Ocurre cuando el valor asignado por el municipio a un predio es considerablemente superior a su valor real. La descripción es que se considera una exageración del avalúo catastral, el cual se utiliza para calcular el impuesto predial y el impuesto al patrimonio. Los beneficiarios de este proceso son el municipio (al aumentar sus ingresos por impuestos) y el propietario del predio, ya que se crea un registro actualizado y se les permite realizar otros trámites como solicitar créditos hipotecarios.
El municipio: Recibe ingresos por concepto de impuesto predial y otros tributos.
El propietario: Puede utilizar el avalúo actualizado como base para solicitar créditos hipotecarios, comprar o vender el inmueble, y para que el catastro municipal refleje la realidad de su propiedad en cuanto a linderos, mensuras y área.
Entidades financieras: Utilizan el avalúo para la valoración de bienes inmuebles al momento de otorgar créditos hipotecarios.
El Estado: A nivel general, mantiene un catastro inmobiliario preciso y actualizado que sirve de base para la planificación urbana, el desarrollo y la recaudación fiscal en general.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Avalúo Exagerado.
Copia de cedula.
Copia de cedula.
Analizar documentación presentada por el contribuyente.
Comparar valores con normativa vigente.
Emitir informe técnico si hay error o inconsistencia.
Aplicar correcciones necesarias (devolución, reliquidación o exoneración).
Canales de atención: Presencial.
$2 Dolares Americanos.
Balcón de servicios/ 08:00 A 17:00.
Fecha de última actualización: 2025/10/27