Fecha de suscripción: 2012-12-20
Fecha de publicación: 2013-02-06
Número de registro: R.O. 887 Año IV
Tipo de regulación: Resolución
Fijar los valores correspondientes a las tasas por los servicios de regulación, control y administración que prestan la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero, respectivamente en los segmentos de petróleo crudo y gas natural y, derivados de hidrocarburos, incluyendo gas licuado de petróleo (GLP), conforme las tablas adjuntas constantes en los anexos A y B.
Los pagos por los derechos referidos en el artículo precedente, correspondientes a la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero (constantes en el anexo A o la que haga sus veces) se efectuarán en la cuenta de ingresos No. 3502122804 sublínea 190499 que mantiene esta institución en el Banco Pichincha.