LUAF.- Licencia Única Anual de Funcionamiento constituye la autorización legal otorgada por el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de San Miguel de Ibarra a los establecimientos turísticos, sin la cual no puede operar dentro de la Jurisdicción del Cantón. Previo a la obtención de esta Licencia toda persona natural o jurídica que preste servicios turísticos deberá satisfacer el valor de la tasa correspondiente fijada en la Ordenanza y los Acuerdos Ministeriales vigentes.
Las actividades turísticas podrán ser desarrolladas por personas naturales o jurídicas que se dediquen a la prestación remunerada, de modo habitual o por temporada de actividades turísticas. Siempre que cumplan con los requisitos estipulados en la Ley Especial de Desarrollo Turístico y sus Reglamentos, así como que se satisfagan las tasas. De conformidad a los acuerdos ministeriales vigentes.
SITURIN .- Es una herramienta que permite realizar el registro, recategorización, reclasificación, actualización, inactivación y reingreso de establecimientos en las actividades de alojamiento, alimentos y bebidas, operación e intermediación turística.
MINTUR.- El Ministerio de Turismo ejerce la rectoría, regulación, control, planificación, gestión, promoción y difusión, a fin de posicionar al Ecuador como un destino turístico preferente por su excepcional diversidad cultural, natural y vivencial en el marco del turismo consciente como actividad generadora de desarrollo socio económico y sostenible.
RUC.- Es un instrumento que tiene por función registrar e identificar a los contribuyentes con fines impositivos y proporcionar esta información a la Administración Tributaria. Sirve para realizar alguna actividad económica de forma permanente u ocasional en el Ecuador.
RIMPE.- El Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares (RIMPE) es el nuevo régimen aplicable en Ecuador desde el 2022 que reemplaza al Régimen Impositivo Simplificado (RISE) y al Régimen de Microempresas.
UNO POR MIL.- La contribución del uno por mil sobre el valor de los activos fijos que deberán pagar anualmente todos los establecimientos prestadores de servicios al Ministerio de Turismo, conforme se disponga en el Reglamento de la Ley de Turimo.
Los beneficiarios son los empresarios turísticos quienes generan una actividad económica por la que requiere legalizar los documentos que les faculten a cumplir con el fin de su actividad económica.
Persona Jurídica.- Se considera persona jurídica o persona moral a la figura jurídica donde se genera la existencia de un individuo con derechos y obligaciones
Persona Natural o Extranjera.- Son todas las personas nacionales o extranjeras que realizan actividades lícitas. Es aquel individuo que al actuar en su propio nombre se ocupa de alguna o algunas actividades que la ley considera mercantiles.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Permiso de funcionamiento
1.- Certificado de Registro Turístico SITURIN donde consta categorización como establecimiento turístico emitido por el MINTUR
2.- Comprobante de pago del 1x1000 sobre el total de activos fijos emitido por el MINTUR
3.- Certificado de compatibilidad y Uso de Suelo
4.- Permiso otorgado por el cuerpo de bomberos
5.- Comprobante de pago de patente municipal
6.- Comprobante de pago de tasa de turismo
Lo puede realizar por vía telefónica, WhatsApp, dónde se comunicará con la persona responsable de atención en ventanilla al 0990703309, quien le entregará la información requerida para la obtención de LUAF. La atención se realizará en horario de 8:00 a 16.30 horas.
Por correo electrónico drosero@ibarra.gob.ec, por cual se receptará la documentación para la obtención de LUAF, la atención será de 8.00 a 16:30 horas, se dará atención de forma inmediata.
Una vez entregada la documentación completa la responsable de ventanilla enviará el trámite a la inspectora de turismo quien realizará una inspección y entrega de LUAF al término de 20 días laborales.
En forma presencial.- Puede acercarse a las oficinas del GAD-I ubicado en la García Moreno 6-31 y Bolívar en la ventanilla de turismo llevando los requisitos para la obtención de LUAF. La atención al ciudadano se realizará en forma presencial de 8.00 a 14:30 horas.
PROCEDIMIENTO
Canales de atención: Correo electrónico, En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial, Telefónico.
El costo del trámite es por pago de tasa de turismo, será de acuerdo a la categoría de la actividad económica emitida por el MINTUR, el cual lo pueden realizar en forma presencial en las ventanillas de recaudación de la 16 a la 21 en horario de 8:00 a 17:30 horas en el GAD-I ubicado en la García Moreno 6-31 y Bolívar.
Estimado contribuyente si usted necesita realizar el pago de impuestos, tasas o contribuciones por medio de transferencia bancaria o en ventanillas de la institución ponemos a su consideración las distintas formas de pago que las puede hacer a través del sistema financiero:
De requerir mayor información por favor llamar a los números de teléfono 2611328, 2610722, 2950512 (ext.1441) 0996518374, 0986059800
La atención al ciudadano se realizará en forma presencial, puede acercarse a las oficinas del GAD-I Ventanilla 13, ubicado en la García Moreno 6-31 y Bolívar en la ventanilla de turismo llevando los requisitos para la obtención de LUAF en horario de 8:00 a 15:30 horas.
Por vía telefónica la atención se realizará en horario de 8:00 a 17:30 horas
A través de correo electrónico la atención será de 8:00 a 15:30 horas
La persona natural o jurídica lo podrá realizar el trámite de la Licencia Única Anual de Funcionamiento (LUAF) una sola vez cada año, debido a que la LUAF tendrá validez hasta el 30 de abril.
Fecha de última actualización: 2023/02/22