La cancelación es el acto jurídico mediante el cual se extingue y se deja sin efecto legal una carga o una limitación que pesaba sobre un bien, permitiendo que este recupere su plena libertad de dominio. En términos sencillos, es el levantamiento de una "restricción" que impedía al propietario disponer libremente de su bien.
¿A quién está dirigido?
Todas las personas naturales o jurídicas que una vez cumplido con los requisitos legales necesiten inscribir la cancelación de un gravamen, prohibición de enajenar, embargo o cualquier otro acto que limite la propiedad sobre un bien inmueble.
Dirigido a:
Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?
Razón de Inscripción de Cancelación
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Requisitos Obligatorios:
- Pago por concepto de cancelación de gravamen, prohibición de enejenar, embargo, etc.
- Cédula de ciudadanía original o copia del peticionario
- Escritura Pública de Constitución Cancelación o notificación dirigida al Registrador de la Propiedad
- Certificado(s) de Gravamen(es) actualizado(s).
- Copia de la Carta de pago del Impuesto Predial, del año en curso
- Formulario de Ingreso de Tramite
- Requisitos Propios del GADMC-PENIPE
Requisitos Especiales:
CANCELACION DE DERECHOS DE USUFRUCTO
- Se deberá adjuntar el Certificado de Defunción
- En caso de solicitar o intervenir en calidad de apoderado, debe contar con el Poder debidamente notarizado, conjuntamente con la razón de que el mismo no se encuentra revocado
CANCELACION DE PROHIBICIONES DE ENAJENAR JUDICIALES Y EMBARGOS
- Se deberá adjuntar el expediente completo en donde conste la providencia en donde se dispone la cancelación de la limitación de dominio
Formatos y anexos
¿Cómo hago el trámite?
TRÁMITE EN LÍNEA:
- Ingresar en la opción "trámite en línea".
- Llenar el formulario web, adjuntando los requisitos del formulario (debe ser legible y acorde al trámite). En el Formulario debe seleccionar una de las siguientes opciones: NUEVO TRÁMITE: En caso de que usted este ingresando su solicitud por primera vez o su trámite aún no haya sido facturado. REINGRESO DE TRÁMITE: Para ingresar pagos o subsanar documentos de un trámite ya solicitado anteriormente.
- Subsanar observaciones reingresando el trámite en la plataforma gob.ec, en caso de ser observado (opción trámite en línea).
- Recibir por medio de correo electrónico la proforma emitida por parte del Registro de la Propiedad.
- Pagar a favor del Registro de la Propiedad, a través de los mecanismos de recaudación habilitados.
- Registrar el comprobante de pago reingresando el trámite en la plataforma gob.ec (opción trámite en línea).
- Recibir por medio de correo electrónico la factura emitida por el Registro de la Propiedad.
- Recibir por medio de correo electrónico la razón de inscripción.
TRÁMITE PRESENCIAL:
- Ingresar el trámite con los requisitos establecidos en las oficinas del Registro de la Propiedad.
- Subsanar observaciones (en caso de existir).
- Realizar el pago según las formas aceptadas.
- Retirar la razón de inscripción.
NOTA:
- El ciudadano que realice su trámite en línea, receptará observaciones y/o la razón de inscripción a través del correo electrónico que registró en la petición en el formulario en línea.
- Es responsabilidad del ciudadano revisar permanentemente el correo electrónico, tanto en su bandeja de entrada cómo bandeja de correos no deseados, a fin de receptar y gestionar las observaciones (en caso de existir).
- En caso de que existan observaciones, el usuario deberá proporcionar la documentación subsanada y registrando los campos requeridos en el formulario web en la opción trámite en línea.
- El plazo para subsanar las observaciones es de máximo 60 días.
Canales de atención:
Correo electrónico, Presencial.
¿Cuál es el costo del trámite?
El costo de la revisión e inscripción de la prohibición de enajenar es de $ 25,00 (VEINTICINCO DOLARES)
El pago mediante transferencia bancaria se realizara a la siguiente cuenta:
- GADM DE PENIPE
- Banco de Pacifico
- Cuenta Corriente No. 5396457
- RUC: 0660000950001
¿Dónde y cuál es el horario de atención?
Horario: Lunes a Viernes de 08h00 a 17h00.
TRÁMITE EN LÍNEA:
La plataforma se encuentra disponible las 24 horas.
TRÁMITE PRESENCIAL:
Provincia de Chimborazo, cantón Penipe, parroquia matriz . Calle David Ramos 08-21 y Mons. Silvio Luis Haro
Fecha de última actualización: 2025/07/18