La Rectificación de Linderos y Medidas es un proceso mediante el cual el GAD Municipal de Zaruma a través de su primera autoridad, permite corregir e incorporar información descriptiva sobre un título de dominio existente de determinado inmueble sea este urbano o rural dentro de la jurisdicción cantonal.
Cualquier persona natural o jurídica, pública o privada, nacional o extranjera, que posea la necesidad de autorización administrativa del proceso, cumpliendo los requisitos establecidos para este fin.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Autorización Administrativa de Rectificación de Linderos y Medidas del inmueble
Canales de atención: Presencial.
Tener en cuenta el costo de las especies valoradas y el pago de derechos administrativos
Este cobro se lo realiza en función de lo que establece la Ordenanza para la determinación, administración y recaudación de tasas por servicios técnicos y administrativos que presta a los usuarios el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Zaruma en su artículo 6, item g “El 10% de una remuneración básica unificada del trabajador privado en general.
Lugar: Edificio Municipal, ubicado en la Plaza de la Independencia y calle 9 de Octubre.
Horario: lunes a viernes de 08H00 a 12H30 y de 13H30 a 17H00.
Art. 1 :Ambito de aplicación de supuesto de no sujeción: La presente ordenanza establece el régimen administrativo de regulación de excedentes o diferencia de terrenos ubicados en las zonas urbanas y rurales del cantón Zaruma, provenientes de errores de medición con el fin de ordenar el territorio y otorgar seguridad jurídica a los propietarios de bienes inmuebles urbanos y rurales.
Art. 48.- Rectificación de Linderos y medidas Cuando se pretenda realizar la rectificación de linderos y medidas de un predio urbano o rural, se necesitará la aprobación correspondiente del Departamento de Planificación Urbana, en función de la ordenanza establecida para el efecto.
a) Formulario de Solicitud Múltiple.
b) Certificado de no adeudar a la Municipalidad.
c) Certificado del Registro de la Propiedad.
d) Certificado de Afectación.
e) Copia de cédula y certificado de votación del propietario.
f) Certificado de pago por concepto de servicios técnicos de inspección.
g) Tres copias del levantamiento planímetro del terreno; donde debe constar la ubicación y los linderos bien definidos, realizado y firmado por un profesional Arquitecto o Ingeniero.
h) Presentar en digital los levantamientos en un CD, georreferenciados.
Art. 6.- Servicios técnicos.- Constituyen servicios administrativos técnicos los que se entregan a los usuarios y que implican el otorgamiento de permiso o certificados para construcción de edificaciones, cerramientos, veredas y otros de similar naturaleza, de acuerdo al siguiente detalle.
(...)
g) Rectificación de linderos: El 10 % de una remuneración básica unificada del trabajador privado en general.
Fecha de última actualización: 2025/09/22