Actualización de información para la obtención de una nueva clasificación en el Registro de Turismo para Guianza Turística

MINTUR-001-0012-02

Trámite orientado a las personas naturales que deseen obtener una nueva clasificación en el Registro de Turismo para guianza turística en continente.

NOTA : Importante – Cantón Quito

Para la prestación de servicios de Guianza Turística dentro del cantón Quito, los trámites correspondientes deberán realizarse directamente en la Empresa Pública Metropolitana de Gestión de Destino Turístico - Quito Turismo:

Para mayor información, puede comunicarse con:

Quito Turismo:
Dirección: Parque Bicentenario, terminales del antiguo Aeropuerto de Quito
Teléfono: (02) 2993 300, extensiones 1003, 1035 y 1068
Correo electrónico: info@quito-turismo.gob.ec

 

¿A quién está dirigido?

Personas naturales (nacionales y extranjeras), prestadores de servicios turísticos que cuenten con el Certificado de Registro de Turismo en Guianza Turística y que necesiten obtener una nueva clasificación en el Registro para guianza turística en continente.

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Certificado de Registro de Turismo para una nueva clasificación.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

En línea:

1.- Guía de Turismo Local por PRIMERA VEZ.

Para la emisión del registro de turismo como guía de turismo local por primera vez, se deberá cumplir con los siguientes requisitos:

1. Registro Único de Contribuyentes (RUC) u otro que determine la Autoridad Nacional Tributaria, en el que conste como actividad económica la guianza turística.

2. Título de bachiller reconocido por la autoridad nacional competente a nivel nacional.

3. Fotografía emitida en los últimos 6 meses, con las siguientes características: 

  • Rostro (cabeza recta, mirando al frente), 

  • Tipo carné (dimensiones: 30 milímetros de ancho x 45 milímetros de alto), 

  • Fondo blanco,

  • Sin accesorios (gorra, sombrero, gafas, lentes, joyas, entre otros), 

  • Cabello recogido, 

  • Máximo 1 megabyte de peso

4. Certificado de aprobación del curso para guía de turismo local del cantón en la que realizará la actividad de guianza. El curso podrá ser impartido por la Autoridad Nacional de Turismo; o, avalado por ésta en caso de que el curso sea impartido por un tercero, previo al cumplimiento de los requisitos establecidos por la Autoridad Nacional de Turismo; el contenido de estos cursos deberá contar con elementos relacionados a las áreas protegidas que se encuentren ubicadas en dicho cantón, mismos que serán proporcionados por la Autoridad Ambiental Nacional.

5. Certificado vigente de aprobación del curso de primeros auxilios en zonas agrestes en modalidad presencial, mínimo de 24 horas académicas, otorgado por una institución reconocida por la autoridad competente; y, 

6. Declaración responsable del domicilio del solicitante, en el sistema informático de la Autoridad Nacional de Turismo. 

En caso de que el guía local realice las modalidades de aventura de senderismo, cabalgata, espeleología, cicloturismo y las demás que determine la Autoridad Nacional de Turismo, deberán contar con la certificación de habilidad o el certificado de aprobación del curso de capacitación específico de aventura de las modalidades referidas.

 

2.- Guía de Turismo Nacional por PRIMERA VEZ con título profesional de Guía Turístico. 

Para la emisión del registro de turismo como guía de turismo nacional por primera vez, se deberá cumplir con los siguientes requisitos: 

1. Registro Único de Contribuyentes (RUC), en el que conste como actividad económica la guianza turística

2. Título profesional de guía de turismo de tercer nivel, emitido por una institución de educación superior nacional o extranjera, legalmente reconocido por la autoridad nacional competente; 

3. Fotografía emitida en los últimos 6 meses, con las siguientes características: 

  • Rostro (cabeza recta, mirando al frente),
  • Tipo carné (dimensiones: 30 milímetros de ancho x 45 milímetros de alto),
  • Fondo blanco,
  • Sin accesorios (gorra, sombrero, gafas, lentes, joyas, entre otros),
  • Cabello recogido,
  • Máximo 1 megabyte de peso

4. Certificado vigente de aprobación del curso de primeros auxilios en modalidad presencial, mínimo de 24 horas académicas, otorgado por una institución reconocida por la autoridad competente; y, 

5. Certificado de aprobación del nivel B1 o superior de conocimiento, de al menos un idioma extranjero, adicional a la lengua materna, de acuerdo al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas emitido por una entidad debidamente acreditada.

