Es un impuesto que establece la Ley (COOTAD), a las transferencias o traspaso del derecho de propietario de bienes inmuebles (lotes, departamentos, casas, parqueaderos, etc.)
Este trámite está dirigido a todos los Ciudadanos mayores de 18 años de edad, naturales o jurídico que necesiten de este tipo de tramite emitido por el Área de tesorería del GADM de Salitre.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Emisión de Título de pago de Impuesto a las Alcabalas
1. Copia de la minuta y el aviso de la notaria.
2. Copia de Cédula de Ciudadanía del (los) vendedores y compradores.
3. Copia del impuesto predial del periodo actual.
4. Copia del Certificado de Avalúo.
5. Copia de la Ficha Registral.
1. Acudir a la ventanilla de rentas con los requisitos establecidos para el pago del impuesto a las alcabalas
2. Se realiza el pago del impuesto según el calculo realizado por el oficinista
3. Se entrega el titulo de crédito por el pago del impuesto a la alcabalas al usuario en la misma ventanilla.
Canales de atención: Presencial.
1% de el avalúo o la cuantía del contrato
30% del impuesto causado (Junta de Beneficiencia)
0.1% del impuesto caudado (Prefectura )
Municipio de Salitre - Juan Montalvo S/N entre Sucre y Bolívar
08H00 a 12H00
13H00 a 17H00
Fecha de última actualización: 2021/05/12