Solicitud de Concesión o Autorización Temporal de Frecuencias para Radiodifusión Sonora y TV de Señal Abierta

Para el servicio de radiodifusión de televisión de señal abierta, se podrán otorgar por la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL autorizaciones temporales únicamente a poseedores de títulos habilitantes de dichos servicios que lo requieran en caso de que sean necesarias para la migración de televisión abierta analógica a la televisión digital terrestre, en cumplimiento del artículo 84 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Comunicación, en función de las políticas o planes de transición a la televisión digital terrestre que emita el Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información.

Nota: Nota: Mediante Decreto Ejecutivo N°32  de 24 de mayo de 2021, el presidente constitucional de la república Guillermo Lasso Mendoza derogó el Reglamento General a la Ley Orgánica de Comunicación, base legal en la que se sustentaba la ejecución de este trámite. Por lo tanto, conforme a lo señalado, este trámite actualmente  está suspendido hasta la emisión de la normativa respectiva.

¿A quién está dirigido?

Autorización temporal de uso de frecuencias.- Para el servicio de radiodifusión de televisión de señal abierta, se podrán otorgar por la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL autorizaciones temporales únicamente a poseedores de títulos habilitantes de dichos servicios que lo requieran en caso de que sean necesarias para la migración de televisión abierta analógica a la televisión digital terrestre, en cumplimiento del artículo 84 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Comunicación, en función de las políticas o planes de transición a la televisión digital terrestre que emita el Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Resolución de autorización o concesión temporal de frecuencias de radiodifusión sonora y de televisión abierta

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Requisitos.- Los solicitantes de frecuencias para la operación temporal de radiodifusión de televisión de señal abierta, deberán presentar a la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL los siguientes requisitos:

1. Solicitud escrita dirigida a la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL, suscrita por la persona natural solicitante o el representante legal de la persona jurídica.

2. Estudio técnico de ingeniería en los formularios que para el efecto apruebe la ARCOTEL; y,

3. Justificación de la necesidad para la migración de televisión abierta analógica a la televisión digital terrestre, en cumplimiento del artículo 84 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Comunicación, en función de las políticas o planes de transición a la televisión digital terrestre que emita el Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información.

4. Declaración de responsable, por la cual el peticionario manifiesta bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos exigidos por la normativa vigente, para la obtención del título habilitante y para la ejecución del mismo; así como también que la información y documentos que presenta; son verdaderos; y que además conoce que de verificarse por la ARCOTEL lo contrario,  el trámite y resultado final podrán ser negados.

Requisitos Especiales:

Respectiva justificación de la necesidad para la migración de televisión abierta analógica a la televisión digital terrestre, en cumplimiento del artículo 84 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Comunicación, en función de las políticas o planes de transición a la televisión digital terrestre que emita el Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información.

Formatos y anexos

  • FO-CTDE-02 al FO-CTDE-06
    INFORMACIÓN DE ESTACIONES DE RADIODIFUSIÓN SONORA Y DE TELEVISIÓN ABIERTA: ESTUDIOS, SISTEMAS DE TRANSMISIÓN, ENLACES RADIOELÉCTRICOS, ENLACES AUXILIARES QUE NO CORRESPONDEN A ENLACES RADIOELÉCTRICOS, ESTACIONES TERRENAS DE TRANSMISIÓN Y RECEPCIÓN SATELITAL
  • IT-CTDE-01
    INSTRUCTIVO DE TRABAJO DE LOS FORMATOS TÉCNICOS PARA EL OTORGAMIENTO DE TÍTULOS HABILITANTES DEL SERVICIO DE RADIODIFUSIÓN DE SEÑAL ABIERTA

¿Cómo hago el trámite?

Presencial:

  1. El usuario ingresa su solicitud adjuntando los requisitos correspondientes en el Centro de Atención al Usuario (CAU) de la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (ARCOTEL), es ingresada en el sistema Quipux y asignada un número de trámite.
  2. La solicitud del usuario es atendida y analizada por los funcionarios de ARCOTEL-
  3. En caso de que la información presentada se encuentre completa y correcta, el usuario será notificado de la Resolución.

Correo electrónico:

  1. El usuario remite su solicitud adjuntando los requisitos correspondientes en el correo electrónico gestion.documental@arcotel.gob.ec
  2. La solicitud del usuario es atendida y analizada por los funcionarios de ARCOTEL.
  3. En caso de que la información presentada se encuentre completa y correcta, el usuario será notificado de la Resolución

Canales de atención: Correo electrónico, En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).

¿Cuál es el costo del trámite?

El uso temporal del canal o frecuencia no tendrá costo alguno cuando el solicitante sea una persona jurídica de derecho público, persona jurídica cuyo capital pertenezca en el 50% o más al Estado ecuatoriano; en los demás casos, la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL establecerá el valor que se pagará por el uso temporal de la frecuencia de conformidad a la reglamentación de tarifas vigente.

