Registro de habilitación y/o deshabilitación de usuarios para realizar movimientos y/o consultas de cuentas corrientes

Registro de habilitación y/o deshabilitación de usuarios para realizar movimientos y/o consultas de cuentas corrientes

Información proporcionada por: Banco Central del Ecuador (BCE)

Trámite orientado a atender los requerimientos de registro de habilitación y/o deshabilitación de usuarios autorizados a realizar movimientos y/o consultas en la cuenta corriente de las entidades del sector privado [Bancos privados Nacionales, asociaciones mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda, cooperativas de ahorro y crédito, cajas centrales, entidades de auxiliares de pago autorizadas por el BCE como Sistemas Auxiliares de Pago, entidades participantes del mercado de valores (excepto emisores) y administradoras de fondos], entidades del sector público [Bancos públicos y corporaciones financieras públicas, entidades del sector público, empresas públicas, empresas de economía mixta y sociedades anónimas con participación del estado, gobiernos autónomos descentralizados y sus entidades adscritas, entidades de la seguridad social, fideicomisos en los que el BCE actúe como administrador fiduciario, fideicomisos cuyos aportes provengan de entidades, instituciones y organismos del sector público comprendidos en los artículos 225 y 315 de la Constitución de la República], entidades extranjeras [Bancos Extranjeros, Instituciones Financieras Internacionales, Bancos Centrales, Gobiernos Extranjeros, Organizaciones Internacionales y Organizaciones Donantes] que mantienen en el Banco Central del Ecuador.

¿A quién está dirigido?

El trámite está orientado al siguiente tipo de usuarios:

  • Entidades del sector privado: Bancos privados Nacionales, asociaciones mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda, cooperativas de ahorro y crédito, cajas centrales, entidades de auxiliares de pago autorizadas por el BCE como Sistemas Auxiliares de Pago, entidades participantes del mercado de valores (excepto emisores).
  • Entidades del sector público: Bancos públicos y corporaciones financieras públicas, entidades del sector público, empresas públicas, empresas de economía mixta y sociedades anónimas con participación del estado, gobiernos autónomos descentralizados y sus entidades adscritas, entidades de la seguridad social, fideicomisos en los que el BCE actúe como administrador fiduciario, fideicomisos cuyos aportes provengan de entidades, instituciones y organismos del sector público comprendidos en los artículos 225 y 315 de la Constitución de la República.
  • Entidades extranjeras: Bancos Extranjeros, Instituciones Financieras Internacionales, Bancos Centrales, Gobiernos Extranjeros, Organizaciones Internacionales y Organizaciones Donantes.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Firma registrada de la o las personas autorizadas para efectuar consultas o movimientos en las cuentas corrientes

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

1. Formulario de registro de usuarios

El formulario debe constar con los datos y firma del usuario, y autorizado por la máxima autoridad.

2. Cédula de ciudadanía y/o identidad

Información que se obtiene de manera interoperable con la página web de la Dirección Nacional de Registros Públicos "DINARP".

3. Certificado de votación

Información que se obtiene de manera interoperable con la página web de la Dirección Nacional de Registros Públicos "DINARP".

Requisitos Especiales:

Requisitos adicionales:

4. Formulario actualización de información del cliente.

Formulario donde debe constar la firma de cada usuario que va a ser habilitado en una cuenta corriente. Documento requerido cuando es registro de habilitación de firmantes para realizar movimientos y/o consultas de cuenta.

5. Documento que sustente cargo de la persona quien registrará las firmas para movimientos de la cuenta corriente.

El documento debe estar certificado por la entidad requirente y vigente. Documento requerido cuando es registro de habilitación de firmantes para realizar movimientos de cuenta.

6. Nombramiento de la máxima autoridad.

Documento requerido solo cuando la máxima autoridad, no registra firma en la cuenta corriente. El documento debe estar certificado por la entidad requirente y vigente.

7. Documento que certifica la delegación de funciones.

Documento requerido en caso que la máxima autoridad haya autorizado a una tercera persona realizar este trámite. El documento debe estar certificado por la entidad requirente y vigente.

8. Certificado de encontrarse habilitado para el manejo de cuentas corrientes.

Documento emitido por la Superintendencia de Bancos y se obtiene desde su página web. Documento requerido cuando es registro de firmantes para realizar movimientos de cuenta.

9. Estructura organizacional y/o Estatuto

El documento debe ser sustentado mediante ordenanzas para el caso de entidades adscritas a los Municipios. El documento debe estar certificado por la entidad requirente y vigente.

Requisitos Alternativos:

10. Oficio de solicitud de deshabilitación de usuario de cuenta

Documento requerido para deshabilitar de una cuenta corriente un usuario. Documento alternativo al Formulario de registro de usuarios.

