | 2023-05 | 0 | 7712 |
18 | 2023-06 | 0 | 7712 |
19 | 2023-07 | 0 | 7131 |
20 | 2023-08 | 0 | 7131 |
21 | 2023-09 | 0 | 6904 |
22 | 2023-10 | 0 | 7454 |
23 | 2023-11 | 0 | 7336 |
24 | 2023-12 | 0 | 7023 |
25 | 2022-01 | 0 | 5329 |
26 | 2022-02 | 0 | 4854 |
27 | 2022-03 | 0 | 5818 |
28 | 2022-04 | 0 | 5970 |
29 | 2022-05 | 0 | 6737 |
30 | 2022-06 | 0 | 5537 |
31 | 2022-07 | 0 | 6098 |
32 | 2022-08 | 0 | 6175 |
33 | 2022-09 | 0 | 7252 |
34 | 2022-10 | 0 | 8883 |
35 | 2022-11 | 0 | 7670 |
36 | 2022-12 | 0 | 7334 |
37 | 2021-01 | 0 | 11 |
38 | 2021-02 | 0 | 17 |
39 | 2021-03 | 0 | 4024 |
40 | 2021-04 | 0 | 3664 |
41 | 2021-05 | 0 | 4312 |
42 | 2021-06 | 0 | 4348 |
43 | 2021-07 | 0 | 4739 |
44 | 2021-08 | 0 | 4902 |
45 | 2021-09 | 0 | 4846 |
46 | 2021-10 | 0 | 5201 |
47 | 2021-11 | 0 | 4886 |
48 | 2021-12 | 0 | 5225 |
49 | 2020-01 | 0 | 9323 |
50 | 2020-02 | 0 | 8606 |
51 | 2020-03 | 0 | 5396 |
52 | 2020-04 | 0 | 1063 |
53 | 2020-05 | 0 | 1084 |
54 | 2020-06 | 0 | 1341 |
55 | 2020-07 | 0 | 1876 |
56 | 2020-08 | 0 | 2028 |
57 | 2020-09 | 0 | 2286 |
58 | 2020-10 | 0 | 2640 |
59 | 2020-11 | 0 | 3396 |
60 | 2020-12 | 0 | 3783 |
Fecha de última actualización: 2024/07/19