El costo de la autorización temporal se calculará de conformidad al art. 7 del REGLAMENTO DE DERECHOS POR OTORGAMIENTO DE TÍTULOS HABILITANTES Y TARIFAS DE USO DE FRECUENCIAS PARA SERVICIOS DE RADIODIFUSIÓN, que se encuentra publicado en la página web institucional expedido con Resolución No. 02-02-ARCOTEL-2016 y la fe de erratas expedida con Resolución 07-04-ARCOTEL-2016.

 

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Puede iniciar sus trámites en el siguiente horario: Lunes a Viernes de 8:15 a 17:00 en nuestras oficinas ubicadas en:

Quito, oficina matriz:
Av. Diego de Almagro N31-95 entre Whymper y Alpallana
Telf.: (593-02)  2 946 400
Correo electrónico: comunicacion@arcotel.gob.ec

Coordinación Zonal 3 - Riobamba:
Estación de Comprobación Técnica
Vía Chambo Km 2, sector La Inmaculada
Telf.: 03 262 2020 /21 /22

Coordinación Zonal 4 - Portoviejo:
Ciudadela California, calle Chone s/n, entre Junín y Santa Ana
Telf.: 05 293 1286 / 448 / 274

Coordinación Zonal 5 - Guayaquil:
Cdla. IETEL, Mz 28 lote 1, junto al Colegio de Ingenieros Civiles del Guayas
Telf.: 04 262 6400

Coordinación Zonal 6 - Cuenca:
Calle Luis Cordero 16-50 y Av. Héroes de Verdeloma
Telf.: 072820860

Oficina Técnica - Galápagos:
Calles Cucuve y Floreana, esquina, barrio Las Acacias, Santa Cruz
Telf.: 05 252 4769

Oficina Técnica - Loja:
Av. Benjamín Carrión y Los Olivos, sector Daniel Álvarez Burneo
Telf.: 07 282 0860 ext. 4202

Oficina Técnica - Lago Agrio:
Av. Circunvalación y Av. Río Aguarico
Telf.: 06 299 1909 exts. 1120 y 1121

 

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

Las autorizaciones y concesiones temporales tendrán una duración de hasta un (1) año, renovables por una sola vez y por un período igual, conforme lo autorizado por la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL. La renovación se otorgará por una sola vez, previa solicitud del interesado, presentada con al menos quince (15) días de anticipación a la fecha de vencimiento del plazo inicial. Finalizado el período de autorización o concesión temporal, no procederán peticiones adicionales de uso temporal de frecuencias para el mismo objeto.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: VANESSA GARAY

Email: delcia.garay@arcotel.gob.ec

Teléfono: 2947800 ext 2224

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 0 0
2 2024-02 0 0
3 2024-03 0 0
4 2023-01 0 0
5 2023-02 0 0
6 2023-03 0 0
7 2023-04 0 0
8 2023-05 0 0
9 2023-06 0 0
10 2023-07 0 0
11 2023-08 0 0
12 2023-09 0 0
13 2023-10 0 2
14 2023-11 0 8
15 2023-12 0 0
16 2022-01 0 0
17 2022-02 0 0
18 2022-03 0 0
19 2022-04 0 0
20 2022-05 0 0
21 2022-06 0 0
22 2022-07 0 0
23 2022-08 0 0
24 2022-09 0 0
25 2022-10 0 0
26 2022-11 0 0
27 2022-12 0 0
28 2021-01 0 1
29 2021-02 0 0
30 2021-03 0 0
31 2021-04 0 0
32 2021-05 0 0
33 2021-06 0 0
34 2021-07 0 1
35 2021-08 0 2
36 2021-09 0 0
37 2021-10 0 0
38 2021-11 0 0
39 2021-12 0 0
40 2020-01 0 0
41 2020-02 0 0
42 2020-03 0 0
43 2020-04 0 0
44 2020-05 0 0
45 2020-06 0 0
46 2020-07 0 0
47 2020-08 0 0
48 2020-09 0 0
49 2020-10 0 0
50 2020-11 0 0
51 2020-12 0 5
52 2019-01 0 0
53 2019-02 0 0
54 2019-03 0 0
55 2019-04 0 0
56 2019-05 0 0
57 2019-06 0 0
58 2019-07 0 0
59 2019-08 0 0
60 2019-09 0 0
61 2019-10 0 0
62 2019-11 0 0
63 2019-12 0 0
64 2018-01 0 0
65 2018-02 0 0
66 2018-03 0 0
67 2018-04 0 3
68 2018-05 0 0
69 2018-06 0 2
70 2018-07 0 0
71 2018-08 0 0
72 2018-09 0 0
73 2018-10 0 0
74 2018-11 0 0
75 2018-12 0 0
76 2017-12 0 72
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Fecha de última actualización: 2023/11/14