El GAD Municipal de Zaruma, en ejercicio de sus facultades y atribuciones, asume la planificación, regulación, control y gestión del desarrollo de la actividad turística cantonal, conforme a principios, derechos y obligaciones contempladas en la Constitución del Ecuador, la Ley de Turismo, la normativa nacional vigente e instrumentos internacionales.
Este trámite consiste en la renovación de la Licencia Única Anual de Funcionamiento que constituye la autorización legal otorgada por el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Zaruma a los establecimientos y/o empresas turísticas registradas y dedicadas a actividades y servicios turísticos ubicados en la jurisdicción del cantón Zaruma.
El presente trámite lo pueden realizar las personas naturales, jurídicas, privadas o públicas de nacionalidad ecuatoriana o extranjera que deseen prestar servicios turísticos dentro de la jurisdicción del cantón Zaruma.
Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Renovación de la Licencia Única Anual de funcionamiento para establecimiento turísticos del cantón zaruma
Nota: Si no ha realizado los pagos del 1*1000 en la Dirección de turismo hasta el año 2020, deberá seguir el proceso de registro en SITURIN (Sistema de Turismo Inteligente) y registrar los años impagos.
Canales de atención: Presencial.
La tasa para la concesión de la LUAF se establecerá de acuerdo al artículo 39 de la Ordenanza que Regula, Planifica, Controla y Gestiona las Facultades y Atribuciones para el desarrollo de las actividades turísticas en el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Zaruma, publicada en el Registro Oficial como Edición Especial No. 233 el 28 de mayo del 2025. De acuerdo a la siguiente clasificación:
Lugar: Edificio Municipal, ubicado en la Plaza de la Independencia y calle 9 de Octubre.
Horario: lunes a viernes de 08H00 a 12H30 y de 13H30 a 17H00.
De acuerdo al Artículo 42 de la Ordenanza que Regula, Planifica, Controla y Gestiona las Facultades y Atribuciones para el desarrollo de las actividades turísticas en el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Zaruma, la LUAF tendrá validez durante el año fiscal en que se otorga y los sesenta (60) días calendario del año siguiente, como lo establece el art. 55 del Reglamento General de aplicación a la Ley de Turismo.
Contacto: Unidad de Promoción y Difusión Turística
Email: turismo@gadzaruma.gob.ec
Teléfono: 07 2973533
Art. 13.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL PRESTADOR DE SERVICIO DE ALOJAMIENTO TURÍSTICO EN INMUEBLES HABITACIONALES. - Al obtener el Registro de Turismo, estos establecimientos serán considerados parte del catastro turístico cantonal y deberán obtener la licencia única anual de funcionamiento para ejercer los mismos derechos, obligaciones e incentivos establecidos para el resto de prestadores de servicios turísticos dispuestos en el ordenamiento jurídico y en las ordenanzas respectivas.
Art. 37.- REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DE LA LUAF. - Para obtener la LUAF, los sujetos que ejercen actividades turísticas deberán presentar al GAD Municipal de Zaruma, la siguiente documentación ya sea de manera física en el Unidad de Promoción y Difusión Turística del GAD Municipal de Zaruma o de manera virtual al correo electrónico: (...).
Art. 39.- TARIFARIO DE LUAF. - El GAD Municipal del cantón Zaruma, podrá cobrar por concepto de tasa para la concesión de la LUAF, el máximo establecido por la Autoridad Nacional de Turismo. Sin perjuicio de lo indicado, podrá establecer valores inferiores de cobro al límite máximo señalado por la Autoridad Nacional de Turismo siguiendo el trámite correspondiente.
Fecha de última actualización: 2025/09/15