Registro y eliminación de dependientes por parte del afiliado o jubilado

Trámite orientado a registrar en el sistema de historia laboral a los dependientes del afiliado o jubilado (hijos menores de 18 años, cónyuge o conviviente), para que puedan acceder a los beneficios que otorga el IESS.

¿A quién está dirigido?

Los beneficiarios de este trámite son los afiliados y jubilados (pensionistas) del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social que acceden a los servicios de registro y eliminación de dependientes. Para mayor información consulte nuestra página web: www.iess.gob.ec.

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Información de dependientes registrada en el sistema del IESS

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Clave de afiliado de acceso al portal IESS (sólo para registro de dependientes en el portal web del IESS).
  2. Cédula de identidad o ciudadanía.
  3. Turno de atención.

Requisitos Especiales:

Requisito alternativo:

  1. Pasaporte o visa, con código de identificación para extranjeros: Aplica para ciudadanos extranjeros que no tienen cédula de identidad, siempre y cuando se encuentren registrados o afiliados en el IESS (aplica únicamente para trámite presencial).

Requisito adicional:

  1. Documento habilitante para acreditar vínculo familiar emitido por autoridad competente del país de origen (Aplica exclusivamente para ciudadanos extranjeros que soliciten el registro de dependientes):
    1. Para el caso del cónyuge: Certificado/acta de nacimiento.
    2. Para el caso de hijos menores de 18 años de edad: Certificado/acta de matrimonio.
  2. Solicitud de eliminación de dependientes (Aplica sólo para la eliminación)
  3. Poder notarial.

¿Cómo hago el trámite?

El solicitante podrá realizar el trámite mediante una de los siguientes canales de atención:

OPCIÓN 1: VIRTUAL

IMPORTANTE: 
• Este canal únicamente permite el registro de dependientes de afiliado o jubilado con cédula de identidad o ciudadanía.
• Los dependientes habilitados a registrar son: cónyuge, conviviente o hijos menores de 18 años de edad. 
• No está habilitado en este canal, el registro de dependientes para afiliados o jubilados con código de identificación para extranjero.
• No está habilitada la eliminación de dependientes a través de este canal.

1. Ingresar al portal https://www.iess.gob.ec, en la opción ‘Trámites virtuales’, dar clic en ‘Afiliados’, a continuación se desplegarán los ""Servicios en Línea"" disponibles.

2. En el apartado ""Afiliación"", dar clic en la opción ""Registro de dependiente(s)"". A continuación, ingresar el número de cédula de identidad o ciudadanía, junto con la clave de afiliado para acceder al sistema. Link: https://www.iess.gob.ec/afiliado-web/pages/principal.jsf

3. Una vez dentro del sistema, en el menú ""Información"" seleccionar nuevamente la opción ""Registro de dependiente(s)"".

4. Dar clic en la opción ""Agregar dependiente"", seleccionar el tipo dependiente: cónyuge, conviviente o unión libre, hijo/a menores de 18 años de edad, luego registrar el número del documento de identidad correspondiente (cédula de identidad o ciudadanía).

5. El sistema realizará la validación automática mediante el cruce de información con el Registro Civil, si el número de identidad ingresado corresponda al cónyuge, conviviente o hijo menor de 18 años de edad, del afiliado o jubilado, el sistema permitirá el registro, caso contrario, mostrará un mensaje informativo indicando que no corresponde a un familiar habilitado.

OPCIÓN 2: PRESENCIAL

IMPORTANTE: El trámite presencial podrá ser solicitado por el afiliado o jubilado para el registro o eliminación de sus dependientes —cónyuge, conviviente o hijos menores de 18 años de edad—, o por un apoderado legalmente facultado mediante poder notarial.

1. Para realizar el trámite el afiliado, jubilado o apoderado deberá obtener previamente un turno en línea, conforme el siguiente procedimiento:

a. Ingrese al portal www.iess.gob.ec, ‘Turnos para atención ciudadana’, y seleccione “Generar turno”. Link: https://app.iess.gob.ec/iess-gestion-turnero-enlinea-web/
b. Ingrese el número de cédula de identidad o ciudadanía o código de identificación para extranjero, de la persona que realizará el trámite, seleccione el ícono ""Buscar"".
c. Ingrese el correo electrónico y el número de contacto celular, si los datos son correctos, dé clic en “Siguiente”.
d. Recibirá un correo electrónico con el asunto: ‘Verificar IESS turno online´
e. Ingrese el código enviado al correo electrónico registrado, de clic en ’Verificar’.
f. Seleccione la provincia, tipo de trámite ‘Registro y eliminación de dependientes por parte del afiliado o jubilado’ y agencia en la que desea ser atendido, dé clic en “Siguiente”.
g. Seleccione el día y la hora, se desplegará una ventana de confirmación, si está de acuerdo de clic en “Si”.
h. Verifique la información del turno solicitado y presione el botón “Confirmar”.

