Trámite orientado a brindar acompañamiento a las Instituciones de Educación Superior (IES) de reciente creación, sobre la información que deben remitir, conforme la normativa vigente expedida por el Consejo de Educación Superior.
Los beneficiarios de este trámite son las Instituciones de Educación Superior (IES) de reciente creación, para que conozcan la información que deben entregar, conforme la normativa vigente expedida por el Consejo de Educación Superior.
Dirigido a: Universidades, Escuelas Politécnicas, Institutos Superiores Técnicos, Tecnológicos y Pedagógicos y Conservatorios Superiores de música y artes, de reciente creación. (IES Públicas o Particulares).
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública.
Acompañamiento institucional (Contestación oficial del CES)
1. Solicitud escrita, dirigida al/la Presidente/a del Consejo de Educación Superior, requiriendo el acompañamiento institucional, para conocer la información que deben entregar como IES de reciente creación, firmada por el representante legal o su delegado.
Trámite presencial:
1. Solicitar el acompañamiento institucional en el proceso de entrega de información, mediante un oficio dirigido al/la Presidente/a del Consejo de Educación Superior.
2. Revisar la contestación oficial por parte del Consejo de Educación Superior, enviada al usuario a través de correo electrónico.
3. Coordinar con el técnico asignado de la Dirección de Acompañamiento Institucional.
Trámite a través del Sistema de Gestión Documental Quipux, en caso de disponer de firma electrónica:
1. Solicitar el acompañamiento institucional en el proceso de entrega de información, mediante un oficio dirigido al/la Presidente/a del Consejo de Educación Superior.
2. Revisar la contestación oficial por parte del Consejo de Educación Superior, a través de la bandeja de entrada del Sistema de Gestión Documental Quipux.
3. Coordinar con el técnico asignado de la Dirección de Acompañamiento Institucional.
Trámite a través de correo electrónico:
1. Solicitar el acompañamiento institucional en el proceso de entrega de información, mediante un correo electrónico dirigido al/la Presidente/a del Consejo de Educación Superior a la siguiente dirección: recepciondocumentos@ces.gob.ec.
2. Revisar la contestación oficial por parte del Consejo de Educación Superior, a través de correo electrónico.
3. Coordinar con el técnico asignado de la Dirección de Acompañamiento Institucional.
Canales de atención: Correo electrónico, Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).
El trámite no tiene costo
Modalidad presencial:
Consejo de Educación Superior
Quito - Ecuador
Edificio Cabrera Chávez
Calle Jorge Washington E4-157 y av. Amazonas.
Horario de atención: Lunes a Viernes de 08:00 a 16:30
Canal virtual:
A través del correo electrónico recepciondocumentos@ces.gob.ec
Contacto: Dirección de Acompañamiento Institucional
Email: daicmi@ces.gob.ec
Teléfono: 023947820 (ext: 2059)
Art. 5. y 6.- Establece, los tipos de promotores existentes y en su artículo 6 expone los requisitos para ser promotor.
Art. 14.- Establece, que la institución podrá cambiar de dirección dentro del mismo cantón y esta, deberá ser notificada al Consejo de Educación Supeior.
Art. 15.- El Reglamento de las Instituciones de Educación Superior de Formación Técnica y Tecnológica en su artículo 15 establece, que la institución podrá solicitar al Consejo de Educación Superior el cambio de su domicilio de un cantón a otro dentro de la misma provincia en la que fue aprobada su creación o a otra provincia.
Art. 19.- Establece, que los convenios de alianzas estratégicas deberan ser notificados al Consejo de Educación Superior.
Art. 26.- Establece, que la institución podrá solicitar al Consejo de Educación Superior autorización para el cambio de su nombre.
Establece, la entrega anual del informe de auditoría externa hasta el 30 de junio del año fiscal posterior.
Establece, que la institución notificará al Consejo de Educación Superior, los diagnósticos institucionales, Planes de Igualdad Institucional y sus resultados, hasta el 15 de febrero de cada año.
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
---|---|---|---|
1 | 2025-01 | 0 | 0 |
2 | 2025-02 | 0 | 0 |
3 | 2025-03 | 0 | 0 |
4 | 2024-01 | 0 | 0 |
5 | 2024-02 | 0 | 0 |
6 | 2024-03 | 0 | 0 |
7 | 2024-04 | 0 | 0 |
8 | 2024-05 | 0 | 0 |
9 | 2024-06 | 0 | 0 |
10 | 2024-07 | 0 | 0 |
11 | 2024-08 | 0 | 0 |
12 | 2024-09 | 0 | 0 |
13 | 2024-10 | 0 | 0 |
14 | 2024-11 | 0 | 0 |
15 | 2024-12 | 0 | 0 |
Fecha de última actualización: 2024/05/31