Particiones

Permite a la ciudadanía en general el brindar la información requerida y nescesaria para la distribución pareja, equitativa y legal dentro de las reparticiones de herencia en las propiedades causadas.

¿A quién está dirigido?

Son beneficiarios de este trámite todas las personas Natural-Ecuatoriana, Natural-Extranjera que consten como herederos y requieran hacer una partición sobre los bienes heredados en el cantón El Carmen.

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Informe de partición aprobado por concejo legislativo.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

1. Copia de escritura 
2. Certificado del registro de la propiedad 
3. Certificado de no adeudar 
4. Copia de cédula de todos 
5. Planos y CD -3 Planos A-3. 
6. Formulario de fraccionamiento 
7. Formulario de avalúos y catastros 
8. Correo electrónico y número telefónico   
9. Posesión efectiva de herederos  
10. Proyecto de minuta de ser el caso

Requisitos Especiales:

Poder especial (cuando uno o varios de los herederos no pueden presentarse por sus propios derechos para realizar el trámite y designa(n) a un tercero)

¿Cómo hago el trámite?

1. El usuario entrega una carpeta con todos los requisitos
2. Elaboración del respectivo informe de los arquitectos
3. Dependiendo del informe favorable se la envia a Jurídico y luego a sesión de Concejo para su aprobación


Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

De acuerdo al área de terreno y ubicación
VALORES FIJOS
*Formulario de Fraccionamiento= $2,13
*Formulario avaluos y catastro = 3 % del salario mínimo (Timbre y componente) 
*Certificado de no adeudar = 0,30% del salario mínimo (COMPONENTE PRINCIPAL +  TIMBRE DE SOLICITUD)

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Edificio Municipal-Departamento de Planificación Urbana y Rural, Avenida Chone y calle Libertad
Horario de Atención de 08:00 am -17:00pm

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

Prescribe el acto administrativo después de tres años si no se realiza el pago por la compra del bien inmueble o no se legaliza mediante la escritura inscrita en el Registro de la Propiedad

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Dirección de Planificación Urbana y Rural

Email: alcaldia@gadmec.gob.ec

Teléfono: 2660010


Fecha de última actualización: 2022/06/11