11. Pasaporte

Documento que aplica sólo para el caso de ciudadanos extranjeros que no tengan cédula de identidad o ciudadanía, válido únicamente dentro de los 6 meses de estadía en el país.

Formatos y anexos

  • Formulario de registro de usuarios
    Formulario en el la máxima autoridad autoriza a los usuarios quienes podrán realizar movimiento de fondos y/o consulta de las cuentas corrientes que la mantiene en el BCE, así como en el cual se detalla información de los usuarios autorizados, tales como; número de cuenta corriente vinculada, el nombre de la institución, cargo y cédula de identidad, con el fin de contar con información que sustente cualquier operación.
  • Formulario actualización de información del cliente
    Documento establecido por el Banco Central del Ecuador para conocer información específica del usuario que registran de firmas autorizadas

¿Cómo hago el trámite?

Trámite Presencial:

  1. Solicitar turno para atención del trámite en el área de recepción del BCE.
  2. Entregar en Balcón de servicios los documentos para obtener el registro y/o eliminación de firmantes autorizados para cuentas corrientes.
  3. Recibir notificación de registro y/o eliminación de firmantes autorizados.

Trámite en Línea:

  1. Iniciar el trámite en el portal web: https://www.gob.ec/bce/tramites/registro-habilitacion-deshabilitacion-usuarios-realizar-movimientos-consultas-cuentas-corrientes, y dar clic en el botón “Ir al trámite en línea”.
  2. Registrar los campos solicitados y cargar documentos habilitantes. Recibir correo electrónico automático de confirmación de solicitud enviada.
  3. Recibir respuesta del requerimiento, conforme el correo electrónico registrado.

Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Trámite en línea: 

A través de la plataforma GOB.EC, se atenderá en el horario de 08:00 a 15:30 de lunes a viernes. En el caso de solicitudes ingresadas a partir de las 15:30, se atenderán el siguiente día hábil.

Trámite presencial: 

Acercarse a las oficinas del BCE:

  • Matriz Quito: Av. 10 de Agosto N11-409 y Briceño, PB edificio matriz.
  • Sucursal Guayaquil: Edificio Ex Suizo, calle Francisco P. Icaza #203 entre Pedro Carbo y Pichincha.
  • Sucursal Cuenca: Calle Larga y Huayna Cápac.

Horario de atención:

Lunes a viernes de 08h30 a 15h30

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Subgerencia de Educación Monetaria y Atención a la Ciudadanía

Email: atencionciudadana@bce.ec

Teléfono: 023938600 ext 0

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 327
2 2025-02 0 311
3 2025-03 0 232
4 2024-01 0 966
5 2024-02 0 855
6 2024-03 0 649
7 2024-04 0 747
8 2024-05 0 551
9 2024-06 0 443
10 2024-07 0 487
11 2024-08 0 483
12 2024-09 0 430
13 2024-10 0 354
14 2024-11 0 365
15 2024-12 0 370
16 2023-01 0 510
17 2023-02 1 480
18 2023-03 0 534
19 2023-04 0 420
20 2023-05 0 1175
21 2023-06 0 1376
22 2023-07 0 977
23 2023-08 0 903
24 2023-09 0 801
25 2023-10 0 815
26 2023-11 0 1069
27 2023-12 0 1225
28 2022-01 0 702
29 2022-02 0 722
30 2022-03 1 328
31 2022-04 0 267
32 2022-05 0 253
33 2022-06 0 253
34 2022-07 1 571
35 2022-08 0 239
36 2022-09 2 503
37 2022-10 2 346
38 2022-11 0 333
39 2022-12 0 4817
40 2021-01 0 296
41 2021-02 0 355
42 2021-03 0 358
43 2021-04 0 259
44 2021-05 0 354
45 2021-06 0 545
46 2021-07 0 627
47 2021-08 0 539
48 2021-09 0 695
49 2021-10 0 550
50 2021-11 1 485
51 2021-12 0 434
52 2020-01 0 265
53 2020-02 0 177
54 2020-03 0 121
55 2020-04 0 56
56 2020-05 0 104
57 2020-06 0 195
58 2020-07 0 289
59 2020-08 0 320
60 2020-09 0 312
61 2020-10 0 364
62 2020-11 0 275
63 2020-12 0 393
64 2019-01 0 86
65 2019-02 0 184
66 2019-03 0 291
67 2019-04 0 413
68 2019-05 0 659
69 2019-06 0 726
70 2019-07 0 365
71 2019-08 0 216
72 2019-09 0 181
73 2019-10 0 155
74 2019-11 0 143
75 2019-12 0 121
76 2017-12 0 1000
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2025/01/14

Contenido

¿Te sirvió el contenido?