Trámite orientado a ejecutar la cooperación internacional en aplicación de convenios internacionales suscritos y ratificados por el Ecuador que permitan garantizar Cobro Internacional de Alimentos para una persona menor a 21 años deribada de una relación paterno filial (Obtención, Modificación, Reconocimiento y Ejecución de Sentencias, Decisiones Acuerdos y otros actos judiciales ) que derivan de una relación de familia, filiación, matrimonio o afinidad. Se extenderá la aplicación a otros miembros de la familia para obligaciones alimenticias internacionales derivadas de una relación de familia, filiación, matrimonio o afinidad, incluyendo en particular las obligaciones a favor de personas vulnerables, en la medida en que sus declaraciones incluyan las mismas obligaciones alimenticias y partes del Convenio aplicado.
Beneficiarios: niñas, niños o adolescentes hasta los 21 años y otros miembros de la familia
Usuario: Persona ecuatoriana o extranjera
Entidades Gubernamentales: Autoridad Central requirente (País que solicita el proceso de acuerdo al Convenio Suscrito)
Los convenios suscritos se refieren a tratados internacionales gestionados por la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado (HCCH) que buscan armonizar las normas jurídicas entre países
Dirigido a: Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Asistencia, acompañamiento y seguimiento al proceso solicitado
Presencial:
1.- Descargar y llenar los formularios para el trámite de Requerimiento de Cobro Internacional de Alimentos para los Niños, niñas y adolescentes y otros Miembros de la Familia amparado en los convenios internacionales sobre el tema suscritos por el Ecuador
2. Ingresar la solicitud con los requisitos para la asistencia y acompañamiento para el Requerimiento de Cobro Internacional de Alimentos para los Niños, niñas y adolescentes y otros Miembros de la Familia amparado en los convenios internacionales sobre el tema suscritos por el Ecuador
3.-Revisión de los requisitos con el/la servidor/a para verificar que estén completos los mismos. (De ser necesario se debe subsanar las observaciones)
4. Recibir respuesta de avoco conocimiento al correo electrónico registrado en los formularios.
Correo Electrónico:
1.- Descargar y llenar los formularios para el trámite de Requerimiento de Cobro Internacional de Alimentos para los Niños, niñas y adolescentes y otros Miembros de la Familia amparado en los convenios internacionales sobre el tema suscritos por el Ecuador
2. Ingresar la solicitud con los requisitos para la asistencia y acompañamiento para el Requerimiento de Cobro Internacional de Alimentos para los Niños, niñas y adolescentes y otros Miembros de la Familia amparado en los convenios internacionales sobre el tema suscritos por el Ecuador
3.-Revisión de los requisitos con el/la servidor/a para verificar que estén completos los mismos. (De ser necesario se debe subsanar las observaciones)
4. Recibir respuesta de avoco conocimiento al correo electrónico registrado en los formularios.
Por sistema documental Quipux:
1.- Descargar y llenar los formularios para el trámite de Requerimiento de Cobro Internacional de Alimentos para los Niños, niñas y adolescentes y otros Miembros de la Familia amparado en los convenios internacionales sobre el tema suscritos por el Ecuador
2. Ingresar la solicitud con los requisitos para la asistencia y acompañamiento para el Requerimiento de Cobro Internacional de Alimentos para los Niños, niñas y adolescentes y otros Miembros de la Familia amparado en los convenios internacionales sobre el tema suscritos por el Ecuador
3.-Revisión de los requisitos con el/la servidor/a para verificar que estén completos los mismos. (De ser necesario se debe subsanar las observaciones)
4. Recibir respuesta de avoco conocimiento al correo electrónico registrado en los formularios.
Canales de atención: Correo electrónico, Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).
El trámite no tiene costo
| PROVINCIA | UNIDAD | TELÉFONOS | DIRECCIÓN | HORARIO |
| PICHINCHA | QUITO | (02) 3955-840 | General Robles E4-32 y Av. Amazonas | lunes a viernes 8:00 a 16:30 |
Contacto: YADIRA LOPEZ FIGUEREDO
Email: alimentosinternacionales@ministeriodegobierno.gob.ec
Teléfono: (+593) 2 395 5840 Ext: 809
"1. La finalidad de la presente Convención es facilitar a una persona, llamada en lo sucesivo demandante, que se encuentra en el territorio de una de las Partes Contratantes, la obtención de los alimentos que pretende tener derecho a recibir de otra persona, llamada en lo sucesivo demandado, que está sujeta a la jurisdicción de otra Parte Contratante. Esta finalidad se perseguirá mediante las servicios de Organismos llamados en lo sucesivo Autoridades Remitentes e Instituciones Intermediarlas".
Art. 69.- Para proteger los derechos de las personas integrantes de la familia: 5. El Estado promoverá la corresponsabilidad materna y paterna y vigilará el cumplimiento de los deberes y derechos recíprocos entre madres, padres, hijas e hijos.
Art. 83.- Son deberes y responsabilidades de las ecuatorianas y los ecuatorianos, sin perjuicio de otros previstos en la Constitución y la ley: 16. Asistir, alimentar, educar y cuidar a las hijas e hijos. Este deber es corresponsabilidad de madres y padres en igual proporción, y corresponderá también a las hijas e hijos cuando las madres y padres lo necesiten.
La presente Convención tiene como objeto la determinación del derecho aplicable a las obligaciones alimentarias, así como a la competencia y a la cooperación procesal internacional, cuando el acreedor de alimentos tenga su domicilio o residencia habitual en un Estado Parte y el deudor de alimentos tenga su domicilio o residencia habitual, bienes o ingresos en otro Estado Parte".
"4. Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para asegurar el pago de la pensión alimenticia por parte de los padres u otras personas que tengan la responsabilidad financiera por el niño, tanto si viven en el Estado Parte como si viven en el extranjero. En particular, cuando la persona que tenga la responsabilidad financiera por el niño resida en un Estado diferente de aquel en que resida el niño, los Estados Partes promoverán la adhesión a los convenios internacionales o la concertación de dichos convenios, así como la concertación de cualesquiera otros arreglos apropiados."
“1. La finalidad de la presente Convención es facilitar a una persona, llamada en lo sucesivo demandante, que se encuentra en e! territorio de una de las Partes Contratantes, la obtención de los alimentos que pretende tener derecho a recibir de otra persona, llamada en lo sucesivo demandado, que está sujeta a la jurisdicción de otra Parte Contratante. Esta finalidad se perseguirá mediante las servicios de Organismos llamados en lo sucesivo Autoridades Remitentes e Instituciones Intermediarlas”.
Representar como Autoridad Central para ejecutar de forma coordinada con las entidades competentes, los convenios internacionales en materia de restitución de derechos de niñas, niños y adolescentes, que se encuentren en situación de amenaza o vulneración de derechos; y gestionar la estrategias para su cumplimiento, a excepción de adopción internacional.
Fecha de última actualización: 2026/01/13