Son válidos los certificados de aprobación de los niveles requeridos en el idioma extranjero al momento de la obtención del título profesional.

Son válidos los títulos universitarios obtenidos en una institución extranjera si la carrera fue impartida en idioma extranjero. 

 

3.- Guía de Turismo Nacional PRIMERA VEZ para profesionales con título en campos de conocimiento afines a la guianza turística.

Para la emisión del registro de turismo como guía de turismo nacional para profesionales con título en campos de conocimiento afines a la guianza turística por primera vez, se deberá cumplir con los siguientes requisitos:

1.  Registro Único de Contribuyentes (RUC) en el que conste como actividad económica la guianza turística; 

2. Título profesional en campos de conocimiento afín a la guianza turística de tercer nivel, de conformidad a lo dispuesto en el presente reglamento. El título profesional deberá ser emitido por una institución de educación superior nacional o extranjera, legalmente reconocido por la autoridad nacional competente; 

3. Fotografía emitida en los últimos 6 meses, con las siguientes características: 

  • Rostro (cabeza recta, mirando al frente),
  • Tipo carné (dimensiones: 30 milímetros de ancho x 45 milímetros de alto),
  • Fondo blanco,
  • Sin accesorios (gorra, sombrero, gafas, lentes, joyas, entre otros),
  • Cabello recogido,
  • Máximo 1 megabyte de peso

4. Certificación en competencias laborales en guianza turística, de conformidad con lo dispuesto en el presente reglamento; 

5. Certificado vigente de aprobación del curso de primeros auxilios en modalidad presencial, mínimo de 24 horas académicas, otorgado por una institución reconocida por la autoridad competente; y, 

6. Certificado de aprobación del nivel B1 o superior de conocimiento, de al menos un idioma extranjero, adicional a la lengua materna, de acuerdo al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas emitido por una entidad debidamente acreditada.

Son válidos los certificados de aprobación de los niveles requeridos en el idioma extranjero al momento de la obtención del título profesional.

Son válidos los títulos universitarios obtenidos en una institución extranjera si la carrera fue impartida en idioma extranjero. 

 

4.- Guía de Turismo Nacional Especializado en Patrimonio Turístico por PRIMERA VEZ con título profesional de Guía Turístico

Para la emisión del registro de turismo como guía de turismo nacional especializado en patrimonio turístico por primera vez, se deberá cumplir con los siguientes requisitos: 

1. Registro Único de Contribuyentes (RUC), en el que conste como actividad económica la guianza turística

2. Título profesional de guía de turismo de tercer nivel, emitido por una institución de educación superior nacional o extranjera, legalmente reconocido por la autoridad nacional competente; 

3. Fotografía emitida en los últimos 6 meses, con las siguientes características: 

  • Rostro (cabeza recta, mirando al frente), 

  • Tipo carné (dimensiones: 30 milímetros de ancho x 45 milímetros de alto), 

  • Fondo blanco,

  • Sin accesorios (gorra, sombrero, gafas, lentes, joyas, entre otros), 

  • Cabello recogido, 

  • Máximo 1 megabyte de peso

4. Certificado de aprobación del curso en patrimonio turístico. El curso podrá ser impartido por la Autoridad Nacional de Turismo; o, avalado por ésta en caso de que el curso sea impartido por un tercero, previo al cumplimiento de los requisitos establecidos por la Autoridad Nacional de Turismo; en cuanto a los temas que correspondan a las áreas naturales protegidas, estos deberán ser proporcionados por la Autoridad Ambiental Nacional;

5. Certificado vigente de aprobación del curso de primeros auxilios en zonas agrestes en modalidad presencial, mínimo de 50 horas académicas, otorgado por una institución reconocida por la autoridad competente; y, 

6. Certificado de aprobación del nivel B1 o superior de conocimiento, de al menos un idioma extranjero, adicional a la lengua materna, de acuerdo al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas emitido por una entidad debidamente acreditada.

