AUMENTO DE CAPITAL SUSCRITO

Información proporcionada por: Registro de la Propiedad del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Mejía (GADMCM-RPM)

El aumento de capital es el acto mediante el cual una compañía incrementa el valor de su capital social previamente inscrito, ya sea a través de nuevos aportes de los socios, la incorporación de nuevos inversionistas o la capitalización de recursos existentes; en este contexto, las personas naturales o jurídicas legalmente constituidas en el cantón Mejía, así como las sucursales de compañías extranjeras domiciliadas en dicha jurisdicción, podrán inscribir el aumento o incremento del valor del capital de una compañía previamente registrada, conforme a la normativa vigente.

¿A quién está dirigido?

A este trámite pueden acceder, en calidad de beneficiarios de un aumento de capital suscrito, las siguientes categorías: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana y Persona Natural - Extranjera.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Razón de Inscripción

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

1. Copia del RUC.
2. Presentar al menos tres testimonios de la escritura pública de aumento de capital, (con  la  correspondiente razón de inscripción y las respectivas marginaciones notariales en la escritura de constitución de la Compañía). Testimonios que deben tener  el  mismo número de  fojas  y  todas deben estar  rubricadas por el notario ante  el que  se otorgó la escritura.            
3. Si el aumento de  capital se  realizare con  bienes inmuebles, previo a la inscripción en  el Registro Mercantil se deberá efectuar la inscripción de  la escritura  en  el  Registro  de  la  Propiedad.                                 
4. Constando como habilitante el acta de Directorio o de la Junta General sea Ordinaria, Extraordinaria o Universal de accionistas o socios, que resolvió el aumento del capital.
5. Cuando sea por documento privado no tendrá aplicación para las compañías que realizaren actividades relacionadas con operaciones financieras, de mercado de valores o de seguros, y otras que tengan un tratamiento especial, de acuerdo con leyes especiales o sectoriales, ni en el caso de las compañías de economía mixta o aquellas en las que una entidad estatal sea accionista. En documento privado no se necesita la razón de marginación notarial de la escritura de constitución.    
6. Se requiere como habilitante a la escritura o en documento privado el nombramiento actualizado del Representante Legal.
7. En caso de documento privado, adjuntar el documento por el que se realizó la convocatoria de acuerdo a los estatutos.     
8. Dentro de la escritura de aumento de capital deberá haber una cláusula de declaración juramentada de la correcta integración del capital.
9. Dentro de la escritura de aumento deberá existir una cláusula de declaración juramentada manifestando que dicha compañía no tiene contratos con el Estado; si dicha compañía tiene contratos con el Estado, adjuntar el certificado que se encuentra al día en sus obligaciones con el IESS. 
10. En el caso de que la compañía sujeta del aumento sea una compañía inscrita en el Registro de Mercado de Valores o que se una Holding que voluntariamente hubiere conformado grupos empresariales, o que fuere de economía mixta, dicho aumento deberá ser aprobado previamente por la Superintendencia de Compañías Valores y Seguros. 
11. Formulario “Conozca su Cliente” (solicitar en el Registro de la Propiedad).

¿Cómo hago el trámite?

TRÁMITE PRESENCIAL:

  1. Ingresar el trámite con los requisitos establecidos, en las oficinas del Registro de la Propiedad y Mercantil del cantón Mejía.
  2. Subsanar observaciones (en caso de existir).
  3. Realizar el pago según las formas aceptadas.
  4. El Registro Mercantil efectúa la inscripción y marginación de la documentación presentada.
  5. Retirar la razón de inscripción.

Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

Resolución No. 002-NG-DINARDAP-2016

El valor a cobrarse por los actos y contratos identificados como de cuantía determinada, se calcularán tomando en cuenta el rubro fijo de USD $25.00 mas el 0.5 % del valor de la cuantía determinada en el acto o contrato.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Horario: Lunes a Viernes 08:00 a 17:00

Tramite Presencial:

Provincia de Pichincha, cantón Mejía, ciudad de Machachi, calle Simón Bolívar N30 - N32 y García Moreno, frente al parque central.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Atención al Usuario

Email: edison.ulloa@municipiodemejia.gob.ec

Teléfono: 02 3819250 ext. 524


Fecha de última actualización: 2026/03/30

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