NOTA: Si el afiliado, jubilado o apoderado pertenece a algún grupo vulnerable (personas de tercera edad, con discapacidad, mujeres embarazadas) no necesita generar un turno en línea. Puede solicitar su turno directamente de manera presencial en el Centro de Atención Universal del IESS.

2. Acudir al Centro de Atención Universal del IESS y presentar física o virtualmente la “Confirmación del Turno en Línea” generado desde el portal web del IESS.

3. Presentar el documento de identidad del afiliado o jubilado, y de los dependientes a registrar, según corresponda:

- Para ciudadanos ecuatorianos o extranjeros con cédula de identidad o ciudadanía: Formato físico o digital a través del aplicativo "GOB.EC" de la cédula de identidad o ciudadanía; o
- Para ciudadanos extranjeros registrados en el IESS con código de identificación para extranjero sin cédula de identidad o ciudadanía: Pasaporte o visa original vigente.

NOTAS: 
- No es necesaria la presencia física de los dependientes.
- En caso de dependientes menores de edad ecuatorianos que no posean cédula de identidad o ciudadanía, presentar la partida o acta de nacimiento.
- Para la eliminación de dependientes, no es obligatorio presentar el documento de identidad; bastará con consignar el nombre y número del documento de identidad (a. cédula de identidad o ciudadanía; o, b. código de identificación para extranjero y pasaporte o visa) en la solicitud escrita.

4. En caso de registro de dependientes extranjeros, adicionalmente entregar el documento habilitante que certifique el vínculo familiar, en original y copia simple, conforme al tipo de relación:

Cónyuge o conviviente:
- Certificado o acta de matrimonio del país de origen (debidamente apostillado y traducido al español, de ser el caso).

Hijos menores de 18 años de edad:
- Certificado o acta de nacimiento del país de origen (debidamente apostillado y traducido al español, de ser el caso).

5. Para el caso de eliminación de dependientes, presentar una solicitud, firmada de manera manuscrita por el afiliado o jubilado, que debe contener:

- Nombres y apellidos completos del afiliado o jubilado.
- Número del documento de identidad del afiliado o jubilado (1. cédula de identidad, o 2. código de identificación para extranjero y pasaporte o visa).
- Narración detallada de la solicitud de la eliminación de dependiente(s).
- Nombre(s) y número(s) del documento de identidad del(os) dependiente(s) a eliminar (1. cédula de identidad, o 2. código de identificación para extranjero y pasaporte o visa).
- Correo electrónico, dirección y teléfono del solicitante.
- Firma del solicitante.

NOTA: No se aceptarán solicitudes con firma electrónica.

6. En caso que el trámite sea realizado por un apoderado: Presentar el poder notarial original o copia simple, previamente validado y sumillado por la Coordinación/Unidad Provincial de Asesoría Jurídica del IESS.

7. Una vez entregada la documentación, el afiliado o jubilado podrá verificar posteriormente el registro o eliminación del(os) dependiente(s) en el portal web del IESS.


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Presencial: Centros de Atención a nivel nacional, de lunes a viernes de 08:00 a 17:00 horas.

Virtual: 24 horas.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Atención al Ciudadano

Email: atencionalusuario@iess.gob.ec

Teléfono: 593 23945666

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2026-01 0 466
2 2026-02 0 365
3 2026-03 0 1723
4 2026-04 0 424
5 2026-05 2 346
6 2025-01 0 1182
7 2025-02 0 693
8 2025-03 0 432
9 2025-04 0 595
10 2025-05 0 509
11 2025-06 0 1582
12 2025-07 0 418
13 2025-08 0 469
14 2025-09 0 328
15 2025-10 0 254
16 2025-11 0 1495
17 2025-12 1 303
18 2024-01 0 784
19 2024-02 0 478
20 2024-03 2 578
21 2024-04 0 442
22 2024-05 6 533
23 2024-06 0 746
24 2024-07 1 2461
25 2024-08 0 1792
26 2024-09 0 1893
27 2024-10 0 426
28 2024-11 0 1224
29 2024-12 0 1170
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2025/11/18

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