Son válidos los certificados de aprobación de los niveles requeridos en el idioma extranjero al momento de la obtención del título profesional.

Son válidos los títulos universitarios obtenidos en una institución extranjera si la carrera fue impartida en idioma extranjero

 

5.- Guía de turismo nacional especializado en patrimonio turístico PRIMERA VEZ para profesionales con título en campos de conocimiento afines a la guianza turística.

Para la emisión del registro de turismo como guía de turismo nacional especializado en patrimonio para profesionales con título en campos de conocimiento afines a la guianza turística por primera vez, se deberá cumplir con los siguientes requisitos:

1. Registro Único de Contribuyentes (RUC) en el que conste como actividad económica la guianza turística; 

2. Título profesional en campos de conocimiento afín a la guianza turística de tercer nivel, de conformidad a lo dispuesto en el presente reglamento. El título profesional deberá ser emitido por una institución de educación superior nacional o extranjera, legalmente reconocido por la autoridad nacional competente; 

3. Fotografía emitida en los últimos 6 meses, con las siguientes características: 

  • Rostro (cabeza recta, mirando al frente), 

  • Tipo carné (dimensiones: 30 milímetros de ancho x 45 milímetros de alto), 

  • Fondo blanco,

  • Sin accesorios (gorra, sombrero, gafas, lentes, joyas, entre otros), 

  • Cabello recogido, 

  • Máximo 1 megabyte de peso

4. Certificación en competencias laborales en guianza turística, de conformidad con lo dispuesto en el presente reglamento; 

5. Certificado vigente de aprobación del curso de primeros auxilios en modalidad presencial, mínimo de 24 horas académicas, otorgado por una institución reconocida por la autoridad competente; y, 

6. Certificado de aprobación del nivel B1 o superior de conocimiento, de al menos un idioma extranjero, adicional a la lengua materna, de acuerdo al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas emitido por una entidad debidamente acreditada.

Son válidos los certificados de aprobación de los niveles requeridos en el idioma extranjero al momento de la obtención del título profesional.

Son válidos los títulos universitarios obtenidos en una institución extranjera si la carrera fue impartida en idioma extranjero.

 

6.- Guía de Turismo Nacional Especializado en Aventura por PRIMERA VEZ con título profesional de Guía Turístico. 

Para la emisión del registro de turismo como guía de Turismo Nacional Especializado en Aventura por primera vez, se deberá cumplir con los siguientes requisitos:

1. Registro Único de Contribuyentes (RUC) u otro que determine la Autoridad Nacional Tributaria, en el que conste como actividad económica la guianza turística.

2. Título profesional de guía de turismo de tercer nivel, emitido por una institución de educación superior nacional o extranjera, legalmente reconocido por la autoridad nacional competente.

3. Fotografía emitida en los últimos 6 meses, con las siguientes características: 

  • Rostro (cabeza recta, mirando al frente)

  • Tipo carné (dimensiones: 30 milímetros de ancho x 45 milímetros de alto) 

  • Fondo blanco

  • Sin accesorios (gorra, sombrero, gafas, lentes, joyas, entre otros)

  • Cabello recogido 

  • Máximo 1 megabyte de peso

4. Certificación de habilidad en la o las modalidades de aventura a acreditar, emitida por una entidad nacional o extranjera reconocida por la autoridad competente; o, certificado de aprobación del curso de capacitación específico en la modalidad que no cuente con una entidad certificadora de habilidad.

5. Certificado vigente de aprobación del curso de primeros auxilios en zonas agrestes en modalidad presencial, mínimo de 50 horas académicas, otorgado por una institución reconocida por la autoridad competente.

6. Certificado de aprobación del nivel B1 o superior de conocimiento, de al menos un idioma extranjero, adicional a la lengua materna, de acuerdo al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas emitido por una entidad debidamente acreditada.

