 
    
        
    
    
    
    
            
            Este trámite está dirigido para los habitantes de la Provincia de Chimborazo, que deseen cambiar la tarifa de su medidor ya sean personas jurídicas privadas o públicas; al igual que para personas naturales nacionales o extranjeras.
         
        
    
            ¿A quién está dirigido?
        Este trámite podrá ser solicitado cuando un cliente considere la aplicación de una tarifa distinta a la que recibe porque cambió de actividad o tiene un uso de energía eléctrica diferente al contratado.
 
                    Dirigido a:
                                                                                                                                                                                                Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
            
               
    
            
            
                
                
                ¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?
                
            
            
                                    
                         Al completar satisfactoriamente el trámite, obtendrá el cambio de tarifa solicitado
                    
                             
         
        
    
             ¿Qué necesito para hacer el trámite?
                    Requisitos Obligatorios:
            
	- Original de la cédula de ciudadanía y papeleta de votación
- Número de medidor o número de suministro eléctrico.
- Foto actual fachada principal.
- Estar al día en el pago del servicio de energía eléctrica.
- Número de teléfono celular y convencional.
- Correo electrónico.
- Llenar formulario: “Reubicación, Cambio de Tarifa o Cambio de Medidor”(CLI.822.FO.04).
 Formatos y anexos
        
        
             ¿Cómo hago el trámite?
        
        
            
	- El cliente entrega la documentación en las ventanillas de Atención al Cliente o a través de los canales de atención.
- En caso de que el usuario desee realizar el trámite de forma digital, lo puede hacer por medio de correo electrónico: tramites@eersa.com.ec, adjuntando los requisitos ya descritos, junto con el formulario que puede descargarse de la página web institucional www.eersa.com.ec.
- El auxiliar de clientes o el administrador de agencia, verifica la documentación y la información en los sistemas informáticos pertinentes, e ingresa la solicitud en el CIS/CRM de SAP. 
- Se realiza la verificación del uso de energía mediante una inspección en el sitio, por parte del personal de la EERSA.
- Si el cambio de tarifa es aprobado, se procede a actualizar la tarifa a partir de la siguiente emisión de facturas, caso contrario se comunica al cliente la imposibilidad de ejecución de su solicitud.
- Si el trámite se ingresa por canal digital de acuerdo a lo detallado en el previo numeral se envía la respuesta vía correo electrónico en el caso de faltar requisitos, o se envía el número de orden de trabajo de la inspección respectiva, informando también por este mecanismo el resultado de la inspección, ya sea que se aprobó o se negó el pedido del usuario. 
- Si la solicitud de cambio de tarifa se aprueba, el usuario puede continuar con el trámite por canal digital, si cuenta con firma electrónica, para la suscripción del nuevo contrato de suministro; caso contrario, debe imperiosamente acercarse a las ventanillas de atención al cliente o agencias rurales para la firma física del nuevo contrato de suministro. 
- La fecha de inicio de contrato con la nueva tarifa (en caso de aprobación del pedido de cambio) inicia a partir del siguiente día de la última fecha de facturación, esto con el fin de que el nuevo periodo de lectura conserve una sola tarifa y no exista días con la tarifa original y días con la nueva tarifa dentro de un mismo periodo de lectura[1]facturación. 
- Al generar un cambio de tarifa, se presenta un ajuste del depósito de garantía de acuerdo a la tarifa asigna por el Departamento de Acometidas y Medidores, o por la Agencia Cantonal que atiende el pedido, dependiendo de la nueva tarifa asignada y la carga declarada, dando como resultado un valor monetario a favor o a pagar por el usuario, valor que será facturado en el siguiente periodo de facturación y emitido en la respectiva planilla.
 
                    Canales de atención:
                                                                                                                                                            Correo electrónico, En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.
            
                 ¿Cuál es el costo del trámite?
            El trámite no tiene costo
                 ¿Dónde y cuál es el horario de atención?
        El horario de atención de clientes es de lunes a viernes de 07:30 a 16:30 Trabajamos Ininterrumpidamente.
Dirección Matriz Riobamba: Juan Larrea 22-60 y Primera Constituyente
Las agencias en las que se puede realizar este trámite son:
AGENCIA CUMANDA: Salida Suncamal Av. de los Puentes y Jaime Cabrera
AGENCIA PALLATANGA: Av. José Velasco Ibarra e Irvin Aiken
AGENCIA ALAUSI: 9 de Octubre entre García Moreno y Villalva
AGENCIA CHUNCHI: Quito y Capitán Ricaurte
            
            
            
                
            
            
                
                    
                    
                        
                            Contacto:
                            Atención al cliente
                        
                                                
                            Email:
                            tramites@eersa.com.ec
                        
                        
                                                                        Teléfono:
                        Línea directa 136, (03) 2994890 y WhatsApp 0996199999
                        
                                             
                 
             
         
        
    
    
            
        
        
    
        
        
            
                
                    
                        | # | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones | 
                
                
                                            
                            | 1 | 2025-01 | 0 | 43 | 
                                            
                            | 2 | 2025-02 | 0 | 42 | 
                                            
                            | 3 | 2025-03 | 0 | 47 | 
                                            
                            | 4 | 2025-04 | 0 | 47 | 
                                            
                            | 5 | 2025-05 | 0 | 24 | 
                                            
                            | 6 | 2025-06 | 0 | 47 | 
                                            
                            | 7 | 2025-07 | 0 | 36 | 
                                            
                            | 8 | 2025-08 | 0 | 39 | 
                                            
                            | 9 | 2025-09 | 0 | 54 | 
                                            
                            | 10 | 2024-01 | 0 | 32 | 
                                            
                            | 11 | 2024-02 | 0 | 23 | 
                                            
                            | 12 | 2024-03 | 0 | 43 | 
                                            
                            | 13 | 2024-04 | 0 | 37 | 
                                            
                            | 14 | 2024-05 | 0 | 22 | 
                                            
                            | 15 | 2024-06 | 0 | 36 | 
                                            
                            | 16 | 2024-07 | 0 | 55 | 
                                            
                            | 17 | 2024-08 | 0 | 111 | 
                                            
                            | 18 | 2024-09 | 0 | 50 | 
                                            
                            | 19 | 2024-10 | 0 | 42 | 
                                            
                            | 20 | 2024-11 | 0 | 30 | 
                                            
                            | 21 | 2024-12 | 0 | 31 | 
                                            
                            | 22 | 2023-01 | 0 | 25 | 
                                            
                            | 23 | 2023-02 | 0 | 19 | 
                                            
                            | 24 | 2023-03 | 0 | 40 | 
                                            
                            | 25 | 2023-04 | 0 | 61 | 
                                            
                            | 26 | 2023-05 | 0 | 20 | 
                                            
                            | 27 | 2023-06 | 0 | 35 | 
                                            
                            | 28 | 2023-07 | 0 | 40 | 
                                            
                            | 29 | 2023-08 | 0 | 46 | 
                                            
                            | 30 | 2023-09 | 0 | 36 | 
                                            
                            | 31 | 2023-10 | 0 | 42 | 
                                            
                            | 32 | 2023-11 | 0 | 42 | 
                                            
                            | 33 | 2023-12 | 0 | 43 | 
                                            
                            | 34 | 2020-08 | 0 | 27 | 
                                            
                            | 35 | 2020-09 | 0 | 43 | 
                                            
                            | 36 | 2020-10 | 0 | 57 | 
                                    
            
         
     
    
      
    
         
    
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        Fecha de última actualización: 2024/06/17