Régimen Transitorio
El Seguro de Muerte consiste en el pago de una pensión vitalicia a los derechohabientes del asegurado que fallece en servicio activo o del asegurado que fallece en servicio pasivo, con pensión de retiro, discapacitación o invalidez.
a. La viuda, la cónyuge, la persona que mantuvo unión de hecho legalmente reconocida y los hijos menores de dieciocho años del asegurado fallecido;
b. Los hijos mayores de dieciocho años de edad incapacitados en forma total y permanente;
c. Los hijos solteros hasta los veinticinco años de edad, siempre que probaren anualmente hallarse estudiando en establecimientos reconocidos por el Estado y que no mantengan relación laboral;
d. El viudo incapacitado en forma total y permanente, que no goce de pensión alguna ni disponga de medios para subsistir. En este caso, tendrá los mismos derechos que se asignan a la viuda; y,
e. A falta de los derechohabientes mencionados en los literales anteriores, tendrá derecho la madre y a falta de ésta, el padre que carezca de medios para subsistir y este incapacitado para el trabajo.
Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana.
Otorgamiento del Seguro de Muerte
1. Oficio emitido por LA DIRECCIÓN DE BIENESTAR O DE PERSONAL DE LA RESPECTIVA FUERZA (Terrestre, Aérea o Naval)
2. Solicitud de prestaciones (formato ISSFA)
3. Cédula del titular física o digital (para obtener Ficha Simplificada) o copia a color legible
4. Certificado de defunción
5. Liquidación de tiempo de servicio con la fecha de baja
6.Certificado de Haber Militar del mes de la baja y de NO tener obligaciones con la Fuerza
7. Parte Militar
8. Parte Policial (DE SER EL CASO)
9. Protocolo de autopsia (DE SER EL CASO)
10. Informe médico, ficha médica o Epicrisis de la casa de salud en la que falleció (DE SER EL CASO)
11. Posesión efectiva de bienes inscrita en el registro de la propiedad
DOCUMENTOS DE LOS DEPENDIENTES
1. Certificado actualizado de matrimonio o de unión de hecho emitido por el Registro Civil (En caso de no estar registrado en el ISSFA deberá realizar el trámite para registro de cónyuge o conviviente)
2. Copias de cédula de ciudadanía ACTUALIZADA (cónyuge CON EL ESTADO CIVIL DE VIUDA e hijos) o ficha simplificada
3. Declaración voluntaria de descendencia Viuda / Conviviente / Padres (Formato ISSFA)
4. Para hijos menores ACTA DE INSCRIPCIÓN de nacimiento
5. Para hijos entre 18 a 25 años de edad los requisitos vigentes para el trámite de actualización de datos (Aplica para quienes el causante mantuvo el aporte del 49% durante la vigencia de la Ley de Fortalecimiento)
6. Certificado bancario (Banco o Cooperativa / cuenta personal no compartida).
HIJOS ENTRE 18 y 25 AÑOS, QUE NO TIENEN DERECHO:
1. Solicitud General (Formato del ISSFA) deberá constar el motivo por el cual no accede a la pensión de montepío,
2. Copia de la cédula a color legible o ficha simplificada
3. Documento que justifique el motivo por el cual no accede a las prestaciones.
HIJOS ENTRE 18 Y 25 AÑOS CON DISCAPACIDAD:
1. Copia de la cédula a color legible o ficha simplificada
2. Acuerdo del registro de discapacidad emitido por el ISSFA
3. Curaduría original o copia certificada únicamente discapacidad intelectual
4. Certificado bancario del beneficiario o del curador
Podrá presentarse Poder Notariado original o copia certificada a favor de una tercera persona especificando que es para trámite y/o cobro de las prestaciones.
Canales de atención: Presencial.
El trámite no tiene costo
COSTA
Horario de atención: Lunes a viernes 07h45 a 16H00
1. Agencia El Oro Dirección: Av. 25 de Junio entre Esmeraldas y Portoviejo - Junto a Roma Pizzería
2. Agencia Esmeraldas Dirección: Av. Pedro Vicente Maldonado vía a Esmeraldas, junto al BIMOT 13 (CEM)
3. Guayas / Agencia Regional ISSFA Litoral Dirección: José de Luque 121 entre Pedro Carbo y Pichincha
4. Guayas / Agencia Guayaquil Sur Dirección: Base Naval Sur - Av. de la Marina Vía al Puerto Marítimo
5. Los Ríos / Agencia Quevedo Dirección: Calle Décima Segunda entre Av, 7 de Octubre y Bolívar
6. Manabí / Agencia Manta Dirección: Vía Jaramijó Km. 4 1/2 Base Aérea Eloy Alfaro (Interior de la Base Aérea)
7. Santa Elena / Agencia Salinas Dirección: Carlos Espinoza L. y Av. Quito, Esquina, Edif. Estela del Mar
SIERRA
8. Azuay / Agencia Cuenca Dirección: Av. Francisco Moscoso y Av. 10 de Agosto, Edif. Torres del Yanuncay, Local
9. Carchi / Agencia Tulcán Dirección: Av. Veintimilla y Jesús del Gran Poder (CEMOV)
10. Chimborazo / Agencia Riobamba Dirección: Calle Junín 26-57 y García Moreno Esq., junto a Importadora Torres
11. Cotopaxi / Agencia Latacunga Dirección: Calle Quijano y Ordóñez y Calle Hnas. Páez (ESPE-L)
12. Imbabura / Agencia Ibarra Dirección: Calle Sánchez y Cifuentes No. 3-76 y José Mejía Lequerica
13. Loja / Agencia Loja Dirección: Av. Cuxibamba y Francisco Monteros (Brigada de Infantería No. 7 Loja)
14. Quito / Agencia Matriz Dirección: Av. Jorge Drow N37-125 y Jose Villalengua (Sector Iñaquito)
15. Quito / Agencia San Jorge Dirección: Av. General Enríquez 20-50 y Bahía de Caráquez (Policlínico San Jorge -
16. Quito / Agencia Santo Domingo Dirección: Calle Cocaniguas y Av. Quito (CEMOV)
17. Tungurahua / Agencia Ambato Dirección: Av. Pichincha y Galapagos (CEMOV)
18. Quito / Agencia ISSFA Quito Sur Dirección: Av. Mariscal Sucre y El Canelo (Centro Comercial Atahualpa)
Nota: Horario de atención de la Agencia ISSFA Quito Sur incluye el día Sábado 10h00 a 14:00
ORIENTE
19. Morona Santiago / Agencia Macas Dirección: Av. 9 de Octubre y Sucre Esq. (CEMOV)
20. Napo / Agencia Tena Dirección: Calle Luis Correa y Padre Victor Carbone (CEMOV) (Barrio Dos Ríos)
21. Orellana / Agencia Coca Dirección: Av. 9 de Octubre y Guayaquil Esq. Edif. Electronieto
22. Pastaza / Agencia Puyo Dirección: Av. Ceslao Marín No. 245 y Tarqui, Barrio Dorado (CEMOV)
23. Sucumbíos / Agencia Lago Agrio Dirección: Vicente Narváez y Vicente Rocafuerte (CEMOV)
24. Zamora Chinchipe / Agencia Zamora Dirección: Calle Sevilla de Oro y Adolfo Rodas (CEMOV)
GALÁPAGOS
25. Galápagos / Agencia San Cristóbal Dirección: Av. de la Armada Nacional.
Fecha de última actualización: 2024/05/31