Son válidos los certificados de aprobación de los niveles requeridos en el idioma extranjero al momento de la obtención del título profesional.

Son válidos los títulos universitarios obtenidos en una institución extranjera si la carrera fue impartida en idioma extranjero.

 

7.- Guía de Turismo Nacional Especializado en Aventura PRIMERA VEZ para profesionales con título en campos de conocimiento afines a la guianza turística.

1. Registro Único de Contribuyentes (RUC) u otro que determine la Autoridad Nacional Tributaria, en el que conste como actividad económica la guianza turística.

2. Título profesional en campos de conocimiento afín a la guianza turística de tercer nivel, de conformidad a lo dispuesto en el presente reglamento. El título profesional deberá ser emitido por una institución de educación superior nacional o extranjera, legalmente reconocido por la autoridad nacional competente.

3. Fotografía emitida en los últimos 6 meses, con las siguientes características: 

  • Rostro (cabeza recta, mirando al frente)

  • Tipo carné (dimensiones: 30 milímetros de ancho x 45 milímetros de alto) 

  • Fondo blanco

  • Sin accesorios (gorra, sombrero, gafas, lentes, joyas, entre otros)

  • Cabello recogido 

  • Máximo 1 megabyte de peso

4. Certificación en competencias laborales en guianza turística, de conformidad con lo dispuesto en el presente reglamento.

5. Certificado vigente de aprobación del curso de primeros auxilios en zonas agrestes en modalidad presencial, mínimo de 50 horas académicas, otorgado por una institución reconocida por la autoridad competente.

6. Certificación de habilidad en la o las modalidades de aventura a acreditar, emitida por una entidad nacional o extranjera reconocida por la autoridad competente; o, certificado de aprobación del curso de capacitación específico en la modalidad que no cuente con una entidad certificadora de habilidad.

7. Certificado de aprobación del nivel B1 o superior de conocimiento, de al menos un idioma extranjero, adicional a la lengua materna, de acuerdo al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas emitido por una entidad debidamente acreditada.

Son válidos los certificados de aprobación de los niveles requeridos en el idioma extranjero al momento de la obtención del título profesional.

Son válidos los títulos universitarios obtenidos en una institución extranjera si la carrera fue impartida en idioma extranjero.

Nota:

Requisitos exclusivos para que los guías de turismo nacionales especializados en aventura de media o alta montaña que trasladen a turistas o visitantes en su vehículo propio:

  • Licencia de conducir vigente, al menos tipo B

  • Matrícula vigente del vehículo de propiedad del guía y distintivo o documento de aprobación de la revisión técnica vehicular anual. El vehículo deberá ser utilitario SUV 4x2 o 4x4. El vehículo no podrá tener más de 15 años de fabricación.

  • Póliza de seguros de accidentes vigente que cubra al guía, a los pasajeros y a terceros, durante todo el traslado.

La capacidad de transporte de pasajeros en el vehículo, incluido el guía, no podrá superar a la autorizada por la Autoridad competente en materia de transporte terrestre, tránsito y seguridad vial. 

En el caso de ingreso a las áreas protegidas del Subsistema Estatal del Sistema Nacional de Áreas Protegidas para el desarrollo de guianza turística en media o alta montaña, deberá cumplir con el procedimiento y requisitos para obtener de manera previa el registro de la actividad turística y el Permiso Ambiental de Actividad Turística (PAAT) ante la Autoridad Ambiental Nacional, a través del sistema SIB o el sistema que dicha autoridad determine.

 

8.- Guía de Turismo de Aventura por PRIMERA VEZ. 

Para la emisión del registro de turismo como guía de turismo de aventura, se deberá cumplir con los siguientes requisitos:

1. Registro Único de Contribuyentes (RUC) u otro que determine la Autoridad Nacional Tributaria, en el que conste como actividad económica la guianza turística.

