Trámite orientado para las inspecciones que podrán ser realizadas al centro de investigación clínica, al lugar de fabricación del producto en investigación, a las instalaciones del patrocinador, a las instalaciones de la Organización de Investigación por Contrato o al Comité de Ética de Investigación en Seres Humanos que aprobó el protocolo para verificar el cumplimiento de las normas de Buenas Prácticas Manufactura (BPM), Buenas Prácticas Clínicas (BPC) y Buenas Prácticas Laboratorio (BPL) con el fin de proteger los derechos y el bienestar de los sujetos en investigación. Se realizan en condiciones adecuadas, con los soportes y criterios técnicos con transparencia, confiabilidad y credibilidad las veces que considere pertinente, antes, durante o después de la ejecución del mismo, con o sin aviso previo.
El trámite Inspecciones a ensayos clínicos OIC, CIC, CEISH, Patrocinadores y Fabricantes tiene como beneficiario a toda razón social que cuente con Registro Único de Contribuyentes (RUC) de persona natural o jurídica, nacional o extranjera, pública o privadas.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Informe de Inspección realizada
1.- Pago de la tasa de importe por inspección.
Inspecciones de denuncias de Ensayos Clínicos
Envío de un correo por Denuncia de la ejecución de un ensayo clínico a la dirección electrónica atención.ensayosclinicos@controlsanitario.gob.ec adjuntando anexo 1
Presencial
Inspecciones de Ensayos Clínicos, CIC, OIC
1. La ARCSA notificará mediante Gestión Documental Quipux al usuario de la realización de la Inspección de acuerdo al cronograma elaborado, incluyendo la orden de pago que deberá ser cancelada por el usuario.
2. Una vez confirmada la cancelación de la orden de pago y factura generada por el importe de la Inspección, la ARCSA enviará a través del Sistema Documental Quipux la Notificación de Inspección de inicio, desarrollo, cierre según corresponda, confirmado la fecha, hora, y el equipo inspector que realizará la Inspección.
3. Ejecución de la Inspección en el lugar y hora establecidos con los representantes responsables de llevar a cabo el ensayo clínico.
4. Luego de la Inspección en 45 días término se entregará las observaciones o informe de inspección a través del Sistema Documental Quipux, en caso de que existan observaciones el usuario deberá subsanar lo requerido para obtener posteriormente el informe de inspección en 45 días término. En los casos de inspecciones de CIC u OIC para inscripción el tiempo de entrega de observaciones y subsanaciones es de 30 días.
5. En caso de cumplimiento se emitirá una respuesta mediante Quipux que indique que el estudio clínico puede continuar. Caso contrario se procederá según sea el caso a una Suspensión, Cancelación o revocatoria de la Aprobación del Ensayo Clínico.(dispuesto en el AM 075-2017)
Inspecciones por Denuncias
1. Envío de correo con Denuncia de la ejecución de ensayo clínico sin aprobación.
2. Análisis de evidencia del correo enviado y programación de inspección si amerita.
3. En caso que o amerite la inspección se responderá al correo al usuario.
4. En caso que amerite una inspección se procederá con los pasos indicados para inspecciones de ensayos clínicos.
Canales de atención: Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).
Inspecciones para ensayos clínicos, antes, durante o después, con o sin previo aviso. $ 230,52
Planta Central: Parque Los Samanes - bloque 5
Lunes a Viernes de 8:00 a 17:00
9 Coordinaciones Zonales https://www.controlsanitario.gob.ec/contacto/
Contacto: Dirección Técnica de Atención al Usuario
Email: atencionalusuario@controlsanitario.gob.ec
Teléfono: 043727440
La ARCSA podrá realizar inspecciones a los establecimientos o revisar la documentación relacionada con un ensayo clínico en ejecución, cuando exista cualquier solicitud de modificación al mismo, lo cual podría ocasionar que la respuesta a dicha solicitud esté condicionada a los resultados de la inspección.
A fin de proteger los derechos y el bienestar de los sujetos en investigación, la ARCSA realizará inspecciones a cualquier instancia relacionada con la ejecución de un ensayo clínico aprobado en el país, las veces que considere pertinente, antes, durante o después de la ejecución del mismo, con o sin aviso previo, de acuerdo al tipo de inspección que se realice; y, con el fin de verificar el cumplimiento de las Normas de Buenas Prácticas de Manufactura, de las Buenas Prácticas Clínicas y de las Buenas Prácticas de Laboratorio.
Las inspecciones podrán ser realizadas al centro de investigación clínica, al lugar de fabricación del producto en investigación, a las instalaciones del patrocinador, a las instalaciones de la Organización de Investigación por Contrato o al Comité de Ética de Investigación en Seres Humanos que aprobó el protocolo. La ARCSA definirá las condiciones particulares bajo las cuales se realizarán las inspecciones.
