Inscripción del convenio de conformación de mancomunidades o consorcios

Inscripción del convenio de conformación de mancomunidades o consorcios

Información proporcionada por: Consejo Nacional de Competencias (CNC)

Este trámite consiste en la inscripción de mancomunidades y consorcios en el Registro Público del Consejo Nacional de Competencias, como modelo de gestión asociativo para el ejercicio de competencias de los gobiernos autónomos descentralizados.

¿A quién está dirigido?

Este trámite está dirigido a:

  • Gobiernos Autónomos Descentralizados, que han decidido gestionar sus competencias a través de mancomunidades o consorcios y se encuentran en proceso de legalización.
  • Mancomunidades y consorcios de Gobiernos Autónomos Descentralizados.

Dirigido a: Persona Jurídica - Pública.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

INSCRIPCIÓN DE MANCOMUNIDAD O CONSORCIO INTEGRADO POR GOBIERNOS AUTÓNOMOS DESCENTRALIZADOS

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

1. Oficio dirigido al/la Secretario/a Ejecutivo/a, solicitando la inscripción de la mancomunidad o consorcio.

2. Original o copia certificada del convenio de conformación de la mancomunidad o consorcio.

3. Original o copia certificada de las resoluciones de los órganos legislativos de los gobiernos autónomos descentralizados miembros, a través de las cuales se aprueba la creación de la mancomunidad o consorcio. En caso de tratarse de gobiernos autónomos descentralizados parroquiales, se deben adjuntar las dos resoluciones dictadas por las juntas parroquiales rurales.

4. Original o copia certificada de la publicación en el Registro Oficial del convenio y las resoluciones.

Requisitos Especiales:

No aplica

¿Cómo hago el trámite?

INSCRIPCIÓN:

1. Oficio solicitando la inscripción de la mancomunidad o consorcio, al cual se deberán adjuntar los requisitos solicitados a través de la plataforma GOB EC

2. Se revisarán los requisitos entregados al Consejo Nacional de Competencias, a través de la plataforma GOB EC  .

3. De ser necesario Se remitirán notas al administrado a través de la plataforma GOB EC.

4. En caso de que se deban realizar correcciones a los documentos enviados, el  administrado deberá remitir por  correo electrónico los documentos corregidos para su revisión y aprobación-

5. El CNC procederá con la elaboración de un informe; si del informe se desprende la factibilidad jurídica para la inscripción de la mancomunidad o consorcio, se procederá con la inscripción.

6. Para la inscripción de la mancomunidad o consorcio, se elaborará la correspondiente ficha de inscripción

7. El CNC a través de oficio informará de la inscripción de la mancomunidad o consorcio y  remitirá tanto el oficio como la ficha de inscripción al correo electrónico registrado por el administrado.

8. Es importante determinar que si del informe se desprende que no es posible proceder con la inscripción, se elaborará un informe explicando las causas por las cuales no procede la inscripción y se remitirá ese informe a través de un oficio al correo electrónico registrado por el administrado.


Canales de atención: Correo electrónico, En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Lugar: Consejo Nacional de Competencias, Av. Amazonas entre Juan José Villalengua y Unión Nacional de Periodistas
Plataforma Gubernamental de Gestión Financiera, Bloque Rojo, Tercer Piso, Ala Sur
Horario de atención: 08h00 a 16h30.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Erika Mancheno

Email: emancheno@competencias.gob.ec

Teléfono: 02 383 4004

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2023-03 0 1
2 2023-11 0 1
3 2022-06 0 1
4 2021-10 0 1
5 2021-11 0 1
6 2021-12 0 1
7 2019-12 0 1
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2023/07/14