2. Título de bachiller reconocido por la autoridad nacional competente a nivel nacional.

3. Fotografía emitida en los últimos 6 meses, con las siguientes características: 

  • Rostro (cabeza recta, mirando al frente)

  • Tipo carné (dimensiones: 30 milímetros de ancho x 45 milímetros de alto) 

  • Fondo blanco

  • Sin accesorios (gorra, sombrero, gafas, lentes, joyas, entre otros)

  • Cabello recogido 

  • Máximo 1 megabyte de peso

4. Certificación en competencias laborales en guianza turística, de conformidad con lo dispuesto en el presente reglamento.

5. Certificado vigente de aprobación del curso de primeros auxilios en zonas agrestes en modalidad presencial, mínimo de 50 horas académicas, otorgado por una institución reconocida por la autoridad competente.

6. Certificación de habilidad en la o las modalidades de aventura a acreditar, emitida por una entidad nacional o extranjera reconocida por la autoridad competente; o, certificado de aprobación del curso de capacitación específico en la modalidad que no cuente con una entidad certificadora de habilidad. 

7. Certificado de aprobación del nivel B1 o superior de conocimiento, de al menos un idioma extranjero, adicional a la lengua materna, de acuerdo al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas emitido por una entidad debidamente acreditada.

Son válidos los certificados de aprobación de los niveles requeridos en el idioma extranjero al momento de la obtención del título profesional.

Son válidos los títulos universitarios obtenidos en una institución extranjera si la carrera fue impartida en idioma extranjero.

 

¿Cómo hago el trámite?

En línea a través de SITURIN:

  1. Ingrese a la plataforma SITURIN. https://siturin.economicoproductivo.gob.ec/auth/authentication/login, también puede acceder dando clic en el botón "Ir al trámite en línea"

  2. Ingrese su correo electrónico y contraseña. Si aún no tiene una cuenta, seleccione la opción para crear una cuenta y registre su correo electrónico y RUC. Posteriormente, ingrese el código de verificación y establezca una contraseña.

  3. Acepte los términos y condiciones para continuar con el trámite.

  4. Ingrese al Proceso de Acreditación de Guianza Turística 

  5. Seleccione el trámite del SRI que va registrar y complete la información solicitada por el sistema, incluyendo:

    • Datos generales.

    • Datos de Ubicación del Guía de Turismo.

    • Información correspondiente a la acreditación como Guía de Turismo de acuerdo a su nueva clasificación;

    • Información y documentación requerida para el trámite.

  6. Verifique que la información registrada y la documentación adjunta sean correctas y se encuentren completas.

  7. Envíe la solicitud a través de la plataforma SITURIN.

  8. Revisión y aprobación de la solicitud


Una vez enviada la solicitud, esta será remitida a la revisión interna por parte del Técnico Zonal, quien verificará la información y documentación presentada, de conformidad con los requisitos establecidos para la Guianza Turística.

En caso de que la información o documentación presentada no cumpla con los requisitos establecidos, la solicitud podrá ser rechazada, y el usuario deberá corregir, completar o reemplazar la documentación requerida y presentar nuevamente la solicitud a través de la plataforma SITURIN, para su respectiva revisión.

Una vez que la información y documentación presentada cumpla con los requisitos establecidos, la solicitud continuará con el proceso de aprobación por parte de la Dirección Zonal correspondiente.

Finalmente, una vez que la solicitud haya sido revisada y aprobada por los dos perfiles responsables: Técnico Zonal y Dirección Zonal, el sistema procederá con la emisión del Certificado de Registro de Turismo de Guía de Turismo con su nueva clasificación.

Acciones de verificación posterior al otorgamiento del Certificado de Registro de Turismo

Una vez emitido el Certificado de Registro de Turismo con la actualización de la nueva clasificación, el Ministerio de Desarrollo Económico y Productivo podrá realizar las acciones de control y verificación que correspondan, de conformidad con la normativa aplicable.

Durante estas acciones se podrá verificar la información declarada por el usuario y el cumplimiento de los requisitos establecidos para el ejercicio de la actividad de Guianza Turística.

