ORDENANZA QUE REGLAMENTA LA UBICACIÓN, RE UBICACIÓN, OCUPACIÓN, ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO, CONTROL DE EXPENDIO Y CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN EL CANTÓN CENTINELA DEL CÓNDOR.
Bajo esta ordenanza, se otorga el Permiso de Funcionamiento por parte de Comisaría, a todo tipo de establecimiento que venda bebidas alcohólicas.
Este permiso tiene validez desde el mes de enero (o desde cuando se lo tramite) hasta el 31 de diciembre del año en calendario.
Vencido el permiso, tiene 30 días para renovarlo.
Excedido el plazo de renovar el permiso, se cobrará una multa del 0,50% (2,41$) de una remuneración mensual básica unificada del trabajador en general.
Los beneficiarios del trámite de permiso de funcionamiento anual comprenden una diversidad de actores que participan en actividades económicas y administrativas dentro de una jurisdicción determinada. En primer lugar, se encuentran las personas jurídicas privadas, como empresas, compañías, asociaciones o cooperativas, que requieren este permiso para operar de manera legal y cumplir con las normativas vigentes establecidas por las autoridades competentes. Este documento les permite desarrollar sus actividades comerciales de forma regular y segura.
Por otro lado, también se incluyen las personas jurídicas públicas, es decir, instituciones del Estado o entidades gubernamentales que, en determinados casos, necesitan este permiso para el desarrollo de actividades específicas dentro de su ámbito de acción. Esto contribuye a mantener un control adecuado y transparente de las operaciones institucionales.
Asimismo, las personas naturales ecuatorianas constituyen un grupo importante de beneficiarios, ya que muchos ciudadanos emprenden negocios propios y requieren este permiso para formalizar sus actividades económicas. Finalmente, las personas naturales extranjeras también pueden acceder a este trámite, siempre que cumplan con los requisitos legales establecidos, promoviendo así la inversión, el emprendimiento y la diversidad económica en el entorno local.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Permiso de Funcionamiento - Comisaria
Consulta del Certificado de no adeudar al Municipio : https://consulta.gadcentineladelcondor.gob.ec/#forward
Requisitos para obtener el Permiso de Funcionamiento por primera vez
Solicitud dirigida al alcalde.
Copia de cédula de ciudadanía y certificado de votación.
Comprobante de pago de la Patente Municipal.
Copia del RUC actualizado.
Copia del permiso de la entidad de GEPROSEI.
Ficha de inspección por parte de Comisaría Municipal.
Permiso de la Intendencia General de Policía del año anterior, en los nuevos establecimientos se exigirá el permiso actualizado.
Para las galleras deberán presentar copia certificada de pertenecer a la Organización Provincial.
Presentar el certificado de Uso de Suelo otorgado por la Dirección de Planificación de la municipalidad, únicamente para bares, cantinas, discotecas, karaokes, galleras, licoreras, night clubs, centros de diversión nocturna, moteles y bodegas de distribución.
Certificado de No Adeudar al Municipio.
Certificado de la Licencia Ambiental aprobada por el MAE.
Certificado del Plan de Contingencia aprobado por el GAD de Centinela del Cóndor.
El permiso de funcionamiento anual es obligatorio para varias actividades comerciales como tiendas, bares, discotecas, galleras, hoteles, moteles, cabarets, karaokes, cantinas, bodegas, licorerías, micromercados, salones de recepción y night clubs. Todos estos establecimientos deben obtener este permiso para operar legalmente; en caso de no hacerlo, se procederá a la clausura del local en coordinación con la Comisaría, la Policía Nacional y el Cuerpo de Bomberos.
Según la ordenanza que regula la ubicación, organización, funcionamiento y control del expendio y consumo de bebidas alcohólicas en el cantón Centinela del Cóndor, la Comisaría es la entidad encargada de otorgar este permiso a los establecimientos que vendan bebidas alcohólicas.
El permiso tiene vigencia desde el mes de enero, o desde la fecha en que se tramite, hasta el 31 de diciembre del mismo año. Una vez vencido, el propietario cuenta con 30 días para renovarlo. Si no se cumple con este plazo, se aplicará una multa equivalente al 0,50% de la remuneración básica unificada. Además, se debe cumplir con el pago de la patente y del permiso de funcionamiento correspondiente según la actividad comercial.
Canales de atención: Presencial.
El valor del permiso anual varía según el tipo de establecimiento.
El 5% ($24,10) de la remuneración básica unificada para restaurantes y tiendas.
El 7% ($33,74) de la remuneración básica unificada para soda bar, locales de abarrotes, comercios, comisariatos, micro mercados, salones de recepción, bodegas de distribución, licores, hoteles;
El 15% ($72,30) de la remuneración básica unificada para bares, cantinas, billares, karaokes, hosterías, galleras y cualquier otro centro de diversión nocturna;
El 25% ($120,5) de la remuneración básica unificada para el funcionamiento de discotecas y moteles.
El 50% ($241) de la remuneración básica unificada para night clubs, cabarets, prostíbulo, casa de citas.
Horario:
8:00 am hasta 12:00 am
13:00pm hasta 17:00 pm
12 meses- Permiso Anual.
Fecha de última actualización: 2026/04/06