Para el servicio de radiodifusión de televisión de señal abierta, la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL otorgará autorizaciones temporales únicamente a poseedores de títulos habilitantes de dichos servicios, para garantizar la transición de la televisión analógica a la televisión digital terrestre, en cumplimiento del artículo 66 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Comunicación y a la Disposición Transitoria Vigésima Segunda del Reglamento para Otorgar Títulos Habilitantes para Servicios de Régimen General de Telecomunicaciones y Frecuencias del Espectro Radioeléctrico, y en función de las políticas o planes de transición a la televisión digital terrestre que emita el Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información.
Las autorizaciones temporales tendrán una duración de un (1) año renovables por períodos iguales conforme lo autorizado por la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL. La renovación se otorgará previa solicitud del interesado, presentada con al menos quince (15) días de anticipación a la fecha de vencimiento del plazo inicial. En el evento de no solicitarse la renovación de la autorización temporal, la misma quedará sin efecto a la fecha de su vencimiento y, por tanto, deberá dejar de operar, sin que para el caso sea necesaria notificación alguna.
Contacto para atención ciudadana
Contacto: VANESSA GARAY
Correo electrónico: delcia.garay@arcotel.gob.ec
Teléfono: 2947800 ext 2224