Emisión de certificado de autorización de operación de vehículos blindados para el servicio de transporte de especies monetarias y valores

Certificado

Información proporcionada por: Ministerio del Interior (MDI)

Trámite orientado a emitir el certificado de autorización de operación del vehículo blindado, para el servicio de transporte de especies monetarias y valores, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa vigente.

¿A quién está dirigido?

Compañías de responsabilidad limitada dedicadas a la vigilancia y seguridad privada, que deseen brindar el servicio de transporte de especies monetarias y valores; y  sociedades anónimas calificadas como auxiliares del sistema financiero, dedicadas al transporte de especies monetarias y valores.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Certificado de autorización de operación de vehículos blindados para el servicio de transporte de especies monetarias y valores

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

1. Solicitud dirigida a la máxima autoridad del Ministerio del Interior
2. Listado de vehículos blindados
3. Registro Único de Contribuyentes (RUC) Generado
4. Póliza responsabilidad civil,
5. Póliza de vida y accidentes personales.
6. Póliza de transporte de valores.
7. Certificado de estar al día en el pago de las pólizas o comprobante del último pago, que debe ser a la fecha de presentación de la solicitud.
8. Copia de matrícula del vehículo (tipo blindado), a nombre de la transportadora de valores.
9. Certificado del nivel de blindaje emitido por el fabricante del vehículo blindado o de quien efectuó las adecuaciones, para este último caso,  se presentará una declaración juramentada por parte de la blindadora asumiendo la responsabilidad del nivel de blindaje.
10. Certificado de las características de protección de neumáticos.
11. Certificado de especificaciones técnicas de cámaras instaladas en los vehículos
12. Certificado de revisión vehicular emitido por el GAD municipal, o certificado mecánico respecto a las condiciones técnicas y mecánicas del vehículo, otorgadas por un profesional de la rama, adjuntando la copia del RUC (No mayor a un año)
13. Fotografías actualizadas del vehículo (de frente, posterior, lado izquierdo y lado derecho).

Requisitos Especiales:

Permiso de operación de la compañía de vigilancia y seguridad privada (vigente)

¿Cómo hago el trámite?

PROCEDIMIENTO EN LÍNEA:

  1. Acceder  a la opción  “ir al trámite en línea” que se encuentra en la presente página y llene los respectivos campos obligatorios del formulario digital.
  2. Recibir notificación por parte la Dirección de Regulación y Control de Servicios de Seguridad Privada del Ministerio de Gobierno como constancia de envío de solicitud.
  3. Asistir a la inspección coordinada previamente con la Dirección de Regulación y Control de Servicios de Seguridad Privada.
  4. Acercarse a retirar el certificado de Autorización de Operación de Vehículos Blindados para el Servicio de Transporte de especies monetarias y valores.

PROCEDIMIENTO PRESENCIAL:

  1. La compañía de vigilancia y seguridad privada debe solicitar a través de oficio a la máxima autoridad del Ministerio de Gobierno, el trámite de su interés ya sea:
    • El registro y autorización de operación  de vehículos blindados, adjuntando los requisitos habilitantes en una carpeta debidamente organizada y adicionalmente en una flash memory; o,
    • La renovación de la autorización de operación de vehículos blindados, adjuntando los requisitos habilitantes, en una flash memory.
  2. La compañía de vigilancia y seguridad privada recibirá las observaciones al trámite a través de oficio emitido por parte de la Dirección de Regulación y Control de Servicios de Seguridad Privada (DRCSSP), que además indicará el tiempo otorgado a la compañía para subsanarlas. 
  3. La compañía de vigilancia y seguridad privada, remitirá a través de oficio los documentos para subsanar las observaciones realizadas por la (DRCSSP).
  4. La compañía de vigilancia y seguridad privada recibirá la notificación por parte de la (DRCSSP), en donde se mencione que los documentos ingresados cumplieron con la normativa legal vigente; así también, se coordinará la fecha, hora y lugar de inspección de los vehículos que están en el proceso de regularización.
  5. La compañía de vigilancia y seguridad privada presentará los vehículos a la inspección de acuerdo a la programación establecida por la (DRCSSP), y tendrá disponible la carpeta con la documentación habilitante que fue presentada ante el Ministerio de Gobierno, en original, para su verificación.
  6. En caso de que el vehículo no haya obtenido informe favorable por parte de UNAPCOSP, que es la unidad de la Policía Nacional encargada de la inspección, la compañía recibirá la notificación por parte de la (DRCSSP).
  7. La compañía de vigilancia y seguridad privada, realizará las correcciones correspondientes en el vehículo blindado para subsanar las observaciones dadas a conocer por la (DRCSSP).
  8. La compañía de vigilancia y seguridad privada, remitirá a través de oficio la solicitud de reinspección de su vehículo.
  9. La compañía de vigilancia y seguridad privada presentará los vehículos a la reinspección de acuerdo a la programación establecida por la (DRCSSP), y tendrá disponible la carpeta con la documentación habilitante que fue presentada ante el Ministerio de Gobierno, en original, para su verificación.
  10. En caso de que el vehículo haya obtenido informe favorable por parte de UNAPCOSP, la compañía recibirá de manera presencial la siguiente documentación:
    • La Resolución Ministerial que autoriza a los vehículos blindados a operar en el transporte de especies monetarias y valores.
    • El certificado de autorización de operación y,
    • En caso de que los vehículos estén en proceso de registro y  autorización de operación,  adicionalmente 3 stickers.

 

NOTA:

En el caso de no aprobar la segunda inspección el trámite se archivará automáticamente y deberá realizar otro trámite.


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Provicia  Cantón  Responsable de la atención Dirección Horario
Pichincha Quito Dirección de Regulación y Monitoreo de Seguridad Privada Calle García Moreno N 6069 y calle Sucre, Antiguo SRI Centro Histórico 8:00 - 17:00

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

Dos años a partir de la suscripción de la Resolución Ministerial.

Contacto para atención ciudadana

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 0 4
2 2023-01 0 1
3 2023-02 0 3
4 2023-03 0 45
5 2023-04 0 1
6 2023-05 0 8
7 2023-06 0 7
8 2023-07 0 58
9 2023-08 0 1
10 2023-09 0 51
11 2023-10 0 51
12 2023-11 0 19
13 2023-12 0 14
14 2022-01 0 5
15 2022-02 0 12
16 2022-03 0 0
17 2022-04 0 2
18 2022-05 0 6
19 2022-06 0 7
20 2022-07 0 7
21 2022-08 0 7
22 2022-09 0 1
23 2022-10 0 0
24 2022-11 0 0
25 2022-12 0 2
26 2021-01 0 45
27 2021-02 0 45
28 2021-03 0 14
29 2021-04 0 177
30 2021-05 0 17
31 2021-06 0 156
32 2021-07 0 4
33 2021-08 0 8
34 2021-09 0 0
35 2021-10 0 16
36 2021-11 0 1
37 2021-12 0 1
38 2020-01 0 7
39 2020-02 0 7
40 2020-03 0 7
41 2020-04 0 0
42 2020-05 0 8
43 2020-06 0 0
44 2020-07 0 7
45 2020-08 0 27
46 2020-09 0 27
47 2020-10 0 59
48 2020-11 0 17
49 2020-12 0 13
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Fecha de última actualización: 2024/04/04