DONACIÓN DE BIENES

Información proporcionada por: Registro de la Propiedad del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Mejía (GADMCM-RPM)

La donación es un contrato a través del cual se transfiere de manera gratuita un bien a otra persona que acepta dicha transferencia. Las partes en este acuerdo se denominan donante y donatario, siendo el primero el que transfiere el bien y el segundo el que lo recibe.

 

¿A quién está dirigido?

Toda persona natural o jurídica, nacional o extranjera que esté en pleno goce de sus derechos de ciudadanía y que haya recibido la donación de un bien inmueble en el cantón en el que proceda la inscripción.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Razón de Inscripción de Donación

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Primera y Segunda Copia de la escritura Pública de Donación
  2. Actualización Catastral, adquirido en el GAD Municipal, emitida por la Dirección de Avalúos y Catastros y firmada y sellada por el Notario.
  3. Certificado de Gravamen del bien inmueble, vigente.
  4. Carta de impuesto predial del año en curso.
  5. Declaración del impuesto a la Renta sobre ingresos provenientes de herencias, legados y donaciones; y su anexo, emitido y sellado por el Servicio de Rentas Internas, con el respectivo comprobante de pago de dicho Impuesto.
  6. Pago del arancel a favor del Registro de la Propiedad a través de los mecanismos de recaudación habilitados que se describen en la sección "Costos".

 

NOTA:
*Escritura Pública: Documento realizado ante un notario que evidencia una donación.
*Certificado de Gravamen: Documento obtenido mediante un trámite ante el Registro de la Propiedad.
 

Requisitos Especiales:

  • En caso de Donación de padres a hijos menores de edad, estos deben estar representados por sus abuelos paternos o maternos.

¿Cómo hago el trámite?

TRÁMITE PRESENCIAL:

1. Ingresar el trámite con los requisitos establecidos en las oficinas del Registro del Cantón Mejía.
2. Subsanar observaciones (en caso de existir).
3. Realizar el pago según las formas aceptadas.
4. Retirar la razón de inscripción.

INFORMACIÓN ADICIONAL:

  1. En caso de que existan observaciones, el usuario deberá proporcionar la documentación subsanada .
  2. El plazo para subsanar las observaciones es de máximo 60 días.

Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El costo del contrato es  acorde a lo que establece al Ordenanza Sustitutiva que regula la Organización Administración y Funcionamiento del Registro de la Propiedad del Cantón Mejía. 

Art. 34.- Los aranceles.- Los aranceles que pagarán los usuarios del Registro de la Propiedad del Cantón Mejía son los siguientes:

1. Por calificación e inscripción de los actos que contenga en la constitución, modificación, transferencia o trasmisión de dominio, adjudicaciones y extincion de derechos reales o personales sobre los muebles e inmuebles, así como la imposición de gravámenes o limitaciones de dominio, y cualquier otro acto similar, de acuerdo a la siguiente tabla:

Tabla de Cobro

NOTA:
Los pagos se realizarán en la Tesorería del GAD. Municipal del Cantón Mejía.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Horario: Lunes a Viernes de 07h00 a 14h00.-  Sábado de 08h00 a 13h00.

TRÁMITE PRESENCIAL:
Provincia de Pichincha, cantón Mejía, ciudad Machachi, calle Simón Bolívar N30 - N32 y García Moreno. Frente al Parque Central.

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

Donación por causa de muerte es lo mismo que donación revocable; y donación entre vivos lo mismo que donación irrevocable.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Unidad de Atención al Usuario

Email: registrodelapropiedaddemejia@hotmail.com

Teléfono: 3819250 ext 523


Fecha de última actualización: 2020/06/13