En caso de identificarse inconsistencias en la información declarada, documentación que no corresponda o incumplimiento de los requisitos establecidos, se aplicarán las acciones administrativas que correspondan, de conformidad con la normativa vigente.


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

OFICINAPROVINCIACANTÓNDIRECCIÓN TELÉFONOHORARIOS DE ATENCIÓN
PLANTA CENTRALPichincha QuitoAv. Amazonas entre Unión Nacional de Periodistas y Alfonso Pereira Plataforma Gubernamental de Gestión Financiera (02) 3948760Lunes a viernes de 08h00 a 17h00
DIRECCIONES ZONALES
OFICINA ZONAL 1ImbaburaIbarraTeodoro Gómez de la Torre y Sucre- Ibarra(06) 2955711Lunes a viernes de 08h00 a 17h00
EsmeraldasEsmeraldasSimón Plata Torres(06) 2011446Lunes a viernes de 08h00 a 17h00
CarchiTulcánAvenida Manabí y Guayaquil / Edif. Cámara de Comercio(06) 2960046Lunes a viernes de 08h00 a 17h00
SucumbíosLago Agrio Av circunvalación, y, Nueva Loja -Centro de Atención Ciudadana(06) 2991914Lunes a viernes de 08h00 a 17h00
OFICINA ZONAL   2Orellana Francisco de Orellana Calle Juan Montalvo entre Av. 9 de octubre y 6 de diciembre, segundo piso. En los altos del segundo piso de la Secretaria Tècnica de la Amazonìa (STA)(06) 2881583 2623 - 2624 - 2625Lunes a viernes de 08h00 a 17h00
NapoTenaCalle Rocafuerte s/n Juan Montalvo, Edificio Hotel Joya de la Selva, Planta baja. En la planta baja del Hotel Joya de la Selva (06) 2886536 ext. 2623 - 2624 - 2625 Lunes a viernes de 08h00 a 17h00
Pichincha  (excepto DMQ)CayambeAv. Clara Meza, Centro Comercial Nápoles Shopping. Diagonal a las oficinas del SRI(02) 2185249Lunes a viernes de 08h00 a 17h00
OFICINA ZONAL 3TungurahuaAmbatoCalle Noboa Caamaño y Demetrio Aguilera Malta. Sector Huachi Chico, frente a Bodesur(03) 2585411Lunes a viernes de 08h00 a 17h00
ChimborazoRiobambaAv. Unidad Nacional y Calicuchima. Edificio blanco esquina tercer piso frente al monumento del Puruhá (03) 2946682Lunes a viernes de 08h00 a 17h00
PastazaPuyoAv. Chimborazo y Av. Alvaro Valladares. Edif. Registro Civil de Pastaza, 2do piso(03) 2880060Lunes a viernes de 08h00 a 17h00
CotopaxiLatacungaMarquéz de Maenza entre Quito y Sánchez de Orellana. Centro de Atención Ciudadana, segundo piso.(03) 3730614Lunes a viernes de 08h00 a 17h00
OFICINA ZONAL  4Santo Domingo de los TsáchilasSanto DomingoCalle Latacunga y Av. 29 de Mayo - Edificio Cámara de Comercio, 3er pisoN/ALunes a viernes de 08h00 a 17h00
Manabí PortoviejoCentro de Atención Ciudadana CAC, tercer piso, calle Los Nardos y Av. 15 de Abril (05) 3043 734Lunes a viernes de 08h00 a 17h00
(05) 3043 711
OFICINA ZONAL 5BolívarGuarandaSucre y García Moreno, Edificio de la Gobernación de Bolívar, planta baja(03) 2556548Lunes a viernes de 08h00 a 17h00
Los Ríos BabahoyoAvenida Universitaria y Primera Transversal edificio Ex MIDUVI(05) 2571707Lunes a viernes de 08h00 a 17h00
Santa Elena SalinasAvenida Carlos Espinoza Larrea y Calle 5, edificio Centro de Atenciòn Ciudadana planta alta (04) 3728915 ext 2481Lunes a viernes de 08h00 a 17h00
OFICINA ZONAL 6AzuayCuencaCalle Larga y Av. Huayna Capac, edificio del Banco Central del Ecuador, sucursal(07) 4104082Lunes a viernes de 08h00 a 17h00
Cuenca, 2da. planta (07) 4104083
CañarAzoguesAv. 16 de abril y Babahoyo, Centro de atención ciudadana (07) 3706016Lunes a viernes de 08h00 a 17h00
Morona SantiagoMoronaCalle Kiruba y 29 de Mayo Edf de la Gobernación de Morona Santiago, 3er piso(07) 2701480Lunes a viernes de 08h00 a 17h00
OFICINA ZONAL 7LojaLojaAv. Orillas del Zamora y Juan de Velasco, Edif. Gobierno Zonal - 5to piso(07) 2571998Lunes a viernes de 08h00 a 17h00
Zamora ChinchipeZamoraJosé Luis Tamayo entre Diego de Vaca y Sevilla de Oro; Edif. Gobernación de Zamora Ch - 4to piso(07) 2606466Lunes a viernes de 08h00 a 17h00
El OroMachalaRocafuerte Nro. 572 entre Junín y Tarqui; Edif. Ex Mintur - Planta baja(07) 2968480Lunes a viernes de 08h00 a 17h00
OFICINA ZONAL 8GuayasGuayaquilAv. Malecón entre Av. 9 de Octubre y P. Icaza, Edif. La Previsora - Piso 15(593) 42591370 Lunes a viernes de 08h00 a 17h00
OFICINA ZONAL 9Pichincha QuitoQuito: Av. Amazonas entre Unión Nacional de Periodistas y Alfonso Pereira Plataforma Gubernamental de Gestión Financiera(02) 3948760Lunes a viernes de 08h00 a 17h00
(02) 2591370
OFICINA  INSULARGalápagosSanta CruzAv. Charles Darwin 399 y 12 de Febrero (Edificio Capturgal)(05) 2526174Lunes a viernes de 08h00 a 17h00
(05) 2527135 
GalápagosSan CristóbalAv.  Alsacio Northia y 12 de Febrero (05) 2520704Lunes a viernes de 08h00 a 17h00
GalápagosIsabelaAv. Tero Real s/n y Gaviotín (05) 2529132Lunes a viernes de 08h00 a 17h00

