Inscripción de Reforma de Estatutos para Compañías y Sociedades.

Las personas naturales o jurídicas legalmente constituidas en el Ecuador o sucursales de compañías extranjeras domiciliadas en el país, podrán inscribir la Reforma de Estatutos para compañías y sociedades, previamente inscritas.

¿A quién está dirigido?

* Ciudadano mayor de 18 años nacional o extranjero
* Son todas las personas jurídicas legalmente constituidas en el Ecuador o sucursales de compañías extranjeras domiciliadas en el país que deseen inscribir la Reforma de Estatutos para compañías y sociedades, previamente inscritas.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Inscripción de Reforma de Estatutos

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

TRÁMITE EN LÍNEA:

De acuerdo al tipo:

* En caso de Sociedades (Aplica a Reforma de sociedades civiles y mercantiles, que no estuvieren bajo el control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías - Art. 18, numeral 29 de la Ley Notarial):

  1. Escritura pública de reforma de estatutos. PDF
  2. Oficio de Notario con Autorización de Inscripción. PDF                                                                                

* En caso de Compañías:

  1. Escritura pública de reforma de estatutos o Documento Privado. PDF
  2. Razón notarial de marginación. PDF
                                                                

TRAMITE PRESENCIAL:                                             

De acuerdo al tipo:

* En caso de Sociedades (Aplica a reforma de sociedades civiles y mercantiles, que no estuvieren bajo el control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías- - Art. 18, numeral 29 de la Ley Notarial):

  1. Un ejemplar de escritura pública de reforma de estatutos.
  2. Oficio de Notario con Autorización de Inscripción.                                                                                                                     

* En caso de Compañías:

  1. Un ejemplar de escritura pública de reforma de estatutos o Documento Privado.
  2. Razón notarial de marginación.

 

NOTAS:
* En caso que el trámite sea observado, se  deberá ingresar nuevamente la petición.
* Los documentos ingresados en línea  deben estar en formato PDF.
* No existe política la devolución de valores cancelados.

Requisitos Especiales:

En caso de solicitar el trámite en calidad de apoderado, debe contar con el Poder o carta de autorización debidamente suscrita en  formato PDF. para los trámites en línea.

¿Cómo hago el trámite?

TRÁMITE EN LÍNEA:

1. Pago a favor del Registro Mercantil del Cantón en donde solicite su inscripción a través de los mecanismos de recaudación digital habilitados, los cuales son:

- Intermático del Banco del Pacífico.

- Produbanco en Línea.

- Red de Servicios Facilito (https://dce.facilito.com.ec/Ubicanos/Index.aspx).

2. Ingresar en la opción "trámite en línea".

3. Llenar el formulario web, adjuntando el pago y los requisitos al formulario (debe ser legible y acorde al trámite).

    En el Formulario debe seleccionar una de las siguientes opciones:

NUEVO TRÁMITE: en caso de que usted este ingresando su solicitud por primera vez o su trámite aún no haya sido facturado.

REINGRESO DE TRÁMITE : Para ingresar pagos o subsanar documentos de un trámite ya solicitado anteriormente.

4. Recibir la proforma

5. Recibir la factura. (en caso de ingreso de nuevo trámite)

6. Subsanar observaciones (en caso de existir) reingresando el trámte en la plataforma gob.ec (opción trámite en línea).

7. Recibir la razón de inscripción.

TRÁMITE PRESENCIAL:

1.- Acudir a las oficinas del Registro Mercantil, respetando las medidas de bio seguridad determinadas por el COE cantonal y nacional.
2.- Ingresar el trámite con los requisitos establecidos en las oficinas del Registro Mercantil en el cual procede la inscripción.
3.- Realizar el pago según las formas aceptadas (efectivo o cheque certificado).
4.- Subsanar observaciones (en caso de existir).
5.- Retirar el trámite.

