Una vez concluida la obra de edificación con el sistema de prevención aprobado en el plano y debidamente instalado y listo para operar, la persona interesada o profesional de la obra debe presentar en el Cuerpo de Bomberos de Santo Domingo, la solicitud de permiso de ocupación.
Persona Natural-Ecuatoriana; Persona Natural-Extranjera; Persona Jurídica Pública; Persona Jurídico Privada
Este trámite debe realizarlo toda persona natural o jurídica que se encuentre gestionando construcciones que superen los 500m2 de construcción
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Obtener permiso
Oficio dirigido al Responsable de la Unidad de Prevención (Generar en la plataforma de servicios en línea)
Copia de planos y memoria técnica aprobados previamente por el Cuerpo de Bomberos
Anexo fotográfico del Sistema contra Incendios Instalado
Informe técnico del sistema contra incendios instalado
1) El usuario genera la solicitud de ingreso en la plataforma de servicios en línea e ingresa los documentos por ventanilla.
2) El trámite pasa al Responsable de la Unidad de Prevención e Ingeniería del Fuego quien procede a la revisión e inspección del proyecto que solicita el permiso de ocupación, en el lapso de 8 días laborables.
3) Una vez revisado y aprobado el proyecto, el Coordinador de Prevención genera la orden de cobro y el usuario procede a cancelar en ventanilla.
4) Realizado el pago, el profesional encargado de la revisión de planos procede a emitir el Permiso de Ocupación y Habitabilidad.
Canales de atención: Presencial.
EL 5% DEL SBU
Cuartel General de Cuerpo de Bomberos
Dirección: Coop. Santa Martha Sector 3, Av. Jacinto Cortez y Jorge Icaza
Horario de atención: De Lunes a viernes de 8h00 a 13h00 y de 14h00 a 16h00, sábados de 8h00 a 13h00
Contacto: Unidad de Prevención e ingenieria de fuego
Email: djimenez@cbsd.gob.ec
Teléfono: 02 39395930 105
Las municipalidades no podrán aprobar los planos de establecimientos industriales, fabriles, de concentración de público y de edificaciones de más de cuatro pisos, sin haber obtenido previamente el visto bueno del Primer Jefe del Cuerpo de Bomberos de la respectiva localidad en cuanto a prevención y seguridad contra incendios.
Si una vez concluida la edificación, ésta no guardare conformidad con los planos aprobados en cuanto a prevención y seguridad contra incendios, el nombrado Jefe del Cuerpo de Bomberos exigirá el inmediato cumplimiento de las medidas preventivas, previamente a la ocupación de tal edificación.
Es el aval técnico, en cuanto en la prevención, y seguridad contra incendios, que el CB-GADM-SD emite sobre un proyecto de construcción previamente aprobado, de acuerdo a lo que establece el Art. 53 de Ley de Defensa Contra Incendios.
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
---|---|---|---|
1 | 2023-01 | 0 | 0 |
2 | 2023-02 | 0 | 1 |
3 | 2023-03 | 0 | 0 |
4 | 2023-04 | 0 | 0 |
5 | 2022-01 | 0 | 0 |
6 | 2022-02 | 0 | 1 |
7 | 2022-03 | 0 | 0 |
8 | 2022-04 | 0 | 0 |
9 | 2022-05 | 0 | 0 |
10 | 2022-06 | 0 | 0 |
11 | 2022-07 | 0 | 0 |
12 | 2022-08 | 0 | 0 |
13 | 2022-09 | 0 | 0 |
14 | 2022-10 | 0 | 0 |
15 | 2022-11 | 0 | 0 |
16 | 2022-12 | 0 | 0 |
17 | 2021-01 | 0 | 0 |
18 | 2021-02 | 0 | 0 |
19 | 2021-03 | 0 | 0 |
20 | 2021-04 | 0 | 0 |
21 | 2021-05 | 0 | 0 |
22 | 2021-06 | 0 | 0 |
23 | 2021-07 | 0 | 0 |
24 | 2021-08 | 0 | 0 |
25 | 2021-09 | 0 | 0 |
26 | 2021-10 | 0 | 0 |
27 | 2021-11 | 0 | 0 |
28 | 2021-12 | 0 | 0 |
Fecha de última actualización: 2023/01/23