Otorgamiento del reconocimiento del certificado de Explotador de Servicios Aéreos (AOCR)

Emisión, modificación y renovación del Reconocimiento del Certificado de Explotador de Servicios Aéreos (AOCR)

Información proporcionada por: Dirección General de Aviación Civil (DGAC)

Trámite orientado para la emisión, modificación y renovación del Reconocimiento del Certificado de Explotador de Servicios Aéreos (AOCR) para los operadores aéreos extranjeros poseedores de un permiso de operación emitido por el Consejo Nacional de Aviación Civil (CNAC), utilizando como base el Certificado de Operador Aéreo (AOC) y sus especificaciones de Operación emitidas por la Autoridad Aeronáutica extranjera, de acuerdo a la Regulación Técnica de la Dirección de Aviación Civil RDAC 129 y a la Circular de Asesoramiento "Expedición del reconocimiento de explotador de servicios aéreos para las operaciones de los explotadores aéreos extranjeros" con código GCER-CR-001.

 

¿A quién está dirigido?

  • Compañías explotadores de servicios aéreos extranjeras, que tengan un permiso de operación, otorgado por el Consejo Nacional de Aviación Civil y que sean poseedores de un certificado de  operador aéreo (AOC), expedido por una Autoridad Aeronáutica Extranjera.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Reconocimiento del Certificado de Explotador de Servicios Aéreos Extranjeros (AOCR).

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

1.Solicitud para emisión, modificación y renovación del AOCR.
2. Factura, emitido por DGAC.
3. Certificado de operador aéreo extranjero.
4. Especificaciones relativas a las operaciones
5. Poder otorgado al representantes legal por parte de explotador aéreo extranjero.
6. Certificado de ruido.
7. Aprobación de la Lista de equipo mínimo (MEL).
8. Manual de Operaciones del país de origen.
9. Descripción del Plan de seguridad aeroportuaria.

10. Certificado de aeronavegabilidad.

¿Cómo hago el trámite?

Trámite Presencial

  1. Solicitar a la Dirección General el inicio del trámite para obtener el AOCR.
  2. Pagar los derechos por certificación a través de transferencia o depósito directo en cuenta bancaria como lo determina el área de Recaudación de la DGAC.
  3. Asistir a reunión de trabajo.
  4. Presentar la documentación aplicable y formularios.
  5. Solicitar las inspecciones de instalaciones y facilidades en las estaciones en las que desee operar.
  6. Recibir documento de Reconocimiento del AOC.

Trámite en Línea

  1. Ir al botón de formulario en línea.
  2. Llenar los campos solicitados.
  3. Adjuntar documentación requerida.
  4. Asistir a reunión de trabajo.
  5. Presentar la documentación aplicable, formularios.
  6. Solicitar las inspecciones de instalaciones y facilidades en las estaciones en las que desee operar.
  7. Recibir documento de Reconocimiento del AOC.

Nota: Para mayor información acerca del trámite comunicarse al correo: pablo_lomas@aviacioncivil.gob.ec


Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

Tiene un Costo de $ 3.300,00  No grava IVA.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Presencial: Dirección General de Aviación Civil
Quito: Buenos Aires OE1-53 y Av. 10 de Agosto  
(+593) 2 2947400 Ext. 4900 / 4911
Horarios de atención:
LUN - VIE
08:00 - 16:30

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

De acuerdo a la vigencia del permiso de operación otorgado por el Consejo Nacional de Aviación CIvil (CNAC).

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Dirección de Comunicación Institucional

Email: info@aviacioncivil.gob.ec

Teléfono: 022947400 ext. 5040

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 4
2 2025-02 0 0
3 2025-03 0 0
4 2025-04 0 1
5 2025-05 0 0
6 2025-06 0 2
7 2025-07 0 3
8 2025-08 0 2
9 2025-09 0 0
10 2025-10 0 0
11 2024-01 0 0
12 2024-02 0 1
13 2024-05 0 1
14 2024-06 0 0
15 2024-07 0 0
16 2024-08 0 1
17 2024-09 0 1
18 2024-10 0 0
19 2024-11 0 1
20 2024-12 0 1
21 2023-01 0 1
22 2023-02 0 0
23 2023-03 0 2
24 2023-04 0 1
25 2023-05 0 1
26 2023-06 0 3
27 2023-07 0 3
28 2023-08 0 1
29 2023-09 0 1
30 2023-10 0 4
31 2023-11 0 0
32 2023-12 0 1
33 2022-01 0 1
34 2022-02 0 0
35 2022-03 0 0
36 2022-04 0 1
37 2022-05 0 3
38 2022-06 0 1
39 2022-07 0 4
40 2022-08 0 2
41 2022-09 0 3
42 2022-10 0 6
43 2022-11 0 0
44 2022-12 0 0
45 2021-01 0 2
46 2021-02 0 2
47 2021-03 0 0
48 2021-04 0 0
49 2021-05 0 1
50 2021-06 0 1
51 2021-07 0 1
52 2021-08 0 5
53 2021-09 0 2
54 2021-10 0 0
55 2021-11 0 0
56 2021-12 0 0
57 2020-01 0 1
58 2020-02 0 5
59 2020-03 0 0
60 2020-04 0 0
61 2020-05 0 0
62 2020-06 0 0
63 2020-07 0 2
64 2020-08 0 3
65 2020-09 0 1
66 2020-10 0 1
67 2020-11 0 1
68 2020-12 0 1
69 2019-01 0 0
70 2019-02 0 5
71 2019-03 0 4
72 2019-04 0 4
73 2019-05 0 5
74 2019-06 0 5
75 2019-07 0 7
76 2019-08 0 7
77 2019-09 0 2
78 2019-10 0 2
79 2019-11 0 2
80 2019-12 0 3
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2026/01/01

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