Es la autorización que obtienen las personas naturales para brindar sus servicios profesionales como Representantes Legales en el Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social BIESS, dentro del marco normativo vigente.
Entidad financiera pública que solicita la calificación del candidato elegido para ocupar el cargo de Representantes Legales en el Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social BIESS, la regulación para la calificación se encuentra en la Codificación de las Normas de la Superintendencia de Bancos y demás normas aplicables.
Dirigido a: Persona Jurídica - Pública.
Resolución de calificación
1. Ser ecuatoriano y estar en pleno goce de los derechos de participación política emitido por el Consejo Nacional Electoral.
2. Comunicación del Secretario General de la entidad correspondiente notificando de la designación.
3. Copias certificadas de la cédula de ciudadanía y del último certificado de votación.
4. Certificado de la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología, e Innovación SENECYT que avale el título académico de tercer nivel o cuarto nivel en finanzas, mercado de capitales, administración de empresas, economía, derecho o materias afines.
5. Certificados laborales originales o copias certificadas o la impresión del mecanizado del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social que acrediten la experiencia profesional mínima de cinco (5) años en actividades relacionadas con dichas materias; y, acreditar probidad e idoneidad en el ejercicio de su profesión y en las funciones desempeñadas.
6. Declaración juramentada de no encontrarse incurso en las prohibiciones señaladas en el artículo 258 del Código Orgánico Monetario y Financiero; en las prohibiciones para ser servidor público constantes en la Ley Orgánica del Servicio Público; y, en las prohibiciones e inhabilidades señaladas en el artículo 10 de la Ley del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, a quien corresponda. Tener vinculación, por propiedad o administración, con las instituciones del financiero y del sistema de seguros privados, con las bolsas de valores del país, casas de valores y administradoras de fondos y fideicomisos, de acuerdo con las normas que la Superintendencia de Bancos y Seguros emita para el efecto.
7. Certificado conferido por el buró de información crediticia o por la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos. En caso de que la persona designada, a la fecha de la solicitud de calificación registre mora, podrá presentar el certificado emitido por la entidad financiera en el que conste que se encuentra al día en el cumplimiento de sus obligaciones.
8. Certificado conferido por el Servicio de Rentas Internas de no mantener obligaciones en firme pendientes.
9. Certificado conferido por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social de no mantener obligaciones patronales y personales en firme pendientes.
10. Certificado conferido por el Ministerio del Trabajo de no mantener impedimento para ejercer cargo, puesto, función o dignidad en el sector público; y, en el caso de haber recibido indemnización por supresión de partida, haber devuelto el monto recibido en los términos establecidos en el artículo 14 de la Ley Orgánica del Servicio Público.
11. Certificado de responsabilidades conferido por la Contraloría General del Estado.
12. Formulario para la Declaración Patrimonial Jurada de inicio de funciones.
13. Certificado de no encontrarse registrado en la base de datos con personas con sentencia condenatoria emitido por la Unidad de Análisis Financiero y Económico.
Presentar documentación en la recepción de documentos de la Superintendencia de Bancos Quito.
Adjuntar Solicitud suscrita por el Secretario General o Gerente General del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social
Anexar requisitos.
Canales de atención: Presencial.
El trámite no tiene costo
HORARIO DE 08H30 A 17H00 DE LUNES A VIERNES
Quito Av. 12 de Octubre No. 24-185 y Madrid
Por tiempo de designación en el cargo
Contacto: Esteban Andrés Fuertes Terán
Email: efuertes@superbancos.gob.ec
Teléfono: 2996100 ext 2102
CAPÍTULO I "NORMA DE CONTROL PARA LA CALIFICACIÓN DE LOS MIEMBROS DEL DIRECTORIO Y GERENTE GENERAL DEL BANCO DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL", DEL TÍTULO XIX "DEL BANCO DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL", DEL LIBRO I "NORMAS DE CONTROL PARA LAS ENTIDADES DE LOS SECTORES FINANCIEROS PÚBLICO Y PRIVADO DE LA LEY DEL BIESS".
Esta norma faculta la calificación de los Representantes Legales del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social BIESS.
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
---|---|---|---|
1 | 2025-01 | 0 | 0 |
2 | 2025-02 | 0 | 0 |
3 | 2025-03 | 0 | 0 |
4 | 2024-01 | 0 | 1 |
5 | 2024-02 | 0 | 1 |
6 | 2024-03 | 0 | 0 |
7 | 2024-04 | 0 | 0 |
8 | 2024-05 | 0 | 0 |
9 | 2024-06 | 0 | 0 |
10 | 2024-07 | 0 | 0 |
11 | 2024-08 | 0 | 1 |
12 | 2024-09 | 0 | 0 |
13 | 2024-10 | 0 | 0 |
14 | 2024-11 | 0 | 0 |
15 | 2024-12 | 0 | 0 |
16 | 2023-01 | 0 | 0 |
17 | 2023-02 | 0 | 0 |
18 | 2023-03 | 0 | 0 |
19 | 2023-04 | 3 | 0 |
20 | 2023-05 | 0 | 0 |
21 | 2023-06 | 0 | 0 |
22 | 2023-07 | 0 | 0 |
23 | 2023-08 | 0 | 0 |
24 | 2023-09 | 0 | 0 |
25 | 2023-10 | 0 | 0 |
26 | 2023-11 | 0 | 0 |
27 | 2023-12 | 0 | 1 |
28 | 2022-01 | 0 | 0 |
29 | 2022-02 | 0 | 0 |
30 | 2022-03 | 0 | 0 |
31 | 2022-04 | 0 | 0 |
32 | 2022-05 | 0 | 1 |
33 | 2022-06 | 0 | 0 |
34 | 2022-07 | 0 | 0 |
35 | 2022-08 | 0 | 0 |
36 | 2022-09 | 0 | 1 |
37 | 2022-10 | 0 | 0 |
38 | 2022-11 | 0 | 1 |
39 | 2022-12 | 0 | 0 |
Fecha de última actualización: 2025/04/14