El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Zaruma, a través del presente trámite faculta al usuario para obtener un espacio físico denominado nicho, en el cual podrá colocar los restos mortales de sus familiares que, por un periodo superior a diez años, han permanecido sepultados en bóvedas arrendadas por la municipalidad. De esta manera, se proporciona un lugar permanente para el descanso de los restos mortales de los seres queridos.
Nichos.- Construcción de losa de tamaño reducido en relación a la bóveda, destinado a la colocación de cuerpos inertes de niños y niñas menores a 1 año de edad en un ataúd, y restos óseos de personas adultas colocadas en una urna.
El trámite en cuestión lo puede realizar toda la colectividad en general, quienes requieran del espacio, siempre y cuando cumpla con todos los requisitos exigidos en la municipalidad.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Venta de nichos en el Cementerio Municipal de Zaruma
Canales de atención: Presencial.
La compra del nicho tendrá un valor de $300 (Trescientos Dólares Americanos) c/u.
Conforme lo establecido en el Art. 35 de la Ordenanza que regula los servicios y funcionamiento de cementerios, panteones, mausoleos, criptas, crematorios y servicios de funeraria públicos y privados del cantón Zaruma.
Lugar: Planta baja del edificio municipal, ubicado en la calle 9 de Octubre.
Horario: lunes a viernes de 08:00 a 12:30 y de 13:30 a 17:00.
CAPITULO V DE LA LEGALIZACIÓN DE TERRENOS EN LOS CEMENTERIOS MUNICIPALES
Art. 35.- El valor del terreno para la construcción de bóvedas, nichos y mausoleos, será del 3% del salario básico unificado (vigente) por metro cuadrado. La compra del nicho tendrá un valor de $300 (Trescientos Dólares Americanos) c/u.
Fecha de última actualización: 2025/09/29