NOTA:
* El ciudadano que realice su trámite en línea, receptará observaciones y/o  la razón de inscripción a través del correo electrónico que registró en la petición en  el formulario en línea.
* Es responsabilidad del ciudadano revisar permanentemente el correo electrónico a fin de receptar y gestionar las observaciones (en caso de existir).
* El tiempo máximo para subsanar las observaciones es de 2 días posterior a la entrega de los mismos.
* En caso de que existan observaciones, el usuario deberá reingresar su trámite con la documentación subsanada y registrando los campos requeridos en el formulario web en la opción trámite en línea.
* El tiempo de atención para este trámite es de 3 días contados desde la  generación de la factura al usuario.
* Una vez que se reanude la atención presencial el usuario deberá entregar de manera obligatoria la documentación física que consta dentro de los requisitos en tres ejemplares, para lo cual tendrá 10 días laborables.

*  Recuerde que no existe política la devolución de valores cancelados.


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

$25.00 de la Reforma de Estatutos, más los valores de cada acto que se va a reformar.

Nota:

*  El pago en línea se realizará a través de:

- Intermático del Banco del Pacífico.

- Produbanco en Línea.

- Red de Servicios Facilito (https://dce.facilito.com.ec/Ubicanos/Index.aspx).

*  Verifique que el pago se realice en el Registro Mercantil en el que proceda su inscripción.

*  Recuerde que no existe política la devolución de valores cancelados.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

TRÁMITE EN LÍNEA:
La plataforma se encuentra disponible las 24 horas del día.

TRÁMITE PRESENCIAL:

Lunes a Viernes de 8h00 a 17h00.

 

Direcciones Mercantilescorreos

 

 

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

La inscripción de la Reforma de Estatutos para compañías y sociedades, está establecida con la fecha y hora en la cual fue generada.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: DIRECCIÓN DE CONTROL Y EVALUACIÓN

Email: incidencias.gobec@registrospublicos.gob.ec

Teléfono: 02-3154-124 ext 400/401

# Año-Mes Requerimientos Atenciones Quejas Denuncias
1 2025-01 87 87 0 0
2 2025-02 102 102 0 0
3 2025-03 85 85 0 0
4 2025-04 93 93 0 0
5 2025-05 111 111 0 0
6 2025-06 130 130 0 0
7 2025-07 119 119 0 0
8 2025-08 120 120 0 0
9 2025-09 163 163 0 0
10 2025-10 190 190 0 0
11 2025-11 78 78 0 0
12 2025-12 98 98 0 0
13 2024-01 77 77 0 0
14 2024-02 66 66 0 0
15 2024-03 81 81 0 0
16 2024-04 77 77 0 0
17 2024-05 94 94 0 0
18 2024-06 101 101 0 0
19 2024-07 138 138 0 0
20 2024-08 96 96 0 0
21 2024-09 95 95 0 0
22 2024-10 99 99 0 0
23 2024-11 94 94 0 0
24 2024-12 109 109 0 0
25 2023-01 69 0
26 2023-02 54 0
27 2023-03 67 0
28 2023-04 46 0
29 2023-05 123 123 0 0
30 2023-06 57 57 0 0
31 2023-07 98 98 0 0
32 2023-08 85 85 0 0
33 2023-09 62 62 0 0
34 2023-10 76 76 0 0
35 2023-11 69 69 0 0
36 2023-12 61 61 0 0
37 2022-01 90 0
38 2022-02 122 0
39 2022-03 95 0
40 2022-04 85 0
41 2022-05 86 0
42 2022-06 77 0
43 2022-07 86 0
44 2022-08 79 0
45 2022-09 82 0
46 2022-10 71 0
47 2022-11 107 0
48 2022-12 103 0
49 2021-01 121 0
50 2021-02 90 0
51 2021-03 99 0
52 2021-04 181 0
53 2021-05 197 0
54 2021-06 203 0
55 2021-07 192 0
56 2021-08 134 0
57 2021-09 159 0
58 2021-10 127 0
59 2021-11 122 0
60 2021-12 98 0
61 2020-01 0 0
62 2020-02 0 0
63 2020-03 0 0
64 2020-04 0 0
65 2020-05 11 0
66 2020-06 159 0
67 2020-07 147 0
68 2020-08 141 0
69 2020-09 133 0
70 2020-10 156 0
71 2020-11 133 0
72 2020-12 146 0
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Fecha de última actualización: 2025/09/19

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