Este trámite permite que las Universidades y Escuelas Politécnicas puedan hacer cambios en su planta docente, cambios de director y/o comite Doctoral siempre y cuando,la nueva planta propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el Reglamento de Doctorados e instructivo para la aplicación del Reglamento de Doctorados y demás normativa que rige al Sistema de Educación Superior.
Los beneficiarios de este trámite son las Instituciones de educación superior del Ecuador como Universidades y Escuelas Politécnicas.
Dirigido a: Universidades y Escuelas Politécnicas (Instituciones de educación superior del Ecuador), legalmente constituidas y cualificadas por el CACES
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública.
Acuerdo de registro de las modificaciones de la planta académica.
1. Ser una institución de educación superior aprobada en el Ecuador.
2. Solicitud dirigida al Presidente/a del Consejo de Educación Superior (CES), en el cual se debe anexar:
Formularios:
- Anexo 5: Cambio de personal académico de programas de doctorado.
- Plantillas 1,4,5,6 y 7.
Trámite presencial por ventanilla:
1. Llenar el formulario y plantillas del Anexo 2 del Instructivo para la aplicación del Reglamento de Doctorados
2. Ingresar por ventanilla de la institución la solicitud dirigida al presidente/a del Consejo de Educación Superior junto con los requisitos para la ampliación de vigencia de los programas doctorales.
3. Adjuntar los documentos y respaldos conforme lo establece el formulario y plantillas del Anexo 2 del Instructivo para la aplicación del Reglamento de Doctorados.
4. En caso de que el CES tenga observaciones a la solicitud, comunicará al solicitante para las subsanaciones correspondientes, mediante correo electrónico o Quipux.
5. En caso de ajustes o correcciones las instituciones de educación superior tendrán un término de 10 días y de solicitar prórroga tendrá máximo 5 días.
6. Verificar el sistema de gestión documental Quipux (bandeja de entrada), en el cual recibirá la notificación de acuerdo emitido por parte de la Comisión de Doctorados, de ampliación de vigencia de los programas doctorales.
Trámite a través del correo electrónico o el Sistema de Gestión Documental Quipux:
1. Llenar el formulario y plantillas del Anexo 2 del Instructivo para la aplicación del Reglamento de Doctorados
2.Enviar la solicitud con la propuesta del programa de doctorado mediante el sistema de gestión documental Quipux, o al correo electrónico institucional: recepcióndocumentos@ces.gob.ec.
3. Adjuntar los documentos y respaldos conforme lo establece el formulario y plantillas del Anexo 2 del Instructivo para la aplicación del Reglamento de Doctorados.
4. En caso de que el CES tenga observaciones a la solicitud, comunicará al solicitante para las subsanaciones correspondientes, mediante correo electrónico o Quipux.
5. En caso de ajustes o correcciones las instituciones de educación superior tendrán un término de 10 días y de solicitar prórroga tendrá máximo 5 días.
6. Verificar el sistema de gestión documental Quipux (bandeja de entrada), en el cual recibirá la notificación de acuerdo emitido por parte de la Comisión de Doctorados, de ampliación de vigencia de los programas doctorales.
Canales de atención: Correo electrónico, Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).
El trámite no tiene costo
Modalidad presencial:
Consejo de Educación Superior
Quito - Ecuador
Edificio Cabrera Chávez
Calle Jorge Washington E4-157 y av. Amazonas.
Horario de atención: 08:00 a 16:30
Canal virtual:
A través del correo electrónico recepciondocumentos@ces.gob.ec/ Sistema de Gestión Documental Quipux
Teléfono:
3947820/21/22/24/25/26/27 ext. 3050
Contacto: Andrea Vargas Asistente de la Coordinación de Planificación Académica
Email: andrea.vargas@ces.gob.ec
Teléfono: 3947820 Ext 3050
Art. 4 Cambio del persona académico del programa doctoral.- La solicitud para realizar cambios del personal de la planta académica de los programas doctorales aprobados, se presentará a través del Anexo 5 y deberá estar suscrita por el Rector/a de la universidad o escuela politécnica o su delegado. A la solicitud se deberá adjuntar la resolución de aprobación del cambio emitida por el Órgano Colegiado Superior y la documentación que respalde que los nuevos integrantes de la planta académica del programa doctoral cumplen con todos los requisitos establecidos en el Reglamento de Doctorados.
Una vez recibida la solicitud, el Presidente/a de la Comisión Permanente de Doctorados solicitará a la Coordinación de Planificación Académica que, en el término de diez (10) días, elabore el respectivo informe técnico académico. En el caso de que la universidad o escuela politécnica deba completar o subsanar alguna información, la Coordinación de Planificación Académica le notificará por escrito y le concederá diez (10) días término para corregir los errores, pudiendo prorrogar este término conforme lo establece el Código Orgánico Administrativo.
Art. 39.- Cambio del personal académico del programa doctoral.- Las universidades y escuelas politécnicas en los programas doctorales vigentes aprobados por el CES, en ejercicio de su autonomía responsable, podrán hacer cambios en su planta docente siempre y cuando, la nueva planta propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el presente Reglamento, lo cual deberá ser notificado al CES para su registro, en un término máximo de 15 días, contados desde
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
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1 | 2025-01 | 0 | 0 |
2 | 2025-02 | 0 | 0 |
3 | 2025-03 | 0 | 0 |
4 | 2025-04 | 0 | 0 |
5 | 2025-05 | 0 | 1 |
6 | 2024-05 | 0 | 0 |
7 | 2024-06 | 0 | 0 |
8 | 2024-07 | 0 | 0 |
9 | 2024-08 | 0 | 0 |
10 | 2024-09 | 0 | 0 |
11 | 2024-10 | 0 | 0 |
12 | 2024-11 | 0 | 0 |
13 | 2024-12 | 0 | 0 |
Fecha de última actualización: 2025/06/10