Los inspectores de la ARCSA, en cuarenta y cinco (45) días término luego de realizada la inspección, presentarán un informe al patrocinador del ensayo clínico y al lugar inspeccionado sobre las conformidades o inconformidades encontradas en relación a Buenas Prácticas Clínicas (BPC), lo que condicionará o no la continuidad del estudio clínico.
En caso de incumplimiento de las BPC que atenten contra la seguridad y bienestar del participante en la investigación, el centro de investigación clínica correspondiente, o de ser el caso, el estudio clínico, quedará suspendido. El patrocinador establecerá un plan de medidas a adoptarse para subsanar las inconformidades, mismo que será remitido a través de un informe escrito a la ARCSA, en un término de cuarenta y cinco (45) días, contados a partir de recibida la comunicación de incumplimiento de dicha Agencia Reguladora.
Si luego de una inspección se verifica que no existen circunstancias que atenten contra la seguridad del participante en la investigación, el estudio seguirá su curso. Sin embargo, en un término de cuarenta y cinco (45) días contados a partir de la recepción del informe de la ARCSA, el patrocinador deberá subsanar las observaciones.
Art. 25.- Luego de realizada la inspección, si la ARCSA constata que existen circunstancias que ponen en riesgo la integridad del participante, aplicará medidas correctivas, entre ellas:
a) Disponer la separación de investigadores de la ejecución del ensayo clínico, si no cumplen con las BPC en el estudio.
b) Suspender un centro de investigación clínica como ejecutor de un ensayo clínico, si no cumple con Buenas Prácticas Clínicas y atenta a la seguridad de los participantes en la investigación.
c) Exigir entrenamiento en BPC a profesionales y personal que participa en los ensayos, cuando lo considere necesario.
d) Establecer plazos para el cumplimiento de los planes para solucionar las no conformidades detectadas por la ARCSA durante las inspecciones que realice.
e) Suspender temporal o definitivamente el inicio/ ejecución de un ensayo clínico, según corresponda, por la falta de garantías para la seguridad del sujeto en investigación.
f) Revocar la aprobación de un ensayo clínico en cualquier etapa, en caso de no existir seguridad para los participantes en la investigación.
g) Otras que considere necesarias
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
---|---|---|---|
1 | 2025-01 | 0 | 0 |
2 | 2025-02 | 0 | 0 |
3 | 2025-03 | 0 | 0 |
4 | 2024-01 | 0 | 0 |
5 | 2024-02 | 0 | 0 |
6 | 2024-03 | 0 | 0 |
7 | 2024-04 | 0 | 0 |
8 | 2024-05 | 0 | 0 |
9 | 2024-06 | 0 | 0 |
10 | 2024-07 | 0 | 0 |
11 | 2024-08 | 0 | 0 |
12 | 2024-09 | 0 | 0 |
13 | 2024-10 | 0 | 0 |
14 | 2024-11 | 0 | 1 |
15 | 2024-12 | 0 | 0 |
16 | 2023-01 | 0 | 2 |
17 | 2023-02 | 0 | 1 |
18 | 2023-03 | 0 | 1 |
19 | 2023-04 | 0 | 0 |
20 | 2023-05 | 0 | 0 |
21 | 2023-06 | 0 | 0 |
22 | 2023-07 | 0 | 0 |
23 | 2023-08 | 0 | 0 |
24 | 2023-09 | 0 | 0 |
25 | 2023-10 | 0 | 0 |
26 | 2023-11 | 0 | 1 |
27 | 2023-12 | 0 | 0 |
28 | 2022-01 | 0 | 2 |
29 | 2022-02 | 0 | 0 |
30 | 2022-03 | 0 | 0 |
31 | 2022-04 | 0 | 0 |
32 | 2022-05 | 0 | 1 |
33 | 2022-06 | 0 | 4 |
34 | 2022-07 | 0 | 0 |
35 | 2022-08 | 0 | 0 |
36 | 2022-09 | 0 | 0 |
37 | 2022-10 | 0 | 0 |
38 | 2022-11 | 0 | 1 |
39 | 2022-12 | 0 | 0 |
40 | 2021-01 | 0 | 4 |
41 | 2021-02 | 0 | 1 |
42 | 2021-03 | 0 | 0 |
43 | 2021-04 | 0 | 4 |
44 | 2021-05 | 0 | 2 |
45 | 2021-06 | 0 | 4 |
46 | 2021-07 | 0 | 3 |
47 | 2021-08 | 0 | 0 |
48 | 2021-09 | 0 | 0 |
49 | 2021-10 | 0 | 0 |
50 | 2021-11 | 0 | 2 |
51 | 2021-12 | 0 | 2 |
52 | 2020-09 | 0 | 0 |
53 | 2020-10 | 0 | 4 |
54 | 2020-11 | 0 | 1 |
55 | 2020-12 | 0 | 6 |
Fecha de última actualización: 2023/04/27