Solicitud de herencia por fallecimiento de jubilado o beneficiario de montepío correspondiente al Seguro General

Herencia por Fallecimiento de Jubilado o Beneficiario de Montepío

Trámite orientado a conceder a derechohabientes del jubilado o beneficiario de montepío fallecido, las pensiones impagas y/o los décimos proporcionales pendientes de pago a los que tuviera derecho hasta la fecha de fallecimiento, siempre que no estén mensualizados.

¿A quién está dirigido?

Los beneficiarios de este trámite son los derechohabientes que acceden a la solicitud de herencia por fallecimiento de jubilado o beneficiario de montepío correspondiente al Seguro General. Para mayor información consulte nuestra página web: www.iess.gob.ec.

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Acuerdo de acreditación de valores por herencia

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Trámite por Ventanilla Virtual: Trámite que se ingresa a través del Portal Web del IESS, en la opción Ventanilla Virtual y es direccionado a las Coordinaciones Provinciales o Direcciones Nacionales para su atención.

Requisitos:

  1. Escanee y cargue la cédula de identidad de cada uno de los derechohabientes.
  2. Escanee y cargue la solicitud de Herencia de Montepío: El o los solicitantes deberán llenar el formulario que se encuentra en la parte inferior de la página www.iess.gob.ec, formularios, solicitud de pago de herencia. Link: https://www.iess.gob.ec/formularios-generales/ . En el formulario deberán designar entre los derechohabientes, a un representante encargado de realizar el trámite. NOTA: Una vez gestionado el trámite por ventanilla virtual, el usuario recibirá la notificación al correo electrónico registrado con las instrucciones correspondientes para la entrega del documento original de la posesión efectiva de bienes en las ventanillas de Gestión Documental.
  3. Escanee y cargue la posesión efectiva de bienes: En la posesión efectiva deberán constar el o los solicitantes de la herencia que se encuentren dentro del orden establecido en el Derecho Sucesorio Ecuatoriano para heredar (Código Civil Art. 994, 1023; 1025; 1028 y otros).
  4. Escanee y cargue el certificado de defunción: El solicitante antes de realizar el trámite, debe realizar la gestión de inscripción de defunción en el Registro Civil.
  5. Escanee y cargue el certificado bancario: El certificado bancario de cualquier institución financiera ecuatoriana, debe estar a nombre del representante de los derechohabientes, encargado de realizar el trámite.

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

Trámite por Ventanilla Virtual:

IMPORTANTE:

Este trámite solo se aplica en los casos en los que el fallecido es pensionista de jubilación y/o montepío, teniendo las siguientes particularidades:

  1. Que a la fecha de fallecimiento haya estado acumulando sus décimas pensiones (décimo cuarto y décimo tercer sueldo).
  2.  Que no exista beneficiarios con derecho a montepío.
  3. Los solicitantes de la herencia se encuentren dentro del orden establecido en el Derecho Sucesorio Ecuatoriano para heredar (Código Civil Art. 994, 1023; 1025; 1028 y otros), mismos que deben constar en la posesión efectiva.

INDICACIONES:

Ingrese al portal www.iess.gob.ec, escoja la opción ‘Trámites virtuales’, seleccione el ícono ‘Ventanilla virtual’, a continuación se desplegará el formulario de ‘Recepción de trámites’, ingrese sus datos correctamente y elija la provincia, trámite, detalle su pedido en el mensaje y anexe todos los requisitos en formato JPG o PDF (peso máximo 1MB).

Link: https://app.iess.gob.ec/iess-gestion-recepcion-formularios-web/public/tramite.jsf

NOTA:

  • Por su seguridad y para evitar posibles fraudes, no se aceptarán imágenes borrosas, opacas, cortadas o ilegibles, ni documentos sin firma.
  • La firma de la solicitud de forma manuscrita es imprescindible.
  • El ciudadano solicitante podrá requerir de ser el caso el estado del trámite, acercándose a los centros de atención al ciudadano a nivel nacional.

Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Centros de Atención a nivel nacional, de lunes a viernes de 8:00 a 17:00 horas. Horarios diferenciados para puntos en centros comerciales.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Atención al Ciudadano

Teléfono: 593 23945666

Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2023/10/31