Fecha de suscripción: 2011-05-10
Fecha de publicación: 2011-05-10
Número de registro: R.O 444 Año 2011
Tipo de regulación: Ley orgánica
El artículo 120 numeral 6 de la Constitución de la República del Ecuador, establece como atribución de la Función Legislativa la de expedir, codificar, reformar y derogar las leyes, e interpretarlas con carácter generalmente obligatorio.
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales expide la siguiente: Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria y del Sector Económico Financiero