Atender solicitudes en segunda instancia de los usuarios del Servicio Público de Energía Eléctrica con respecto a la inconformidad del reclamo presentado ante la Empresa Eléctrica de Distribución.
Nota: Un reclamo en segunda instancia puede ser presentado únicamente por los usuarios del Servicio Público de Energía Eléctrica - SPEE, cualquier otro requerimiento se considera consulta o queja.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Notificación de Resolución del reclamo con anexos
1. Copia del reclamo presentado en primera instancia;
2. Resolución del reclamo en primera instancia emitido por la Empresa Eléctrica de Distribución;
3. Facturas de los meses objeto de reclamos
Nota: Al ingresar el trámite el cliente regulado podrá adjuntar cualquier documentación adicional.
N/A
1. Acceder por la opción “Ir al trámite en línea”.
2. Ingresar al sistema con usuario y clave personal.
3. Registrar los datos requeridos según correspondan y adjuntar en formato digital los requisitos establecidos.
4.Recibir la respuesta a su trámite mediante un correo electrónico o ingresando en consulta de trámites con su usuario y clave personal.
Canales de atención: Correo electrónico, En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).
El trámite no tiene costo
Presencial:
Lunes a viernes de 08h00 a 16h30 en las oficinas de todo el País
En línea:
Trámite en línea habilitado las 24 horas. La respuesta será emitida por la Agencia de Regulación y Control de Electricidad en horarios laborales: de lunes a viernes entre las 8h00 y las 16h30.
"Art 14. Naturaleza jurídica. - La Agencia de Regulación y Control de Electricidad ARCONEL, es el organismo técnico administrativo encargado del ejercicio de la potestad estatal de regular y controlar las actividades relacionadas con el servicio público de energía eléctrica y el servicio de alumbrado público general, precautelando los intereses del consumidor o usuario final. La Agencia de Regulación y Control de Electricidad es una institución de derecho público, con personalidad jurídica, autonomía administrativa, técnica, económica y patrimonio propio; está adscrita al Ministerio de Electricidad y Energía Renovable. El Presupuesto de la Agencia de Regulación y Control Competente se financiará con los recursos del Presupuesto General del Estado proveniente de los aportes de las empresas del sector eléctrico, que en ningún caso podrán exceder el 1% del costo de servicio eléctrico, de conformidad con la regulación emitida por la Agencia de Regulación y Control Competente. La Agencia de Regulación y Control de Electricidad ARCONEL no ejercerá actividades empresariales en el sector eléctrico.”
"Art. 15.- Atribuciones y deberes.- Las atribuciones y deberes de la Agencia de Regulación y Control de Electricidad ARCONEL son:
(...) 11. Tramitar, investigar y resolver las quejas y controversias que se susciten entre los partícipes del sector eléctrico, dentro del ámbito de su competencia, de conformidad con la regulación que para el efecto se expida, cuyas resoluciones serán de carácter vinculante y de cumplimiento obligatorio; "
La ARCERNNR, a través de la DCDCSE o de las Coordinaciones Zonales según corresponda: conocerá, tramitará y resolverá aquellos reclamos presentados por los consumidores o usuarios finales que no estén conformes con la resolución adoptada en primera instancia y cumpla con los requisitos establecidos en la presente Regulación.
Fecha de última actualización: 2025/09/16