EXPROPIACIÓN

Información proporcionada por: Registro de la Propiedad del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Mejía (GADMCM-RPM)

La expropiación es un acto jurídico mediante el cual el Estado, fundamentado en razones de interés público, social o de utilidad general, adquiere la propiedad de un bien que pertenece a un particular. Este procedimiento se realiza respetando los derechos del propietario, garantizando el pago de una indemnización justa y proporcional al valor del bien expropiado, de acuerdo con las normas legales vigentes.

¿A quién está dirigido?

A este trámite pueden acceder, en calidad de beneficiarios de un proceso de expropiación, las siguientes categorías: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana y Persona Natural - Extranjera.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Razón de Inscripción

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

1. Certificado de Rentas de no generar impuestos.
2. Certificado de gravámenes actualizado.
3. Formulario de actualización catastral debidamente firmada y sellada por la dependencia competente y la Notaría

Requisitos Especiales:

a ) Por mutuo acuerdo
Escritura pública que contiene el acuerdo de justo precio y transferencia del bien inmueble                    

b) En caso de no darse un acuerdo
Acto administrativo ordenando la expropiación                                                                                                                               

c) En caso de darse impugnación judicial
Sentencia ejecutoriada protocolizada ante el Notario

¿Cómo hago el trámite?

TRÁMITE PRESENCIAL:

  1. Ingresar el trámite con los requisitos establecidos, en las oficinas del Registro de la Propiedad del cantón Mejia.
  2. Subsanar observaciones (en caso de existir).
  3. Realizar el pago según las formas aceptadas.
  4. El Registro de la Propiedad efectúa la inscripción y marginación de la documentación presentada.
  5. El Registro de la Propiedad efectúa la inscripción de la documentación presentada.
  6. La razón de inscripción será enviada al correo electrónico proporcionado.

      NOTA:

  1.  En caso de existir observaciones, el usuario deberá proporcionar la documentación subsanada.
  2. El plazo para subsanar las observaciones es de máximo de 60 días.

Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El costo del contrato es  acorde a lo que establece al Ordenanza Sustitutiva que regula la Organización Administración y Funcionamiento del Registro de la Propiedad del Cantón Mejía.

Art. 34.- Los aranceles.- Los aranceles que pagarán los usuarios del Registro de la Propiedad del Cantón Mejía son los siguientes:

1. Por calificación e inscripción de los actos que contenga en la constitución, modificación, transferencia o trasmisión de dominio, adjudicaciones y extinción de derechos reales o personales sobre los muebles e inmuebles, así como la imposición de gravámenes o limitaciones de dominio, y cualquier otro acto similar, de acuerdo a la siguiente tabla:

NOTA:

     Los pagos se realizarán la Tesorería Municipal del G. A. D. Municipal del cantón Mejía  

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Horario: Lunes a Viernes 08:00 a 17:00

Tramite Presencial:

Provincia de Pichincha, cantón Mejía, ciudad de Machachi, calle Simón Bolívar N30 - N32 y García Moreno, frente al parque central.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Atención al Usuario

Email: edison.ulloa@municipiodemejia.gob.ec

Teléfono: 02 3819250 ext. 524


Fecha de última actualización: 2026/03/30

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