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

La vigencia de la/s clasificación/es inscritas en el Registro de Turismo será de: 4 años

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Dirección de Acreditación y Control

Email: guias@produccion.gob.ec

Teléfono: (02) 3948760

# Año-Mes Requerimientos Atenciones Quejas Denuncias
1 2026-01 4 0
2 2026-02 10 0
3 2026-03 0 0
4 2026-04 2 0
5 2026-05 0 0
6 2026-06 1 0
7 2025-01 4 0
8 2025-02 6 0
9 2025-03 2 0
10 2025-04 2 0
11 2025-05 4 0
12 2025-06 4 0
13 2025-07 4 0
14 2025-08 4 0
15 2025-09 1 0
16 2025-10 0 0
17 2025-11 1 0
18 2025-12 3 0
19 2024-01 6 0
20 2024-02 12 0
21 2024-03 9 0
22 2024-04 6 0
23 2024-05 3 0
24 2024-06 8 0
25 2024-07 5 0
26 2024-08 1 0
27 2024-09 1 0
28 2024-10 2 0
29 2024-11 2 0
30 2024-12 2 0
31 2023-01 0 0
32 2023-02 0 0
33 2023-03 0 0
34 2023-04 0 0
35 2023-05 0 0
36 2023-06 0 0
37 2023-07 0 0
38 2023-08 0 0
39 2023-09 0 0
40 2023-10 0 0
41 2023-11 7 0
42 2023-12 14 0
43 2022-01 17 0
44 2022-02 3 0
45 2022-03 5 0
46 2022-04 2 0
47 2022-05 1 0
48 2022-06 0 0
49 2022-07 2 0
50 2022-08 4 0
51 2022-09 2 0
52 2022-10 3 0
53 2022-11 0 0
54 2022-12 1 0
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2025/12/19

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