Fecha de suscripción: 2025-08-05
Fecha de publicación: 2025-08-25
Número de registro: 109
Tipo de regulación: Acuerdo ministerial
Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento son de cumplimiento obligatorio para todas las instituciones educativas particulares y fiscomisionales del Sistema Nacional de Educación.
El presente instrumento establece los parámetros generales que deberán cumplir las instituciones particulares y fiscomisionales del Sistema Nacional de Educación para el cobro de matrículas y pensiones.
El nivel de Gestión Distrital de la Autoridad Educativa Nacional, es el competente para emitir las resoluciones de costos de las instituciones educativas particulares y fiscomisionales de sus respectivas jurisdicciones. El Ministerio de Educación, a través del nivel de Gestión Distrital, autorizará los valores máximos de matrícula y pensión, que resultarán del costo de la educación por estudiante.